Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1966/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 1966/2011
VISTO: La Nota Nº 518/2011 de fecha 01 de Noviembre del 2011, firmada por el Sr.
Secretario de Gobierno y Desarrollo Social a cargo de Intendencia, mediante la cual
eleva Acta Acuerdo a celebrar entre el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
(SENASA) y la Municipalidad de Junín de los Andes y que diera origen al Expte. C.D. Nº
5291/11, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Acta se celebra en un todo de acuerdo con el Convenio Marco de Cooperación
suscripto entre “El SENASA” y la Provincia de Neuquén.-
Que, dicho Acta tiene por objeto formalizar la intención y voluntad de establecer una
relación institucional de colaboración recíproca, con el propósito de desarrollar las actividades
relativas a la sanidad, calidad e inocuidad agroalimentaria. Con el fin de facilitar a los
productores de la localidad, emisión del D.T.A., inscripciones y/o reinscripciones al RENSPA y
cualquier otro trámite que se deba presentar ante “EL SENASA”.-
Que, la Cláusula Segunda estipula que “El MUNICIPIO”, cede el uso a “EL SENASA”
de las instalaciones edilicias ubicadas en la Ciudad de Junín de los Andes, cuyos datos de
ubicación y planta general se detallan como Anexo I, comprometiéndose a proporcionar la mano
de obra requerida para realizar la refacción de la mencionada infraestructura.-
Que, la Cláusula Tercera establece que “El SENASA”, se compromete a disponer de las
instalaciones cedidas por “El MUNICIPIO” y a aportar los materiales necesarios para que “El
MUNICIPIO” pueda realizar las obras de refacción.-
Que, la Cláusula Cuarta establece que la disposición de las instalaciones edilicias
cedidas por el Municipio no generará compromiso de pago de alquiler a “El SENASA” mientras
dure el Acta Acuerdo.-
Que, “El SENASA” se compromete a tomar a su cargo el pago del consumo del
electricidad de gas y demás servicios públicos.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 18/05/11, conforme
Despacho Nº 178/11 de la Comisión de Gobierno y la Carta Orgánica Municipal, dispuso en
forma unánime, homologar el citado Contrato de Obra con el dictado de la norma legal
respectiva.-
LORENA CALFUQUEO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN
A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1966/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°: AUTORIZASE: a suscribir el Acta Acuerdo entre la Municipalidad de Junín
de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén
Enrique Campos, y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)
representada por su Presidente Dr. Jorge Néstor Amaya, en un todo de acuerdo con el Convenio
Marco de Cooperación suscripto entre “El SENASA” y la Provincia de Neuquén, el que forma
parte integrante de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos,
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1560/11.-
LORENA CALFUQUEO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN
A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA