Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3445/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
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O R D E N A N Z A Nº 3445/2023
VISTO: El Expte. C.D. Nº 11.646/23 de fecha 01/08/2023, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, mediante la cual remite Convenio de Uso suscripto en fecha
25/07/2023, entre la Municipalidad de Junín de los Andes (“La Municipalidad”), por una parte y
por la otra integrantes del Grupo Lihuen (“Los Representantes”), y;
CONSIDERANDO:
Que, teniendo en cuenta el trabajo que viene realizando el Grupo Lihuen en conjunto
con el Ejecutivo Municipal, a través del área de Zoonosis de la Dirección General de
Bromatología y Zoonosis, la que fue creada en nuestra localidad a partir de esta gestión y que en
conjunto con otras instituciones y este grupo han trabajado en acciones concretas para la
aplicación de políticas de estado que preserven y cuiden la salud pública y animal tales como: a)
castraciones gratuita, b) vacunaciones antirrábicas, c) desparasitaciones, d) controles antirrábicos,
e) campañas de concientización de protección y bienestar de los animales etc. y entendiendo que
todas estas medidas son esenciales para garantizar la salud y el bienestar de nuestras mascotas y
para prevenir la transmisión de enfermedades entre animales y humanos.-
Que, el Convenio de Uso citado, en su Cláusula 1º, establece que la “La Municipalidad”
entrega en calidad de Préstamo y “Los Representantes” aceptan una Fracción de Tierra de más o
menos 250 m2 ubicada dentro de la fracción B-1 parte de la fracción E lindante al Rio
Chimehuín, ubicada en el Sector lindante al Área de Espacios verdes, descripta en el anexo
adjunto a la presente, propiedad de “La Municipalidad”.-
Que, la Cláusula 2º establece que el convenio tendrá un plazo de 4 (cuatro) años a partir
de la firma del presente, el cual podrá ser renovado ante solicitud emitida al Ejecutivo Municipal
por escrito de “Los Representantes” y de común acuerdo las partes podrán renovar lo estipulado
en el presente convenio, con las modificaciones que consideren necesarias, en el plazo que se
estipule conveniente, y sin perjuicio a lo prescripto por la ley.-
Que, la Cláusula 4º, establece que queda prohibido el cambio de destino de la fracción
en cuestión que pudieran darle “Los Representantes” o que no fuere el que se plasma en el
presente Convenio de Uso, quedando totalmente prohibido la construcción permanente o
transitoria de edificios para vivienda. Solo se podrán realizar edificaciones (caniles) destinados a
los animales (perros/gatos) y alimentos, aptas con todas las condiciones higiénicas y de
salubridad, reservadas a los animales que de manera temporal estarán en el predio, dichas
construcciones deberán ser informadas por escrito y aprobadas por parte las áreas
correspondientes de “La Municipalidad” y todas ellas estarán a cargo de “Los Representantes”
del Grupo Lihuen.-
LAURA ESTER RIFFO MIGUEL ÁNGEL LEDESMA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3445/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del 10/08/2023, en tratamiento sobre
tablas y por unanimidad resuelve homologar el citado Convenio, con el dictado de la norma legal
respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: SE HOMOLOGA: el Convenio de Uso suscripto en fecha 25 de julio de
2023 entre la MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada
por el Señor Intendente Municipal Dn., Carlos A. Corazini, la Secretaria de Gobierno y Acción
Social Sra. Ruth E. Sívori, en adelante “La Municipalidad”, por una parte y por la otra integrantes
del GRUPO LIHUEN, representado por las Sras. María Victoria Fernández, D.N.I. N°
29.348.066, Marcela del Pilar González Gutiérrez, D.N.I. N° 92.681.741 y Eliana Estefanía
Huentian, D.N.I. N° 35.493.542, en adelante “Los Representantes”.-
ARTÍCULO 2º: El Convenio de Uso homologado en el Artículo 1º, el cual consta de Nueve (9)
Cláusulas, integra la presente como ANEXO I.-
ARTÍCULO 3º: SE COMUNICA: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,
A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 2219/2023.-
LAURA ESTER RIFFO MIGUEL ÁNGEL LEDESMA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA