1360 - Convocatoria a Audiencia Publica Tema Agua Potable.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1360/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 1360/2006



VISTO: La Ordenanza Nº 967/2002 reglamenta el Sistema de Audiencias Publicas, en la


Jurisdicción de la Municipalidad de Junín de los Andes, conforme a lo estipulado en los


Artículos Nº 274 y 275 y conforme Cláusula 10º de a Octava Parte “Disposiciones


Complementarias” de nuestra Carta Orgánica Municipal, y la Nota de fecha 22/05/2006 firmada


por los Señores Oscar Esquivel, D.N.I. Nº 06.378.218, Valerio Cisneros, D.N.I. Nº 11.910.596, y


Miguel Ángel Jara, D.N.I. Nº 21.381.289, mediante la cual remiten 10 planillas con 287 firmas de


vecinos de la localidad debidamente legalizadas en el Juzgado de Paz de nuestra localidad


relacionadas con la problemática de la prestación del servicio de agua potable y saneamiento de la


localidad, en conformidad a los Artículos 274 y 275 de la Carta Orgánica Municipal y la


Ordenanza Nº 967/2002, y;




CONSIDERANDO:




Que, el Artículo 2º establece que “las Audiencias Publicas serán reuniones públicas


de Ciudadanos y Autoridades Legalmente constituidas de la Ciudad de Junín de los Andes, las que


se llevaran a cabo a los fines de dar o recibir opinión sobre las actuaciones Político-


Administrativas, en forma verbal, en unidad de acto y con temario preestablecido. En la misma,


los vecinos o entidades de participación ciudadana podrán proponer a la Administración Municipal


la adopción de determinadas medidas para satisfacer sus reclamos”.-




Que, el Artículo 3º norma que “las Audiencias Publicas serán informativas y/o de


sugerencias, las que podrán ser convocadas por el Intendente Municipal, el Concejo Deliberante


…, o por vecinos residentes en la ciudad de Junín de los Andes, por medio de una Ordenanza


sancionada al respecto, aprobada por mayoría simple”.-




Que, el Artículo 4º fija que “la Ordenanza de convocatoria tendrá por objeto


informar a los vecinos acerca de determinados proyectos, iniciativas o actuaciones municipales o


bien dar a conocer aquellas asambleas propuestas por los ciudadanos residentes electores en la


ciudad de Junín de los Andes, tomando como base el temario previamente propuesto, solicitadas


por: … b) Por iniciativa de los vecinos. Debiendo en todos los casos, cumplimentar con lo


estipulado en el Artículo Nº 274, donde se fija que la solicitud deberá contar con el apoyo del 3%


(tres por ciento) de los electores municipales. Dicho apoyo deberá ser mediante presentación de


firmas claramente comprobables. Se podrán proponer consultas, reclamos, propuestas y toda otra


cuestión que afecte o mejore la calidad de vida, intereses o propiedades de los vecinos”.-




Que, el Artículo 5º determina los requisitos que deberá contemplar la ordenanza de


convocatoria.-




Que, el Artículo 6º impone los requisitos para solicitar la convocatoria a la Audiencia


Pública.-




Que, el Artículo 11º norma que “a todo efecto legal y por notificaciones que diera lugar


la solicitud de Audiencia Pública, se tendrá como responsables de la misma, por parte de los


solicitantes, a las autoridades de las entidades representativas o a los tres primeros firmantes de las


solicitudes por simple asociación de ciudadanos, Artículo 6° Inc., “b”, quienes deberán firmar el


ingreso de la Nota de pedido de Audiencia”.-













ADRIANA DEL CARMEN MASSACCESI NÉSTOR JUAN MONDINO


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1360/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 31/05/2006, conforme


Despacho Nº 044/06 de la Comisión de Gobierno, decide por unanimidad convocar a Audiencia


Pública informativa, de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 274º y 275º de la Carta Orgánica


Municipal y Ordenanza Nº 967/2002.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc., “a” EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES REUNIDO EN SESION ORDINARIA


SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1º: CONVÓCASE A AUDIENCIA PÚBLICA INFORMATIVA conforme


procedimiento y metodología fijada en los Artículos 274º y 275º de la Carta
Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 967/2002, y de acuerdo a los siguiente requisitos:


a) Temario: Información Prestación de Servicio de Agua Potable y Saneamiento de Junín de
los Andes- cuadro Tarifario.-


b) Fecha de realización: Viernes 30 de Junio de 2006 a las 18:00 horas.-
c) Lugar de realización de la Audiencia Publica: Sala de Sesiones “General José de San


Martín del Concejo Deliberante de Junín de los Andes, ubicada en Gines Ponte Nº 570.-


d) Nomina de Funcionarios Municipales y/o invitados especiales: Sr. Intendente Municipal,
Don Ángel C. Herrera; Sr. Presiente del EPAS, Ing. Horacio Carvalho y/o a quien ése


designe; Ministro de Empresas Públicas, Ing. Alfredo Esteves; Sr. Subsecretario de


Coordinación del Ministerio de Empresas Públicas, Ing. Rodolfo Laffitte; Sr. Jefe de la


Subgerencia Zona Sur del EPAS, Ing. Jhony H. Chaar; Sr. Técnico de Medio Ambiente de la


Secretaría de Planificación, Producción y Turismo, Tec. Ricardo Méndez; Sr. Director del


Hospital de Junín de los Andes, Dr. Gustavo González.-


e) Difusión del evento: Medios locales y con costo a cargo de los promotores de la
convocatoria de acuerdo al Artículo 5º de la Ordenanza Nº 967/2002.-


f) La Lista de oradores se confeccionará el día 30 de Junio de 2006 de 17:00 hs. a 18:00 hs.
Vencido dicho horario; no se admitirá nuevos oradores.- El uso de la palabra se adecuará a lo


establecido en el Artículo 14º de la Ordenanza Nº 967/2002.-


ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada NOTIFÍQUESE a los promotores de la convocatoria y DÉSE


amplia difusión de la presente por los medios orales y escritos de la localidad.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme


Cláusula Complementaria y transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta Orgánica


Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-


ARTÍCULO 4º: REFRENDARÁ la presente la Señora Secretaria Legislativa A/C, Concejal


Adriana del Carmen Massaccesi.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,


A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1280/06.-













ADRIANA DEL CARMEN MASSACCESI NÉSTOR JUAN MONDINO


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA