Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1360/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1360/2006
VISTO: La Ordenanza Nº 967/2002 reglamenta el Sistema de Audiencias Publicas, en la
Jurisdicción de la Municipalidad de Junín de los Andes, conforme a lo estipulado en los
Artículos Nº 274 y 275 y conforme Cláusula 10º de a Octava Parte “Disposiciones
Complementarias” de nuestra Carta Orgánica Municipal, y la Nota de fecha 22/05/2006 firmada
por los Señores Oscar Esquivel, D.N.I. Nº 06.378.218, Valerio Cisneros, D.N.I. Nº 11.910.596, y
Miguel Ángel Jara, D.N.I. Nº 21.381.289, mediante la cual remiten 10 planillas con 287 firmas de
vecinos de la localidad debidamente legalizadas en el Juzgado de Paz de nuestra localidad
relacionadas con la problemática de la prestación del servicio de agua potable y saneamiento de la
localidad, en conformidad a los Artículos 274 y 275 de la Carta Orgánica Municipal y la
Ordenanza Nº 967/2002, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 2º establece que “las Audiencias Publicas serán reuniones públicas
de Ciudadanos y Autoridades Legalmente constituidas de la Ciudad de Junín de los Andes, las que
se llevaran a cabo a los fines de dar o recibir opinión sobre las actuaciones Político-
Administrativas, en forma verbal, en unidad de acto y con temario preestablecido. En la misma,
los vecinos o entidades de participación ciudadana podrán proponer a la Administración Municipal
la adopción de determinadas medidas para satisfacer sus reclamos”.-
Que, el Artículo 3º norma que “las Audiencias Publicas serán informativas y/o de
sugerencias, las que podrán ser convocadas por el Intendente Municipal, el Concejo Deliberante
…, o por vecinos residentes en la ciudad de Junín de los Andes, por medio de una Ordenanza
sancionada al respecto, aprobada por mayoría simple”.-
Que, el Artículo 4º fija que “la Ordenanza de convocatoria tendrá por objeto
informar a los vecinos acerca de determinados proyectos, iniciativas o actuaciones municipales o
bien dar a conocer aquellas asambleas propuestas por los ciudadanos residentes electores en la
ciudad de Junín de los Andes, tomando como base el temario previamente propuesto, solicitadas
por: … b) Por iniciativa de los vecinos. Debiendo en todos los casos, cumplimentar con lo
estipulado en el Artículo Nº 274, donde se fija que la solicitud deberá contar con el apoyo del 3%
(tres por ciento) de los electores municipales. Dicho apoyo deberá ser mediante presentación de
firmas claramente comprobables. Se podrán proponer consultas, reclamos, propuestas y toda otra
cuestión que afecte o mejore la calidad de vida, intereses o propiedades de los vecinos”.-
Que, el Artículo 5º determina los requisitos que deberá contemplar la ordenanza de
convocatoria.-
Que, el Artículo 6º impone los requisitos para solicitar la convocatoria a la Audiencia
Pública.-
Que, el Artículo 11º norma que “a todo efecto legal y por notificaciones que diera lugar
la solicitud de Audiencia Pública, se tendrá como responsables de la misma, por parte de los
solicitantes, a las autoridades de las entidades representativas o a los tres primeros firmantes de las
solicitudes por simple asociación de ciudadanos, Artículo 6° Inc., “b”, quienes deberán firmar el
ingreso de la Nota de pedido de Audiencia”.-
ADRIANA DEL CARMEN MASSACCESI NÉSTOR JUAN MONDINO
A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1360/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 31/05/2006, conforme
Despacho Nº 044/06 de la Comisión de Gobierno, decide por unanimidad convocar a Audiencia
Pública informativa, de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 274º y 275º de la Carta Orgánica
Municipal y Ordenanza Nº 967/2002.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc., “a” EL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES REUNIDO EN SESION ORDINARIA
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: CONVÓCASE A AUDIENCIA PÚBLICA INFORMATIVA conforme
procedimiento y metodología fijada en los Artículos 274º y 275º de la Carta
Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 967/2002, y de acuerdo a los siguiente requisitos:
a) Temario: Información Prestación de Servicio de Agua Potable y Saneamiento de Junín de
los Andes- cuadro Tarifario.-
b) Fecha de realización: Viernes 30 de Junio de 2006 a las 18:00 horas.-
c) Lugar de realización de la Audiencia Publica: Sala de Sesiones “General José de San
Martín del Concejo Deliberante de Junín de los Andes, ubicada en Gines Ponte Nº 570.-
d) Nomina de Funcionarios Municipales y/o invitados especiales: Sr. Intendente Municipal,
Don Ángel C. Herrera; Sr. Presiente del EPAS, Ing. Horacio Carvalho y/o a quien ése
designe; Ministro de Empresas Públicas, Ing. Alfredo Esteves; Sr. Subsecretario de
Coordinación del Ministerio de Empresas Públicas, Ing. Rodolfo Laffitte; Sr. Jefe de la
Subgerencia Zona Sur del EPAS, Ing. Jhony H. Chaar; Sr. Técnico de Medio Ambiente de la
Secretaría de Planificación, Producción y Turismo, Tec. Ricardo Méndez; Sr. Director del
Hospital de Junín de los Andes, Dr. Gustavo González.-
e) Difusión del evento: Medios locales y con costo a cargo de los promotores de la
convocatoria de acuerdo al Artículo 5º de la Ordenanza Nº 967/2002.-
f) La Lista de oradores se confeccionará el día 30 de Junio de 2006 de 17:00 hs. a 18:00 hs.
Vencido dicho horario; no se admitirá nuevos oradores.- El uso de la palabra se adecuará a lo
establecido en el Artículo 14º de la Ordenanza Nº 967/2002.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada NOTIFÍQUESE a los promotores de la convocatoria y DÉSE
amplia difusión de la presente por los medios orales y escritos de la localidad.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme
Cláusula Complementaria y transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta Orgánica
Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-
ARTÍCULO 4º: REFRENDARÁ la presente la Señora Secretaria Legislativa A/C, Concejal
Adriana del Carmen Massaccesi.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,
A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1280/06.-
ADRIANA DEL CARMEN MASSACCESI NÉSTOR JUAN MONDINO
A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA