3189 - 21 Otorgar 30% descuento Servivio de Propiedad e inmueble Expte. D.E.M. Nº 2795-21.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3189/2021
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante





O R D E N A N Z A Nº 3189/2021



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 2795/21, de fecha 14/09/2021, registro del Departamento


Ejecutivo Municipal, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Sra. Ñirilef Lidia Carmen, inicia antes el DEM., el pedido del beneficio de


descuento sobre tasas de inmueble N° 2527- Vivienda Particular.-




Que, la solicitud se basa en su condición de discapacidad, conforme certificado


adjunto, el que tiene fecha de vencimiento el 03/08/2028.-




Que, en correlato a lo peticionado, es de citar la Ley Nacional N° 1634, a la que este


Municipio adhiere en su totalidad, y la que establece: Instituyese -por la presente Ley- un


régimen de protección integral para la persona discapacitada, tendiente a asegurarle atención


médica, educación, seguridad social, beneficios, franquicias y estímulos que le permitan


neutralizar su discapacidad y le den oportunidad de desempeñarse en la sociedad con el mayor


margen de integración y armonía.




Que, analizado el expediente mencionado y en virtud a las normativas vigentes, este


Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 20/10/2021, conforme al Despacho Nº 048/21


de la Comisión Interna de Economía, aprobado por unanimidad, se dicta la norma legal


pertinente.-



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: a la Sra. Carmen Lidia ÑIRILEF, DNI N° 16.702.746,


descuento del 30% (treinta por ciento) en concepto de Tasas por Servicios a la


Propiedad e Inmueble, ubicado en calle OHIGGINS 151, BARRIO PROGRESO, conforme


planillas obrantes y antecedentes en expediente N° 2795/21.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene


vigencia a partir de su promulgación, y hasta el lapso de un (1) año.-




ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la interesada.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


VEINTE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 2130/21.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES