2425 - 13 Autorizar al DEM firma de Addenda modificatoria Convenio Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2425/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2425/2014



VISTO: La Nota Nº 557/14 de fecha 15/10/2014 de la Intendencia Municipal, la cual diera


origen al Expte. C.D. Nº 7482/14, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante el mismo se remite copia de modelo de Addenda por la cual se


modifica la Cláusula Primera del Convenio Específico del Programa Federal de Integración


Socio-Comunitarias – Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de Infraestructura y


Complementarias”, suscripto con la Sub-Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda –


Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y


Servicios de la Nación, aprobado por Ordenanza Nº 2315/14 y promulgada por Resolución Nº


691/2013.-


Que, en Nota Nº 542/14 de fecha 08/10/2014 de la Intendencia Municipal, enviada a


la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de Obras Públicas


dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Públicas y Servicios, en la cual


se solicitó la modificación de dicha Cláusula.-


Que, dicho modelo de Addenda establece: “Modifícase el objeto de la obra a llevarse


a cabo en la localidad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, conforme lo dispuesto


por el Convenio Específico de fecha 05 se septiembre de 2013 (ACU Nº 1515/2013) prevista


para la “EJECUCIÓN DE 3.000 ML DE VEREDA y 3.000 M² DE PAVIMENTO URBANO


INTERTRABADO”, ejecutándose en su lugar la obra destinada a la “EJECUCIÓN DE 3.000


ML DE VEREDA Y 3.000 ML DE CORDÓN CUNETA”.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 15/10/2014, dispuso


sobre tablas y por unanimidad autorizar el Intendente Municipal afirmar dicha Addenda, con


el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: al Sr. Intendente Municipal, Don Juan Domingo Linares,


firmar el modelo de Addenda, mediante la cual se modifica la Cláusula


Primera del Convenio Específico del Programa Federal de Integración Socio-Comunitarias –


Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de Infraestructura y Complementarias”, suscripto


con la Sub-Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda – Secretaría de Obras Públicas del


Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, aprobado por


Ordenanza Nº 2315/14 y promulgada por Resolución Nº 691/2013, la cual integra la presente


como Anexo I.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2425/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE: que una vez rubricada entre la partes la Addenda


reseñada en el Artículo 1º, el Ejecutivo Municipal deberá remitirla al


Concejo Deliberativo para su ratificación, conjuntamente con toda la documentación técnica


de la obra destinada a la “EJECUCIÓN DE 3.000 ML DE VEREDA Y 3.000 ML DE


CORDÓN CUNETA” como así también los fundamentos que motivaron el cambio de la obra


pavimento intertrabado por cordón cuneta.-




ARTÍCULO 3º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal – Ejercicio – año 2014,


la Partida Presupuestaria en Ingresos y Egresos correspondientes la obra “EJECUCIÓN DE


3.000 ML DE VEREDA Y 3.000 ML DE CORDÓN CUNETA”.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al


Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a sus efectos.-




ARTÍCULO 5º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL


CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.752/14.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA