Ordenanza N° 933 Ratifícase convenio con la DPV afectación a favor del Municipio de carretón..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 933/2001






VISTO: El Expte. Nº 2195/01 Departamento Ejecutivo Municipal que contiene Nota 631/01 del


Subsecretario de Obras y Servicios Públicos Diego Marcovesky, donde adjunta


convenio realizado entre la Dirección Provincial de Vialidad del Neuquén, representada por el Sr.


Ricardo Roca Jalil y la Municipalidad de Junín de los Andes representada por el Señor Rubén


Enrique Campos, Intendente de la Municipalidad de Junín de los Andes, por la afectación de un


carretón SO2, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Dirección afectará un (01) Carretón, Legajo Interno SO2, para trabajos en el


Ejido Municipal el que será exclusiva supervisión y responsabilidad del municipio.-




Que, asimismo, el municipio deberá afectar una Unidad Tractora, para el trasladar con el


Equipo SO2, Máquinas de la Dirección hasta un total de 800 Km. mensuales, debiendo este


hacerse cargo del combustible de dichos traslados hasta el total de kilómetros mencionados


precedentemente, como así también del mantenimiento y seguro que le correspondiere.-




Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc. “t”, establece: “Ratificar o


rechazar los convenios con la Nación, provincias, municipios, entes públicos o privados


nacionales e internacionales”.-




POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE :




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE
el Convenio realizado entre la Dirección Provincial de Vialidad


del Neuquén, representada por el Sr. Presidente del Directorio Don Ricardo


Roca Jalil y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal


Profesor Rubén Enrique Campos, para la afectación a favor del municipio de un (01) Carretón


Legajo Interno SO2 para trabajos en el Ejido Municipal lo que se realizará bajo exclusiva


supervisión y responsabilidad del municipio y que figura como Anexo I de la presente.-














OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
























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Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: ESTABLÉZCASE que el presente Convenio tendrá vigencia hasta el 31 de


diciembre de 2001 el que podrá ser renovado por las partes si así lo acuerdan.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTICULO 4º: Promulgada por el Ejecutivo Municipal, envíese copia al Presidente del


Directorio de la Dirección Provincial de Vialidad de Neuquén, Don Ricardo


Roca Jalil, a sus efectos.-




ARTÍCULO 5º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén, conforme las


Cláusulas Complementarias y Transitorias Nº 2 Inc. “c” de la Carta Orgánica


Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la misma.




ARTÍCULO 6º: DESE a publicidad por los medios orales y escritos de la localidad.-



ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl Ande.-




ARTÍCULO 8º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A LOS


VEINTIÚN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1052/01.-














OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA