Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2883/18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2883/2018
VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 9901/18
fecha 17/10/2018 que contiene documentación referente a solicitud de cambio de
titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote 05, de la Manzana 151, ubicado
en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre de la Sra. Marcela Silvana Oliva, D.NI. Nº
22.524.226, a favor del Sr. Jiménez, Herminio, D.N.I. Nº 93.022.362, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la
adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la
fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado
a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-
Que, en dicho Anexo figura la Sra. Oliva Marcela, en el Orden Nº 229.-
Que, el Sr. Herminio Jiménez, solicita el cambio de titularidad del Lote 05 Manzana
151 del Loteo Social, por el fallecimiento de quien fuera su esposa Oliva Marcela Silvana,
adjuntando al efecto Acta Nº 5 de fecha 26/01/2018 de defunción de la nombrada.-
Que, a fs. 02 se adjunta dictamen de fecha 05/11/2018 de Asesoría Legal Municipal,
y a fs. 16 y 17 se adjunta dictamen de fecha 26/11/2018 de Asesoría Legal del Concejo
Deliberante.-
Que, en vista de los dictámenes legales y conforme Despacho Nº 216/18 de la
Comisión Interna de Gobierno, el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
21/11/2018, se expidió con respecto a lo solicitado por el Sr. Herminio Jiménez, decisión que
fuera informa al Ejecutivo Municipal por Nota Nº 960/18 de fecha 22/11/2018 y notificado al
nombrado Sr. Jiménez mediante Nota Nº 961/18.-
Que, en fecha 06/12/2018 ingresa en Comisión de Gobierno del Cuerpo Deliberativo,
la Declaración Jurada N° 528/2018 con fecha 04 de diciembre del año 2018, realizada ante el
Juez de Paz de la Ciudad de Junín de los Andes, donde consta que el Sr. Jiménez Herminio –
DNI N° 93.022.362, estaba en pareja y conviviendo con quien fuera en vida Marcela Silvana
Oliva – DNI N° 22.524.226, durante 14 años y que de esa relación nació una hija.-
Que, la documental tiene como fin brindar un nuevo tratamiento al Expte. C.D.
9901/2018, dado que este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 21/11/2018, ya se
había expedido al respecto.-
LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2883/18.-
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Concejo Deliberante
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Que, el peticionante, da a conocer, la necesidad imperiosa de obtener el cambio de
titularidad, a parte del Cuerpo Deliberativo.-
Que, por todo lo expuesto, conforme Despacho Nº 230/18 de la Comisión Interna de
Gobierno, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 12/12/2018, se resuelve por
unanimidad autorizar el cambio de titularidad del certificado de pre-adjudicación, a favor de la
presentante, mediante el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DESE: de baja el Certificado de Pre- adjudicación suscripto en fecha
04/06/2011 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Sra. Oliva
Marcela Silvana. D.N.I. Nº 22.524.226.-
ARTÍCULO 2°: AUTORÍZASE: al Ejecutivo Municipal a suscribir nuevo Certificado de
Pre-Adjudicación con el Sr. Jiménez Herminio, D.N.I. Nº 93.022.362, donde
podrá acceder al Lote 05 de la Manzana 151 de una superficie de trescientos cincuenta y dos
con ochenta y cinco metros cuadrados (352.85 m²), Nomenclatura Catastral 13-20-041-2453.-
ARTÍCULO 3°: ESTABLÉCESE: que será facultad del Ejecutivo Municipal exigir el
cumplimiento de todas y cada una de las clausulas del Certificado de pre-
adjudicación.
ARTÍCULO 4º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto
Municipal de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1992/18.-
LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA