1666 - 08 Homologar Convenio de uso Escuela Nº 344.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1666/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1666/2008

VISTO: El Expediente del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 2905/08 de fecha 19/06/08


en el cual obra Nota Nº 361/08 firmada por el Sr. Viceintendente Municipal, Don


Diego A. Marcovesky, referida a Convenio celebrado entre la Municipalidad de Junín de los


Andes y la Escuela Nº 344 de esta Localidad, y;




CONSIDERANDO




Que, el citado convenio refiere el uso de instalaciones del establecimiento Educativo


Primario Nº 344, suscripto entre la Municipalidad de Junín de los Andes representada por el


Intendente Municipal y la Escuela Nº 344 representada por la Vicedirectora Prof. Maria Luz


Keilis.-




Que, mediante el mismo la Institución facilita en condición de préstamo, las


instalaciones de la Escuela, en el horario de 18:30 hs y hasta las 22:30 hs, a fin de dictarse las


Técnicaturas Superiores acordadas mediante convenio con el CIEDE y con el Consejo


Provincial de Educación.-




Que, mediante Ordenanza Nº 1519-2007 de fecha 07/11/2007, se ratificó el


Convenio Específico firmado en fecha 24/08/2007 entre el Centro Internacional de Educación


para el Desarrollo (CIEDE), y la Municipalidad de Junín de los Andes, para la realización de


Programas de Educación Superior.-




Que, por Ordenanzas Nº 1620/08 y 1621/08 de fecha 13/08/2008 se ratificaron los


convenios celebrados entre el Consejo Provincial de Educación del Neuquén y la


Municipalidad de Junín de los Andes, con el objeto de colaborar en la definición, difusión,


implementación y desarrollo de las carreras a término Técnicatura Superior en Gestión de


Turismo y Técnicatura Superior en Economía Social y Desarrollo Local, respectivamente.-




Que, todas las carreras universitarias, cuentan con una importante matricula por lo


que es necesario contar con un espacio adecuado, para la cantidad de estudiantes.-




Que, la Carta Orgánica Municipal establece en IV Parte, Políticas Especiales, Titulo


I, Desarrollo Humano, Capitulo I Educación, Cultura y Formación Cívica, Articulo 128º “La


Municipalidad de Junín de los Andes reconoce a la educación como herramienta fundamental


en el proceso de apropiación de la cultura para alcanzar el desarrollo integral y la socialización


de las personas. Realizará e impulsará las acciones para garantizar el cumplimiento de los


derechos constitucionales a recibir una educación de calidad en todas las edades, pública,


gratuita, laica y con igualdad de oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1666/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece nuestra Carta Orgánica en el


Artículo 57º, Inc., “t”, y conforme lo expresado en Despacho Nº 316/08 de la Comisión de


Gobierno, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 07/11/2008, homologar dicho


Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO de USO DE INSTALACIONES, suscripto


en fecha 09 de junio de 2008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, y la Escuela


Primaria Nº 344 representada por la Vicedirectora Prof. María Luz Keilis, el cual integra la


presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Dirección de la


Escuela Nº 344.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial Municipal.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea


Silvana Rosso.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1405/08.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA