Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2502/2015
VISTO: El Expte. C.D. Nº 8036/15 de fecha 27/07/2015 iniciado por el Departamento Ejecutivo
Municipal que contiene Nota Nº 303/15 de la Intendencia Municipal, y la Ordenanza Nº
2448/2014 de fecha 03/12/2014, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo se remite Nota Nº 834/15 de fecha 21/07/2015 de la Secretaría de
Obras y Servicios Públicos, por la cual eleva Nota S/Nº de fecha 17/07/2015 de la Subsecretaría de
Planeamiento Urbano, por la cual se extienda el Plan de Regularización de Obras hasta el 31 de
Diciembre de 2015. Este pedido se basa en las recurrentes solicitudes que han ingresado a la citada
Secretaría, solicitando se prorrogue dicho Plan (23 solicitudes). Actualmente se encuentran
registrados 47 planos presentados y aprobados, y es muy aceptable el número de viviendas que fueron
regularizadas.-
Que, por Ordenanza Nº 2448/2014, se crea un Régimen Especial de Regularización de
presentación de planos conforme a obra, de las construcciones, ampliaciones y/o modificaciones que
no hayan sido declaradas, o que oportunamente y al momento de realizarlas no hubieren presentado la
documentación correspondiente de acuerdo a las disposiciones vigentes.-
Que, este Concejo Deliberante, conforme al Despacho Nº 078/15 de la Comisión Interna de
Obras y Servicios Públicos, resuelve por unanimidad otorgar la prórroga solicitada, con el dictado de
la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA
MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON
FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE: hasta el 31 de diciembre de 2015, la plena vigencia de la
Ordenanza Nº 2448/2014 de fecha 03/12/2014, por la cual se crea un Régimen
Especial de Regularización de presentación de planos conforme a obra, de las construcciones,
ampliaciones y/o modificaciones que no hayan sido declaradas, o que oportunamente y al momento
de realizarlas no hubieren presentado la documentación correspondiente de acuerdo a las
disposiciones vigentes.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, envíese por su intermedio copia a la Delegación local del Consejo
Profesional de Agrimensura, Geología e Ingienería del Neuquén, al Colegio de Arquitectos
Delegación Junín de los Andes y a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, para su
cumplimiento.-
ARTÍCULO 3º: DESE: amplia difusión de la presente por los medios de comunicación de la
localidad.-
ARTÍCULO 4°: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A
LOS CINCO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN
ACTA Nº 1802/15.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA