2486 - 15 Autorización de 30 días para la construcción de sanitarios a la Sra. Erla Leonor González.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2486/2015


VISTO: El Expte. C.D. Nº 7671/15 de fecha 20/03/2015 iniciado por la Señora Erla Leonor


González, D.N.I. Nº 25.137.136, mediante el cual solicita una prórroga de 30 días para


construcción de sanitario en local comercial "Ruta 234 Pizzería", ubicado en calle Juan Manuel de


Rosas Nº 180 de esta localidad, y;


CONSIDERANDO


Que, por Ordenanza Nº 2450/2014 de fecha 17/12/2014, se otorgó a la Señora Erla


Leonor González, un plazo de sesenta (60) días corridos, a partir de la promulgación de la


presente, para la construcción de sanitarios para el Público en local en el citado local.-


Que la presentante fundamenta esta solicitud, dado que la prórroga otorgada, fue plena


temporada alta, y debido a la demanda turística (en ese periodo), se vió imposibilitada para la


construcción de sanitario; comunicando que actualmente los albañiles y sanitaristas están abocados


en la realización del mismo.-


Que, por lo expuesto, este Concejo Deliberante, conforme Despacho Nº 051/2015 de la


Comisión Interna de Obras y Servicios Públicos, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de


fecha 17/12/2014, dispone por unanimidad autorizar la prorroga solicitada, con el dictado de la


norma legal pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE:
a la Señora Erla Leonor González, D.N.I. Nº 25.137.136, un


plazo de Treinta (30) días corridos, a partir de la promulgación de la presente,


para la construcción de sanitarios para el Público en local en local comercial "Ruta 234 Pizzería",


ubicado en calle Juan Manuel de Rosas Nº 180 de esta localidad.-


ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE: que el Departamento Ejecutivo Municipal a través del área


respectiva deberá supervisar el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 1º


de la presente.-


ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio envíese la presente a las Secretarías Municipales


que correspondan; y a la Señora Erla Leonor González, a sus efectos.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,


A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1788/15.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA