Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1526/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1526/2007
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 917 Letra “A” de fecha 29/05/2007 iniciado por la Señora
María Susana Nicoletta, titular del D.N.I. Nº 5.947.096, con domicilio legal en P.
Illera Nº 504 de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, referente a solicitud de predio en
el Parque Industrial de Junín de los Andes, referente a solicitud de predio en el Parque
Industrial de Junín de los Andes, para la instalación de un emprendimiento de Inversión
Turística: consistente en Restaurante – Parrilla y Hotel; el Expte. Nº 2002 Letra “N” de la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 03/10/2007 que contiene presentación de
Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de
Noviembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la nombrada Sra. María
Susana Nicoletta, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 4C de la Manzana 86,
Nomenclatura Catastral 13-20-056-6866, según Certificado de amojonamiento que figura
como folio 51 del Expte. Nº 2002 Letra “N” iniciado el 03/10/07 en la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 917 Letra “A” de fecha
29/05/07, con una superficie de DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO
(2.394,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por
el “Adquirente”.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Cuarenta ($ 40,00) por
metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Noventa y Cinco Mil Setecientos
Sesenta ($ 95.760,00) que serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula
Segunda del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 2002 Letra “N”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la
firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)
del Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 21/11/2007, conforme lo
establecido en Despacho Nº 141/2007, emitido por la Comisión de Planificación, Producción y
Turismo, resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1526/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes
de Noviembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Señor Intendente Municipal Dn ÁNGEL CLEMENTE HERRERA, y el
Señor Secretario de Planificación, Producción y Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN
MENDEZ, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los
Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y la Sra. MARÍA SUSANA
NICOLETTA, titular del D.N.I. Nº 5.947.096, con domicilio legal en P. Illera 504 de Junín
de los Andes, Provincia del Neuquén, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, el cual
integra la presente como Anexo I; por la venta de una fracción de terreno ubicado en el Parque
Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 4C de la Manzana 86, Nomenclatura
Catastral 13-20-056-6866, según Certificado de amojonamiento que figura como folio 51 del
Expte. Nº 2002 Letra “N” iniciado el 03/10/07 en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 917 Letra “A” de fecha 29/05/07, con una
superficie de DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO (2.394,00 m²), o los que en
más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente a la interesada, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal).-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1352/07.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA