1526 - Aprobación Convenio Predio Parque Industrial Sra. María Susana Nicoletta.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1526/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1526/2007



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 917 Letra “A” de fecha 29/05/2007 iniciado por la Señora


María Susana Nicoletta, titular del D.N.I. Nº 5.947.096, con domicilio legal en P.


Illera Nº 504 de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, referente a solicitud de predio en


el Parque Industrial de Junín de los Andes, referente a solicitud de predio en el Parque


Industrial de Junín de los Andes, para la instalación de un emprendimiento de Inversión


Turística: consistente en Restaurante – Parrilla y Hotel; el Expte. Nº 2002 Letra “N” de la


Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 03/10/2007 que contiene presentación de


Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de


Noviembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la nombrada Sra. María


Susana Nicoletta, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 4C de la Manzana 86,


Nomenclatura Catastral 13-20-056-6866, según Certificado de amojonamiento que figura


como folio 51 del Expte. Nº 2002 Letra “N” iniciado el 03/10/07 en la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 917 Letra “A” de fecha


29/05/07, con una superficie de DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO


(2.394,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por


el “Adquirente”.-


Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Cuarenta ($ 40,00) por


metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Noventa y Cinco Mil Setecientos


Sesenta ($ 95.760,00) que serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula


Segunda del citado Convenio.-


Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 2002 Letra “N”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la


firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)


del Emprendimiento.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 21/11/2007, conforme lo


establecido en Despacho Nº 141/2007, emitido por la Comisión de Planificación, Producción y


Turismo, resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-


Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-






POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:















MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1526/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes


de Noviembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal Dn ÁNGEL CLEMENTE HERRERA, y el


Señor Secretario de Planificación, Producción y Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN


MENDEZ, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los


Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y la Sra. MARÍA SUSANA


NICOLETTA, titular del D.N.I. Nº 5.947.096, con domicilio legal en P. Illera 504 de Junín


de los Andes, Provincia del Neuquén, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, el cual


integra la presente como Anexo I; por la venta de una fracción de terreno ubicado en el Parque


Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 4C de la Manzana 86, Nomenclatura


Catastral 13-20-056-6866, según Certificado de amojonamiento que figura como folio 51 del


Expte. Nº 2002 Letra “N” iniciado el 03/10/07 en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 917 Letra “A” de fecha 29/05/07, con una


superficie de DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO (2.394,00 m²), o los que en


más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente a la interesada, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal).-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1352/07.-









MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA