2410 - 14 Marco Regulatorio pedidos Código Urbano y de Edificación.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2410/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1






O R D E N A N Z A Nº 2410/2014



VISTO:
El permanente pedido de excepciones al Código Urbano y de Edificación que la


comunidad solicita a este Cuerpo de Colegiado, y la necesidad de dar una respuesta


justa , equitativa , responsable y transparente, y;




CONSIDERANDO




Que, el Cuerpo Deliberativo necesita un marco legal consistente para tomar


decisiones de manera acertada, es necesario la creación de un marco regulatorio que establezca


criterios claros para hacer efectivos dichos pedidos.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULOS 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: ESTABLÉCESE: el marco regulatorio de los pedidos de excepción al


Código Urbano y de Edificación de nuestra localidad.-




ARTICULO 2°: Será obligación de cada solicitante presentar la documentación mencionada


en esta ordenanza


 DATOS PERSONALES: Nombre y Apellido, DNI, Domicilio legal, Teléfono de
contacto.


 DATOS CATASTRALES del terreno para el cual se solicita la excepción, plano de
ubicación en la manzana.


 INFORME ELABORADO POR LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS: situación del lote en caso de estar edificado, presentar la correspondiente


documentación que acredite el final de obra, y su relación actual con el código de edificación


urbana


 TITULO DE PROPIEDAD O BOLETO DE COMPRA Y VENTA


 LIBRE DEUDA MUNICIPAL.


 CROQUIS O PLANO con memoria descriptiva de la propuesta.


ARTÍCULO 3º: Solo se podrá dar excepción a un solo indicador urbanístico.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2410/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2






ARTICULO 4º: Será resorte del Concejo Deliberante dar curso al pedido de excepción si el


solicitante cumpliera con todos los requisitos establecidos en esta ordenanza.-




ARTICULO 5º: El Concejo Deliberante podrá considerar dar excepción a más de un


indicador urbanístico si el proyecto es de interés de la comunidad.-




ARTÍCULO 6º: REMÍTASE la presente al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos.


Una vez promulgada envíese copia a las áreas municipales que estime


corresponder.-




ARTÍCULO 7º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL


AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1744/14 – EXPTE. C.D.


Nº 7008/14.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA