Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1308/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1308/2005
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3339/05 de fecha 06/09/2005 iniciado por el Sr. Miguel Brandan,
mediante el cual solicita una excepción al Código Urbano y de Edificación en cuanto
al uso y ocupación del suelo de la vivienda de su propiedad, ubicada en el Lote 9,
Nomenclatura Catastral 13-20-43-6264, de la Manzana 104, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 01 del Expte. el presentante expresa que motiva esta solicitud la necesidad
de construir una cochera a fin de resguardar de las inclemencias climáticas la unidad
automotor familiar.-
Que, conforme los parámetros estipulados en el Código Urbano y de Edificación el
inmueble en cuestión se encuentra ubicado en el Área Residencial de Densidad Media Alta
(AR-3).-
Que, a fs. 06 consta Nota S/Nº de fecha 21/09/2005 con la firma del Asesor Técnico
de este Concejo Deliberante, Arq. Martín Alfaro Brave, en el cual emite dictamen con respecto
a dicha solicitud.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 06/10/2005 conforme
Despacho Nº 135/05 emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, dispone por
unanimidad otorgar la excepción solicitada por el Sr. Miguel Brandan, con el dictado de la
norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Señor BRANDAN, Miguel, una excepción al Código
Urbano y de Edificación, para construcción de una cochera de su propiedad,
ubicada en el Lote 9, Nomenclatura Catastral 13-20-43-6264, de la Manzana 104 de Junín de
los Andes, conforme lo solicitado en Expte. C.D. Nº 3339/05.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1308/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la
presente al propietario para su conocimiento y a la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, para que tome los recaudos correspondientes, para la presentación de los
planos en tiempo y forma, de acuerdo a lo normado en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1245/05.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA