Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1422/06
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1422/2006
VISTO. Las solicitudes efectuadas por la organización sindical A.T.E. Zona Sur, mediante los
Expedientes 2327/06 del 26/06/06, 2767/06 del 24/07/06, 3251/06 del 30/08/06,
3539/06 del 19/09/06, 3786/06 del 11/10/06, 3344 del 13/10/06, y;
CONSIDERANDO:
Que, en virtud del requerimiento atendido por el Departamento Ejecutivo Municipal
previa planificación sobre el avance de la masa salarial, mediante descriptivo adjunto
elaborado por la Dirección General de Recursos Humanos de la Municipalidad, conjuntamente
con el área de Hacienda, que forma parte de la presente se realizó el ajuste presupuestario
pertinente para atender estas erogaciones.-
Que, obra suficiente antecedente para que dicha recomposición se enmarque en el
proceso de actualización del ingreso por salario debido a la acción de depreciación por
inflación, que repercute en el ingreso del trabajador municipal.-
Que, luego de recabar la información necesaria, previendo lo normado en la
Ordenanza Nº 1352/2006 que habilita los ciento sesenta y tres (163) cupos para la
normalización de la Planta de empleados municipales, ha sido fijado por el Departamento –
Ejecutivo Municipal la inclusión con una mejora del salario básico según cuadro de categorías
acordado por Convenio Colectivo de Trabajo, que se ratifica en Acta Acuerdo de Comisión
Paritarias de fecha 09/11/2006, que a punto dos (2) dice: “El presente aumento tendrá un
alcance para todo el personal que reviste la planta permanente municipal y los contemplados
dentro de lo normado en el Artículo 35 de la Carta Orgánica Municipal”.-
Que, basado en la proyección confeccionada por las áreas intervinientes de Recursos
Humanos y de atención de gasto, mediante informe técnico administrativo, el Departamento
Ejecutivo Municipal dispone la aplicación de un incremento salarial en el coeficiente 1:2.5
CCT de pesos ciento cincuenta ($ 150,00) desde la mínima categoría AYUDANTE –
AUXILIAR ADMINISTRATIVO hasta la máxima PROFESIONAL, con carácter
remunerativo a los fines de la liquidación de los haberes del trabajador.-
Que, de esta manera se subsana la acción de pérdida del poder adquisitivo del salario
del trabajador municipal, cuyo concepto de aplicación nace en la necesidad de atender alas
categorías más bajas del escalafón, en primera instancia y por defecto a las otras previstas.-
Que, de ello se entiende que el aumento referenciado impone la adecuación
presupuestaria para atender las erogaciones corrientes del concepto salario de la Planta de
Empleados Municipales, cuyo efecto de aplicación se circunscribe al 01 de enero de 2007.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 15/12//2006, conforme
Despacho Nº 042/06 de la Comisión de Labor Legislativa, resuelve por unanimidad aprobar el
presente Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal bajo Expte.
D.E.M Nº 2327 “A” de fecha 26/06/2006; agregando los Artículos 2º y 3º que deberán decir:
“Incorpórase como Anexo I de la presente el Acta Acuerdo de Paritarias de fecha 09-11-06”,
y “Derogase la Ordenanza Nº 1133/04 y su anexo”, respectivamente.--
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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Que, a tal fin se debe redactar la norma pertinente, bajo las previsiones incluidas en
el Acta Acuerdo de Comisión de Paritarias de fecha 09/11/2006.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULOS 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: FACÚLTASE, al Departamento Ejecutivo Municipal, conforme a su
requerimiento a incrementar los haberes básicos de las escalas salariales
previstas por Convenio Colectivo de Trabajo, de pesos ciento cincuenta ($ 150,00)
remunerativo a partir del 01 de enero de 2007, surgidas del Acta Acuerdo de Comisión de
Paritarias de fecha 09/11/2006, según las situaciones previas impuestas contenidas en los
considerandos.-
ARTÍCULO 2º: INCORPÓRASE como Anexo I de la presente el Acta Acuerdo de
Paritarias de fecha 09/11/2006.-
ARTÍCULO 3º: DERÓGASE la Ordenanza Nº 1133/04 de fecha 20 de febrero de 2004 y su
Anexo.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE la presente al Departamento Ejecutivo Municipal a
sus efectos. Una vez promulgada envíese copia a las áreas municipales que
estime corresponder.-
ARTÍCULO 5º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
ARTÍCULO 7º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
SEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1308/06.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA