Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2803/2018
VISTO: El Expte. C.D. Nº 9630/18 de fecha 08/05/2018 iniciado por el Departamento Ejecutivo
Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo remite copia de ADENDA Nº 0030/18 de fecha 09/03/2018 del
Convenio Nº 016/17 firmado entre la Dirección Provincial de Vialidad del Neuquén y la
Municipalidad de Junín de los Andes, que tiene por objeto establecer las condiciones por las
cuales acuerdan coordinar las tareas de pavimentación de la Ruta Provincial Nº 61. Tramo:
Progresiva, 0,00-Progresiva 5.000.-
Que, el Convenio Nº 016/17, fue ratificado por Ordenanza Nº 2703/2017 de fecha
30/05/2017.-
Que, en la mencionada Adenda, las partes acuerdan ampliar el citado Convenio, a los
efectos de dar continuidad con las tareas objeto del acuerdo e incorporar trabajos con el fin de
construir la bicisenda, conforme las siguientes Clausulas:
Primera: “El Ente” proveerá a “La Dirección”, 04 (cuatro) camiones Batea de 20 m³ de
capacidad, para realizar el transporte de 15.500 m³ de material pétreo para relleno, sub-base y
base, a efectos de completar el ensanche para la construcción de una bicisenda, las tareas serán
supervisadas por el Distrito 4 San Martín de los Andes y cuyo monto total asciende a Pesos: Un
Millón Cuatrocientos Setenta y dos Mil Quinientos ($ 1.472.500,00), abonando $/m³ 95,00. Al
efecto “La Dirección” certificará los trabajos y confeccionará el Acta de Recepción
correspondiente, la que será suscrita de común acuerdo entre las partes.-
Segunda: Ampliar el plazo de ejecución de los trabajos de cuatro (04) meses corrido, a partir del
día 22 de marzo de 2018.
Quedan vigentes las Cláusulas del Convenio Nº 0016/17, que no fueron modificadas por la
presente Adenda.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 23/05/2018, conforme al
Despacho Nº 077/18 de la Comisión Interna de Gobierno, dispuso por unanimidad, aprobar la
Adenda de referencia, con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION
ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE;
LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°: RATIFÍCASE: la ADENDA Nº 0030/18 celebrada en fecha 09 de Marzo de
2018 entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL NEUQUÉN,
representada por el Sr. Presidente del Directorio, Ing. Juan Carlos Schenk, y LA
MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada por el Sr. Intendente Municipal,
Sr. Carlos A. Corazini, la cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la
Dirección Provincial de Validad del Neuquén, a sus efectos.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1957/18.-
LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA