Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2291/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2291/2013
VISTO: El Convenio Marco de propuesta de la Dirección General de Promoción y Desarrollo
de la Gestión Asociativa, para la Promoción de Proyectos Asociativos para el
Desarrollo Local a través del Plan de Desarrollo Local y Regional, suscripto entre la Sub-
Secretaría de Gestión de Empleo del Ministerio de Coordinación de Gabinete, Seguridad y
Trabajo de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, dentro de los principales objetivos del acuerdo suscripto se encuentra como
fundamento el de mejorar la calidad de vida de los habitantes de los Municipios y/o
Comisiones de Fomento Asociados, otorgándoles un rol protagónico en el desarrollo de la
infraestructura, entendiendo que el nivel local cuenta con un mayor conocimiento de sus
problemas y necesidades, a través de la promoción de la cultura del trabajo digno,
profundizando la cultura asociativa solidaria y cooperativista, propiciando la creación de
trabajo genuino a través de la formación de Cooperativas de Trabajo y Emprendimientos
Productivos Asociados.-
Que, este propósito permite al Gobierno de la Provincia cumplir uno de los objetivos
primordiales, como es la de incorporar mano de obra desocupada local con un alto nivel de
empleabilidad, fortaleciendo además habilidades y capacidades de cada uno de los integrantes
de las Cooperativas de Trabajo, bajo la modalidad de la Resolución Nº 3026, vinculadas a todo
tipo de actividades económicas, planificadas por el Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y/o
Municipal, acompañándose en todo el proceso a través de Políticas Sociales inclusivas para el
desarrollo integral de las personas, su familia y su entorno, fomentando la organización y
participación.-
Que, la Cláusula Primera del Convenio expresa: La Municipalidad de Junín de los
Andes y la Sub-Secretaría de Gestión de Empleo de la Provincia del Neuquén llevarán a cabo
actividades vinculadas a: A) Promover y estimular el desarrollo socio-económico, productivo
y ambiental de la región, incentivando acciones de cooperación y articulación recíproca. B)
Solicitar fondos destinados a la capacitación en el diseño y elaboración de los proyectos de
impacto. C) Promover el desarrollo armónico en la región, buscando profundizar el proceso de
crecimiento económico con inclusión social y equilibrio territorial, objeto del presente
convenio, garantizando la sustentabilidad socioeconómica y ambiental.-
Que, la Cláusula Segunda expresa que podrán establecer entre las partes,
emprendimientos, programas específicos de investigación, desarrollo y servicios que
contribuyan al mejor cumplimiento de los propósitos previstos en la cláusula primera, los que
se formalizarán en sus detalles a través de Actas Complementarias que pasarán a formar parte
de este Convenio como anexos.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2291/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, la Cláusula Tercera expresa que el Municipio y la Sub-Secretaría podrán
asignar con arreglo a los planes que se elaboren de común acuerdo, al personal profesional y/o
técnico, personal municipal y provincial de equipos e instalaciones que se consideren
adecuados para el cumplimiento de las normas que al efecto rijan para cada una de las partes.-
Que, este Convenio tendrá una duración de un año a partir de la firma, renovándose
por igual término y con evaluación de los resultados obtenidos, salvo que cualquiera de ellas
decidiera su rescisión, con aviso previo fehaciente.-
Que, atento al Despacho Nº 078/13 de la Comisión de Promoción del Empleo y
Desarrollo Territorial, aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria de fecha 18-09-13, este
Concejo Deliberante resuelve homologar el citado Convenio, con el dictado de la presente
norma.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio Marco de Propuesta de la Dirección General de
Promoción y Desarrollo de la Gestión Asociativa, para la Promoción de
Proyectos Asociativos para el Desarrollo Local, a través del Plan de Desarrollo Local y
Regional, suscripto entre la Sub-Secretaría de Gestión de Empleo del Ministerio de
Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo de la Provincia del Neuquén, representada por
Sr. Ariel Alejandro Sandoval, D.N.I. Nº 20.793.230 y la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Juan Domingo Linares, el que forma parte
de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: REMITASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Gobierno de
la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.691/13 – EXPTE. C.D. Nº 6845/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES