Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 1881/2010
VISTO: La Ordenanza Nº 1860/2010 de fecha 08/07/2010, los Exptes. C.D. Nº 5184/10 de fecha
25/08/10 y Nº 5188/10 de fecha 26/08/2010, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el Artículo 1º de la citada norma se declara de Interés Municipal el Servicio de
Transporte Urbano de Pasajeros.-
Que, en su Artículo 2º se aprueba el marco regulatorio del Servicio Público de Transporte
Urbano de Pasajeros, el cual corre agregado a la misma como Anexo I.-
Que, en el Anexo I, Artículo 2º, establece que el recorrido se realizará abarcando la
totalidad de los barrios de la ciudad. La Empresa concesionaria deberá contemplar la viabilidad de la
prestación del servicio al Centro de Educación Integral (CEI) “San Ignacio” (Paraje San Cabao).-
Que, el Artículo 6º de dicho Anexo establece la tarifa por la prestación de este servicio.-
Que, en el Expte. C.D. Nº 5184/10 de fecha 25/08/10 que contiene Nota S/Nº de fecha
23/08/2010 de la Empresa Castelli S.R.L. firmada por el Sr. Gustavo Castelli, presenta propuesta de
trasporte público urbano de pasajeros que une el caso urbano de la ciudad con el paraje San Cabao –
CEI San Ignacio.-
Que, en Nota de fecha 23/08/10, obrante a fs. 06 del citado Expte., firmada por los
Directivos del CEI San Ignacio de la Fundación Cruzada Patagónica, apoyan la solicitud de incluir en
la traza de recorrido entre la ciudad de Junín de los Andes y el Paraje San Cabao, donde se encuentran
el CEI “San Ignacio”.-
Que, en el Expte. C.D. Nº 5188/10 de fecha 26/08/2010 iniciado por un grupo de padres de
alumnos de la localidad, que asisten a la Escuela CEI “San Ignacio” en el Paraje San Cabao, durante
el periodo septiembre – mayo, donde manifiestan que les resulta muy difícil afrontar el elevado costo
del transporte; motivo por el cual solicitan y sugieren se amplié el trazado del recorrido de dicho
servicio hasta el paraje San Cabao.-
Que, atento las conversaciones mantenidas entre este Cuerpo Deliberativo, la Dirección de
Tránsito y Transporte Municipal, la Empresa Castelli, concesionaria del Servicio de Transporte
Urbano de Pasajeros en nuestra localidad y los Padres de los alumnos del CEI “San Ignacio”, se
considera oportuno implementar el recorrido de servicio rápido al Paraje San Cabao como también
los valores de la tarifa de este recorrido.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a” “o” y “q” EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: INCORPÓRASE al Artículo 6º de la Ordenanza Nº 1860/2010 del Servicio de
Transporte Urbano de Pasajeros, el siguiente cuadro tarifario: Servicio rápido:
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
TARIFAS
TARIFA PLANA $ 2,25
TARIFA ESCOLARES (Inicial y Primarios) $ 1,50
ESTUDIANTES Secundarios (sólo con compra anticipada): $ 1,75
TARIFA JUBILADOS $ 1,50
MENORES (hasta tres años de edad): $ 0,00
CERTIFICADO DE JUCAID $ 0,00
En caso que el usuario utilice el servicio rápido, se realizará un corte de tarifa en el acceso al Barrio
Militar, utilizando el tarifario establecido en el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 1860/2010.-
ARTÍCULO 2º: INCORPÓRASE en el Artículo 2º del Anexo I de la Ordenanza Nº 1860/2010
“RECORRIDO” del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros, el servicio
rápido:
IDA:
Barrio Jardines del Chimehuín
Ruta Nacional 234
Av. Lonquimay
Félix San Martín
Gral. Lamadrid
Av. Antártida Argentina
Domingo F. Sarmiento
Islas Malvinas
Ruta Nacional 234
Ruta Provincial 61
Hasta Escuela Centro de Educación Integral “San Ignacio”
REGRESO:
Mismo recorrido a la inversa.-
ARTÍCULO 3º: HORARIOS: Servicio Rápido:
Lunes a Viernes:
Desde Barrio Jardines del Chimehuín Desde Escuela CEI “San Ignacio”
07:15 07:50
17:15 18:45
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal; a sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUÉN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1511/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA