Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2633/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2633/2016
VISTO: El Expte. C.D. Nº 8676/16 de fecha 13/09/2016 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, mediante el cual eleva adjunto Convenio Centro de Desarrollo
Deportivo entre el Ministerio de Gobierno y Justicia, representado por la Subsecretaría de
Deportes y Juventud y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO
Que, la Cláusula Primera del citado Convenio establece que: La Subsecretaria a fin de
detectar, formar y favorecer el desarrollo de jóvenes deportistas con discapacidad, dentro del marco
del Programa “Centros de Desarrollo Deportivo” que se lleva adelante a través de la Subsecretaría
de Deporte y Juventud, desconcentra administrativa y financieramente la implementación de los
Centros, en concordancia con los ejes conceptúales fijados en el Proyecto, facilitando la
incorporación del recurso humano y la adquisición de elementos deportivos a tal fin.-
Que, la Cláusula Segunda establece que: La Subsecretaría se compromete a transferir a
la Municipalidad un Aporte No Reintegrable con destino específico por la suma de Pesos Veintitrés
Mil ($ 23.000,00), acreditado en una sola cuota anual. La Municipalidad destinará Pesos Cinco Mil
($ 5.000) a la adquisición de materiales deportivos y Pesos Dieciocho Mil ($ 18.000) a la contratación
del referente, para el funcionamiento del Centro de Desarrollo Deportivo Adaptado, según el siguiente
detalle:
a) Los honorarios mensuales de cada referente serán de Pesos Tres Mil ($ 3.000).
b) La Municipalidad tiene la facultad de mejorar la asignación económica con recursos propios.-
Que, la Cláusula Tercera establece que: “La Municipalidad designará bajo su total
responsabilidad el personal que se abocará en forma exclusiva al desarrollo del Proyecto “Centros de
Desarrollo Deportivo”, cuyos fines se establecen en la Cláusula Primera del presente Convenio. Las
tareas a desarrollar por el referente son las que se indican a continuación:
Detectar jóvenes deportistas con proyección deportiva en cualquier ámbito, actuando de oficio
o a solicitud del entrenador/profesor del deportista en cuestión.-
Establecer el vínculo entre el deportista y su entrenador con la Dirección Provincial de
Deporte.
Planificar la actividad a realizar para el desarrollo deportivo, para lo cual contará con el
acompañamiento y asesoramiento del área correspondiente de la Dirección Provincial de
Deporte.-
Informar al profesor/entrenador de cada deportista las actividades planificadas que debe
desarrollar en el marco del proyecto.
Elevar informes trimestrales de los deportistas que estén bajo su área de influencia.
Mantenerse al tanto de los calendarios deportivos en los que potencialmente pudiera
participar los deportistas a su cargo.-
Notificar a la Dirección Provincial de Deporte respecto a las necesidades específicas para el
desarrollo de las actividades de entrenamiento o competencias.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2633/16.-
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Concejo Deliberante
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Que, el Artículo 155 de la Carta Orgánica Municipal establece que “La Municipalidad
de Junín de los Andes posibilitará el acceso de toda la comunidad a las actividades físicas y
recreativas en sus múltiples formas. Elaborará y ejecutará la política municipal del deporte
comunitario apoyando al deporte escolar y federado en aquellas actividades que contaren con
deportistas locales destacados”.-.
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, y
conforme al Despacho Nº 187/16 de la Comisión Interna de Gobierno, dispuso por
unanimidad, en Sesión Ordinaria de fecha 28/09/2016, ratificar dicho Convenio, con el dictado
de la norma legal respectiva.
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio “Centros de Desarrollo Deportivo” entre el
Ministerio de Gobierno y Justicia, representado por el Subsecretario de
Deporte y Juventud, Sr. Luís Sánchez Mercado, en adelante “La Subsecretaría” y la
Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don
Carlos Corazini, en adelante “La Municipalidad”, el cual contiene once (11 Cláusulas e integra
la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN”
CONCEJO DELIBERERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 1867/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES