2827 - 16 Autorizar excepción escrituración Lote Parque Industrial a Administración de Parque Nacional Lanín.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2827/18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1






O R D E N A N Z A Nº 2827/2018



VISTO: El Expte. E.M. Nº 1446/2017 de fecha 17/04/2017, iniciado por Nota Nº 0358 de


fecha 11 de abril de 2017 presentada por el Sr. Intendente Parque Nacional Lanín,


Gpque Horacio V. Pelozo; y el Boleto de Compra Venta suscripto en fecha 26 de julio el 2016


entre la Administración de Parque Nacionales, denominada “La Compradora”, y la


Municipalidad de Junín de los Andes, denominada “La Vendedora”, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Clausula Primera del citado Boleto de Compra Venta, establece que “La


Vendedora” vende a “La Compradora”, el inmueble baldío de una superficie de Cuatro Mil


Cuatrocientos Metros cuadrados (4.400 m²), sito en la Ciudad de Junín de los Andes,


Provincia del Neuquén, en la calle Hueyelthué entre Ruta Nacional Nº 40 (ex Ruta Nacional


Nº 234) y calle Malleo, Parque Industrial, Nomenclatura Catastral Circunscripción 13, Sección


20, Manzana 56, Parcela 3853, Lote 6, Manzana 86.-




Que, la Clausula Segunda, establece que “La vendedora” se obliga a entregar el bien


libre de ocupantes y en el estado en que se encuentra, y “La Compradora” se obliga a realizar


las construcciones necesarias con el fin exclusivo de instalar una Subcentral de la Brigada de


Control de Incendios y una Sede Administrativa de la Unidad de Gestión Descentralizada


Centro, del Parque Nacional Lanín.-




Que, la Clausula Sexta, establece que la escritura traslativa de dominio será otorgada


por ante Escribanía General de Gobierno de la Nación una vez que “La Compradora” dé


cumplimiento a los plazos normados por el Artículo 11, Inciso e), del reglamento del Parque


Industrial de Junín de los andes, aprobado por la Ordenanza Nº 479/95.-




Que, en Expte. E.M. Nº 1446/2017, la Intendencia Parque Nacional Lanín, solicita


autorización por vía de excepción la formalización del trámite de escrituración del predio


adquirido, a través de la escribanía de Gobierno de la Nación o ante algún Registro Notarial de


San Martín o Junín de los Andes.-




Que, el citado Expte. ha sido enviado a este Cuerpo Deliberativo mediante Nota


Externa Nº 173/18 de fecha 18/04/2018 de la Intendencia Municipal, en la cual solicita el


tratamiento y autorización de excepción a la Cláusula Sexta del Boleto de Compra Venta,


dando lugar a la consideraciones expresadas por el Intendente de Parque Nacional Lanín y dar


curso a la formalización del trámite de escrituración del predio adquirido.-




Que, el inmueble en cuestión, se encuentra cancelado en su totalidad el precio de


venta, tal como surge acreditado en el informe de la Secretaría de Economía, mediante Nota


Nº 383/18 de fecha 28/06/2017, quedando pendiente cancelar la deuda por trámites e mensura,


según los indicado en Nota Nº 062/17 de fecha 21/06/2017 de la Dirección del Parque


Industrial.-


















LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO


CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL


PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2827/18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2






Que, a fs. 047, se adjunta dictamen de fecha 23/06/2018 de Asesoría Legal del


Concejo Deliberante.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 01/08/2018, dictamina


sobre tablas y por unanimidad otorgar la excepción solicitada, con el dictado de la norma


correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: por vía de excepción, a la Administración de Parques


Nacionales, la formalización del trámite la escrituración del inmueble


identificado como Lote 6, Manzana 86, Nomenclatura Catastral Circunscripción 13, Sección


20, Manzana 56, Parcela 3853, de una superficie de Cuatro Mil Cuatrocientos Metros


cuadrados (4.400 m²), sito en la Ciudad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, en la


calle Hueyelthué entre Ruta Nacional Nº 40 (ex Ruta Nacional Nº 234) y calle Malleo, Parque


Industrial.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que la autorización de escrituración no libera a “La


Compradora” de la obligación de realizar las obras asumidas en la Cláusulas


Segunda del Boleto de Compra Venta, celebrado en fecha 26/07/2018, ni el plazo para llevar a


cabo las mismas conforme Cláusula Sexta del citado Boleto, que remite al Artículo 11, Inciso


e) del Reglamento del Parque Industrial de Junín de los Andes, aprobado por Ordenanza Nº


475/95.-




ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que previo a cualquier ulterior trámite a la escrituración,


“La Compradora” deberá cancelar la deuda por trámite de mensura del lote


descripto en el Artículo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos. Promulgada, envíese por su intermedio copia a la Intendencia del


Parque Nacional Lanín, y a las Secretarías Municipales que correspondan.-


ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO


DOS MIL DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1968/18.-
















LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO


CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL


PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES