2740 - 17 Autorización a suscribir Contrato de Comodato para la adquisición de 2 unidades de transporte de pasajeros.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2740/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2740/2017



VISTO: El Expte. C.D. Nº 9226/17 de fecha 01/09/2017 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, mediante el mismo remite copia de Contrato de Comodato a


suscribir entre la Subsecretaría de Obras Públicas de la Provincia del Neuquén (“La


Provincia”) y la Municipalidad de Junín de los Andes (“La Municipalidad”), y;




CONSIDERANDO:


Que, el citado Contrato de Comodato establece las siguientes Cláusulas:


PRIMERA: La Provincia” entrega en los términos del Artículo 1533º y subsiguientes del


Código Civil y Comercial, y “La Municipalidad” acepta y toma en préstamo de uso las


siguientes Unidades de Transporte de Pasajeros:


Marca: Mercedes Benz, Modelo BMO 384 – Versión 1418/52 CM, Chasis:


9BM38484067AF134984, Motor 904968U0841260 – Dominio: IYK-530.-


Marca: Mercedes Benz, Modelo BMO 384 – Versión 1418/52 CM, Chasis:


9BM38484067AF135027, Motor 904968U0842136 – Dominio: IXQ-459.-


SEGUNDA: Las Unidades se destinarán con exclusividad al uso interno de transporte público


de pasajeros pertenecientes a la Municipalidad de Junín de los Andes.-


TERCERA: Los gastos de combustible, lubricantes, refrigerantes, servicio de mantenimiento,


seguros, patentes y todo otro gasto que se originara como consecuencia del uso de los


vehículos, revisión técnica, cargas de pasajeros y multas por contravenciones estará a cargo de


“La Municipalidad”.-


CUARTA: “La Municipalidad” está obligada a contratar la póliza de seguro conforme a las


características del servicio; la omisión del pago de las primas dará lugar a rescindir en forma


automática el presente contrato y retiro inmediato de las unidades.-


QUINTA: Queda expresamente prohibida la transferencia definitiva de los vehículos a


cualquier otra persona, ya sea física o jurídica, así como también vender total o parcialmente


los vehículos objeto del contrato. Tampoco podrá “La Municipalidad” modificar o hacer


variaciones, alteraciones o mejora alguna a los vehículos objeto del contrato sin el


consentimiento expreso y por escrito de “La Provincia”, salvo todos los actos de conservación


y mantenimiento que sean necesarios para resguardar el óptimo funcionamiento de los


vehículos.-


SEXTA: “La Municipalidad” será la única responsable por los daños y perjuicios que con


motivo u ocasión del uso de los vehículos causen a los transportados, al propio vehículo o a


terceros no transportados, trátese de una conducta dolosa, culposa o negligente.-


SÉPTIMA: En caso de accidente “La Municipalidad” será la única responsable por daños y


perjuicios ocasionados al propio vehículo, bienes de terceras perdonas transportadas o no,


respondiendo civil, administrativa y penalmente por los mismos debiendo mantener indemne a


“La Provincia” de todo y cualquier pérdida, gasto, reclamo, acción o proceso que pudiera


derivarse del presente.




























LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2740/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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OCTAVA: El plazo del presente Convenio es de diez (10) años, con posibilidad de prórroga,


salvo que alguna de las partes manifieste pro medio fehaciente y con una antelación de


cuarenta y ocho (48) horas lo contrario, por lo que se devolverá el bien dentro de los plazos


establecidos.-




Que, este Concejo Deliberante conforme al Despacho Nº 172/17 de la Comisión


Interna de Gobierno, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 13/09/2017,


resuelve autorizar a suscribir los Contratos de Comodato entre la Subsecretaria de Obras


Públicas de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, con el dictado


de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1°: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Contrato


de Comodato entre la Subsecretaría de Obras Públicas de la Provincia del


Neuquén (“La Provincia”) y la Municipalidad de Junín de los Andes (“La Municipalidad”),


por préstamo de uso las siguientes Unidades de Transporte de Pasajeros:


Marca: Mercedes Benz, Modelo BMO 384 – Versión 1418/52 CM, Chasis:


9BM38484067AF134984, Motor 904968U0841260 – Dominio: IYK-530.-


Marca: Mercedes Benz, Modelo BMO 384 – Versión 1418/52 CM, Chasis:


9BM38484067AF135027, Motor 904968U0842136 – Dominio: IXQ-459.-




ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS


TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1919/17.-
















LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES