Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1180/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1180/2004
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3029/04 de fecha 11/08/2004 iniciada por la Viceintendencia
Municipal, mediante el cual remite Nota Nº 130/04 del Departamento de Transporte
Municipal, que contiene documentación presentada por el Señor Pedro Oscar Montanar,
D.N.I. Nº 16.489.815, donde solicita habilitación para ser permisionario en el rubro Taxi de la
localidad, y;
CONSIDERANDO:
Que, para tal fin ofrece una unidad automotor Marca FIAT, Modelo DUNA S 1.4,
Año 1998, Tipo Sedan 4 Puertas, Motor Nº 159A20388413741, Chasis Nº
8AP155000*V5302876*, Dominio Nº BVG149, de su propiedad con domicilio en calle 17 de
Octubre Nº 525de Junín de los Andes.-
Que, el Departamento de Transporte Municipal informa que atento lo normado en la
Ordenanza Nº 1015/2002 que regula el servicio de taxi, la peticionante cumple con todos los
requisitos para ser permisionaria, existiendo en la actualidad cupos de licencias libres.-
Que, como observación se deja constancia que el vehículo automotor aludido es de
color rojo.-
Que, por lo expuesto este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
13/08/2004, dispuso Sobre Tablas y por unanimidad dar viabilidad a lo solicitado, en
conformidad con lo establecido en el Artículo 20º de la Ordenanza Nº 1015/2002; con la
salvedad de que la solicitante en un plazo de Noventa (90) días, a partir de la sanción de la
presente, deberá cumplimentar lo normado en la citada Ordenanza, Artículo 21º, Inc. i), en
cuanto al cambio de color de la unidad automotor antes mencionada; no aceptándose prórroga
a dicho plazo.- El Departamento Ejecutivo Municipal a través del área competente deberá
verificar el cumplimento del cambio de color de dicho vehículo.-
Que, al efecto se debe dictar la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: HABILÍTASE como Taxi la unidad automotor Marca FIAT, Modelo
DUNA S 1.4, Año 1998, Tipo Sedan 4 Puertas, Motor Nº
159A20388413741, Chasis Nº 8AP155000*V5302876*, Dominio Nº BVG149, de propiedad
del Señor MONTANAR, Pedro Oscar, D.N.I. Nº 16.489.815, Con domicilio en calle 17 de
Octubre Nº 525de Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉZCASE un plazo de Noventa (90) días, a partir de la sanción
de la presente, para que el Sr. Pedro Oscar Montanar cumplimente lo
establecido en la Ordenanza Nº 1015/2002, Artículo 21º, Inc. i), en cuanto al cambio de color
de la unidad automotor antes mencionada; no aceptándose prórroga a dicho plazo.- El
Departamento Ejecutivo Municipal a través del área competente deberá verificar el
cumplimento del cambio de color de dicho vehículo.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para la prosecución del
trámite en conformidad con lo establecido en los Artículos 9º y 17º de la
Ordenanza Nº 1015/2002.- Cumplido envíese copia de la Resolución de promulgación para
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1180/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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conocimiento de este Cuerpo Deliberativo y mediante las formas de estilo, a través del
Departamento Ejecutivo Municipal, notifíquese al presentante.-
ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo A/C, Concejal Aladino
Altamirano.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1183/04.-
Firmado: Vicepresidente C.D. Néstor J. MONDINO
Secretario Legislativo A/C Aladino ALTAMIRANO