Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2330/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2330/2013
VISTO: El Expte. C.D. Nº 6723/13 de fecha 31/05/2013 originado por Nota Nº 194/13 de
fecha 31/05/2013 de la Intendencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo remite Estudio de Impacto Ambiental denominado “Loteo y
Fraccionamiento – Lotes 3a4 (Nomenclatura Catastral 13-20-070-6315) y 3a5 (Nomenclatura
Catastral 13-20-070-5712) del Lote en la Ciudad de Junín de los Andes, elaborado por el Ing. en
Ecología César Gómez (fs. 07 al 109).-
Que, los titulares del citado Loteo son los Sres Alfredo Moisés Roca Jalil, Eduardo
Héctor Roca Jalil, Simón Antonio Roca Jalil y la Sra. Ana Rosa Roca Jalil.-
Que, en Nota Nº 139/13 de fecha 08/04/2013 firmada por el Subsecretario de Medio
Ambiente (SSMA), Lic. Domingo Hernán Muñoz, en la cual figuran las observaciones efectuadas
al Estudio de Impacto Ambiental, las cuales podrán ser indicadas mediante formato de Adenda
(fs. 110 al 112).-
Que, en cumplimiento con las reglamentaciones vigentes aplicables (Ordenanza Nº
1437/2007 y Decreto Provincial Nº 1485/2012) y a los efectos de cumplimentar lo solicitado por
Nota Nº 139/13 SSMA. en referencia Estudio de Impacto Ambiental Loteo y Fraccionamiento
denominado Lote 3a4 (Nomenclatura Catastral 13-20-070-6315) y Lotes 3a5 (Nomenclatura
Catastral 13-20-070-5712), el Ing. en Ecología César Gómez remite ADDENDA en la cual se
presentada bajo la modalidad de de Informe Técnico Ambiental de Prefactibilidad Cloacal (I.TA.)
la metodología correspondiente a la instalación e “Plantas Modulares Compactas para Tratamiento
de efluentes Cloacales” como sistema alternativo para tratamiento de efluentes cloacales que se
generarán en el futuro Loteo (fs 113 al 147).-
Que, mediante Nota Nº 483/13 de fecha 06/06/2013 de este Concejo Deliberante, se
remitió en carácter de devolución el Expte, de referencia a la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos, dado que sí es un pedido de urbanización se deberá cumplimentar la documentación que
establece el Código Urbano y de Edificación (fs. 157).-
Que, en respuesta a la Nota antes mencionada, por Nota Nº 121/13 de la Subsecretaría de
Planeamiento Urbano con pase la Viceintendencia Municipal (fs. 187 y 188), se informa que la
documentación se remite a fin de solicitar la autorización del Cuerpo Deliberativo para aprobar el
plano de subdivisión presentado en el Expte. Nº 1507/11, ya que se completó la documentación
básica para el visado previo de la Manzana Nº 183, proyectada en el Lote 3a5 dentro del Lote 3 de
esta localidad.- En este caso la urgencia de realizar el visado de mensura de la Manzana Nº 183, es
que se encuentran viviendo en la misma varias familias en sus viviendas y para regularizar la
situación de planos de las mismas y también para poder solicitar y realizar la tramitación de los
servicios básicos necesitan tener la mensura aprobada.-
Que, este Concejo Deliberante en conformidad al Despacho Nº 118/13 de la Comisión
de Obras y Servicios Públicos, por Nota Nº 675/13 C.D.J.A. del 15/08/13, solicitó al Sr. Intendente
Municipal que convoque en tiempo perentorio a la “Comisión Evaluadora de Proyectos de
Expansión Urbana”, tal lo normado mediante la Ordenanza Nº 2176/12 en su Art. 4º.- Dicha
convocatoria fue reiterada mediante Nota Nº 937/13 C.D.J.A. del 17/10/13 fs 191 – 193 – 195).-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
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A/C DE PRESIDENCIA
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Que, por Nota Nº 429/13 de fecha 15/11/2013 de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos se convocó a reunión a la Comisión Evaluadora de Proyectos de Expansión Urbana (fs.
197).-
Que, por Nota Nº 146/13 de fecha 29/11/2013 de la Subsecretaría de Planeamiento
Urbano (fs. 205 al 209), se remite copia de Acta Nº 1 de reunión de la Comisión Evaluadora de
Proyectos de Expansión Urbana de fecha 20/11/2013. En la misma se trató el Expte. C.D. Nº
6723/13 – Loteo y fraccionamiento Lotes 3a4 y 3a5 del Lote 3 de esta localidad.- La citada
Comisión resolvió por unanimidad, darle el visto bueno a la subdivisión del Lote 3a5,
Nomenclatura Catastral 13-20-070-5712, ya que cumple con todos lo requisitos exigidos por
ordenanzas. A su vez, todos lo profesionales indicaron que las futuras subdivisiones que se
realicen en el resto de las manzanas del Lote 3, deben cumplimentar todos los requisitos que
exigieron de la manzana 1183 (Lote 3 a 5).- Se adjunta Nota Nº 545/10 C.D.J.A. de fecha
05/08/2010, enviada a la Agrimensora Paila Garay, con relación al anteproyecto de urbanización
del Lote 3a - Propiedad de Alfredo Roca Jalil, la cual expresa que: “… A la vez este Cuerpo
Deliberativo deja asentado que se respetará el diseño y distribución de las Manzanas y Calles
Públicas, propuestas en el Anteproyecto”.-
Que, a fs 170 consta Nota S/Nº de fecha 24/08/2011 firmada por la Agrimensora Paula
Garay, en la cual solicita se otorgue el visado municipal a la División del Lote 3a5 Nomenclatura
Catastral de Origen 13-20-070-5712, explicando los motivos que fundamentan tal solicitud.-
Que, en Nota Nº 476/13 de fecha 09/12/2013 de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos (fs. 213, 214 y 215), que lleva la firma de su Secretario Sr. Marcelo Paillalauquén, el
Subsecretario de Medio Ambiente, Lic. Domingo Hernán Muñoz, el Subsecretario de
Planeamiento Urbano, Ing. Valentín Altuna, y el Arq. Juan Escamilla, se expresa que:
“En función a lo analizado en los expedientes 4389/2009 – 6723/2013 sugerimos que a los efectos de
dar cumplimiento a lo estipulado en la Ordenanza Municipal Nº 2176/12 de esa área municipal se
realizaron las siguientes observaciones:
Dar por hecho lo manifestado en los estudios ambientales y Addendas presentadas ya que las mismas
se circunscriben a toda la zona de estudio (3 a 4 y 3 a 5 a 4 del Lote 3) – Estudio de Impacto Ambiental
(folio 7) y Addenda Estudio de prefactibilidad para las instalaciones de sistemas alternativos de
efluentes cloacales Lote 3a4 NC 13-20-070-6315 y Lote 3a5 NC 13-20-070-5712 – Mza 183 del Lote 3
a 5 (folio 113). De la presente observación se desprende que no será necesaria la presentación de
nuevos estudios ambientales dado que los mismos abarcan la zona de interés. No obstante cada
emprendimiento deberá denunciar por escrito la modalidad de tratamiento de efluentes en consonancia
con lo estipulado en la Addenda correspondiente.-
En relación al pedido de factibilidades de servicio para toda la urbanización indicamos que las mismas
se encuentran en el (folio 182 – Nota respuesta) y el (folio 184 Nota respuesta EPAS). Por lo tanto
damos por sentado que la documentación y el pedido de factibilidades se corresponde con la zona
afectada al proyecto. Cabe mencionar que en el folio 176 “Boleto compraventa” en su cláusula décima
se indica lo siguiente “Los servicios de agua, luz, cloacas, gas, enripiado y apertura de calle (las calles
que circundan la manzana) estarán a cargo de los compradores”.-
En función a las Reserva Fiscal y Espacio Verde indicamos que según el plano de Mensura Nº 4796-
09996/10 con fecha de registración 22 de junio de 2010 quedan asignados como lote de Espacio Verde
(3a1 con una superficie de 17.209,07 m²) y el Lote 3a2 como Reserva Fiscal con una superficie de
18.844,32 m². Donde este último es considerado como intangible mediante lo expuesto por Resolución
Nº 022/2008 del Concejo Deliberante en el marco de “Recuperación de sitios históricos de nuestra
localidad”. Por lo tanto damos por sentado y en función a la documentación oficial obrante Nota 124
(folio 174) que dichas reservas se encuentran consideradas y bajo el resguardo legal correspondiente.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
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Que, por Nota Nº 481/13 de fecha 12/12/2013 de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos con pase la Viceintendencia Municipal A/C de Intendencia (fs. 216 y 217), se remite
propuesta de división simple Lotes 3a4 y 3a5 del Lote 3 presentada por la Agrimensora Paula
Garay, a los efectos que se proceda a elaborar la resolución de aprobación respectiva por parte del
cuerpo Deliberativo.-
Que, en vista de todo lo expuesto y de acuerdo al Despacho Nº 0216/13 de la Comisión
de Obras y Servicios Públicos, este Concejo Deliberante dispuso en Sesión Ordinaria de fecha
18/12/2013, aprobar el Estudio de Impacto Ambiental y autorizar el visado previo del
fraccionamiento de los Lotes 3a4 y 3a5 del Lote 3, con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: el Estudio de Impacto Ambiental denominado “Loteo y
Fraccionamiento – Lotes 3a4 (Nomenclatura Catastral 13-20-070-6315) y 3a5
(Nomenclatura Catastral 13-20-070-5712) del Lote en la Ciudad de Junín de los Andes, elaborado
por el Ing. en Ecología César Gómez.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos otorgue el visado previo al Loteo y
Fraccionamiento – Lotes 3a4 (Nomenclatura Catastral 13-20-070-6315) y 3a5 (Nomenclatura
Catastral 13-20-070-5712) del Lote en la Ciudad de Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que para la aprobación definitiva del Loteo se deberá firmar
el “CONVENIO OBRAS DE INFRAESTRUCTURA” entre la Municipalidad
de Junín de los Andes y los titulares del citado Loteo, donde constará la Ejecución de las Obras de
Infraestructura por cuenta y costo del propietario sobre la Urbanización mencionada, conforme lo
establecido en los Artículos 14.1.7, 14.1.8 Sstes. y Cctes. de la Ordenanza 237/91 “Código Urbano
y de Edificación”.-
ARTÍCULO 4º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación, y por su
intermedio a todas las áreas municipales que correspondan, y a los titulares del
loteo, a sus efectos.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
DIECICOCHO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1709/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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