2330 - 13 Aprobación Estudio Ambiental y Fraccionamiento Lotes 3a4 y 3a5.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2330/13.-
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O R D E N A N Z A Nº 2330/2013



VISTO: El Expte. C.D. Nº 6723/13 de fecha 31/05/2013 originado por Nota Nº 194/13 de


fecha 31/05/2013 de la Intendencia Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante el mismo remite Estudio de Impacto Ambiental denominado “Loteo y


Fraccionamiento – Lotes 3a4 (Nomenclatura Catastral 13-20-070-6315) y 3a5 (Nomenclatura


Catastral 13-20-070-5712) del Lote en la Ciudad de Junín de los Andes, elaborado por el Ing. en


Ecología César Gómez (fs. 07 al 109).-


Que, los titulares del citado Loteo son los Sres Alfredo Moisés Roca Jalil, Eduardo


Héctor Roca Jalil, Simón Antonio Roca Jalil y la Sra. Ana Rosa Roca Jalil.-


Que, en Nota Nº 139/13 de fecha 08/04/2013 firmada por el Subsecretario de Medio


Ambiente (SSMA), Lic. Domingo Hernán Muñoz, en la cual figuran las observaciones efectuadas


al Estudio de Impacto Ambiental, las cuales podrán ser indicadas mediante formato de Adenda


(fs. 110 al 112).-


Que, en cumplimiento con las reglamentaciones vigentes aplicables (Ordenanza Nº


1437/2007 y Decreto Provincial Nº 1485/2012) y a los efectos de cumplimentar lo solicitado por


Nota Nº 139/13 SSMA. en referencia Estudio de Impacto Ambiental Loteo y Fraccionamiento


denominado Lote 3a4 (Nomenclatura Catastral 13-20-070-6315) y Lotes 3a5 (Nomenclatura


Catastral 13-20-070-5712), el Ing. en Ecología César Gómez remite ADDENDA en la cual se


presentada bajo la modalidad de de Informe Técnico Ambiental de Prefactibilidad Cloacal (I.TA.)


la metodología correspondiente a la instalación e “Plantas Modulares Compactas para Tratamiento


de efluentes Cloacales” como sistema alternativo para tratamiento de efluentes cloacales que se


generarán en el futuro Loteo (fs 113 al 147).-


Que, mediante Nota Nº 483/13 de fecha 06/06/2013 de este Concejo Deliberante, se


remitió en carácter de devolución el Expte, de referencia a la Secretaría de Obras y Servicios


Públicos, dado que sí es un pedido de urbanización se deberá cumplimentar la documentación que


establece el Código Urbano y de Edificación (fs. 157).-


Que, en respuesta a la Nota antes mencionada, por Nota Nº 121/13 de la Subsecretaría de


Planeamiento Urbano con pase la Viceintendencia Municipal (fs. 187 y 188), se informa que la


documentación se remite a fin de solicitar la autorización del Cuerpo Deliberativo para aprobar el


plano de subdivisión presentado en el Expte. Nº 1507/11, ya que se completó la documentación


básica para el visado previo de la Manzana Nº 183, proyectada en el Lote 3a5 dentro del Lote 3 de


esta localidad.- En este caso la urgencia de realizar el visado de mensura de la Manzana Nº 183, es


que se encuentran viviendo en la misma varias familias en sus viviendas y para regularizar la


situación de planos de las mismas y también para poder solicitar y realizar la tramitación de los


servicios básicos necesitan tener la mensura aprobada.-


Que, este Concejo Deliberante en conformidad al Despacho Nº 118/13 de la Comisión


de Obras y Servicios Públicos, por Nota Nº 675/13 C.D.J.A. del 15/08/13, solicitó al Sr. Intendente


Municipal que convoque en tiempo perentorio a la “Comisión Evaluadora de Proyectos de


Expansión Urbana”, tal lo normado mediante la Ordenanza Nº 2176/12 en su Art. 4º.- Dicha


convocatoria fue reiterada mediante Nota Nº 937/13 C.D.J.A. del 17/10/13 fs 191 – 193 – 195).-

















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


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Que, por Nota Nº 429/13 de fecha 15/11/2013 de la Secretaría de Obras y Servicios


Públicos se convocó a reunión a la Comisión Evaluadora de Proyectos de Expansión Urbana (fs.


197).-


Que, por Nota Nº 146/13 de fecha 29/11/2013 de la Subsecretaría de Planeamiento


Urbano (fs. 205 al 209), se remite copia de Acta Nº 1 de reunión de la Comisión Evaluadora de


Proyectos de Expansión Urbana de fecha 20/11/2013. En la misma se trató el Expte. C.D. Nº


6723/13 – Loteo y fraccionamiento Lotes 3a4 y 3a5 del Lote 3 de esta localidad.- La citada


Comisión resolvió por unanimidad, darle el visto bueno a la subdivisión del Lote 3a5,


Nomenclatura Catastral 13-20-070-5712, ya que cumple con todos lo requisitos exigidos por


ordenanzas. A su vez, todos lo profesionales indicaron que las futuras subdivisiones que se


realicen en el resto de las manzanas del Lote 3, deben cumplimentar todos los requisitos que


exigieron de la manzana 1183 (Lote 3 a 5).- Se adjunta Nota Nº 545/10 C.D.J.A. de fecha


05/08/2010, enviada a la Agrimensora Paila Garay, con relación al anteproyecto de urbanización


del Lote 3a - Propiedad de Alfredo Roca Jalil, la cual expresa que: “… A la vez este Cuerpo


Deliberativo deja asentado que se respetará el diseño y distribución de las Manzanas y Calles


Públicas, propuestas en el Anteproyecto”.-


Que, a fs 170 consta Nota S/Nº de fecha 24/08/2011 firmada por la Agrimensora Paula


Garay, en la cual solicita se otorgue el visado municipal a la División del Lote 3a5 Nomenclatura


Catastral de Origen 13-20-070-5712, explicando los motivos que fundamentan tal solicitud.-


Que, en Nota Nº 476/13 de fecha 09/12/2013 de la Secretaría de Obras y Servicios


Públicos (fs. 213, 214 y 215), que lleva la firma de su Secretario Sr. Marcelo Paillalauquén, el


Subsecretario de Medio Ambiente, Lic. Domingo Hernán Muñoz, el Subsecretario de


Planeamiento Urbano, Ing. Valentín Altuna, y el Arq. Juan Escamilla, se expresa que:
“En función a lo analizado en los expedientes 4389/2009 – 6723/2013 sugerimos que a los efectos de


dar cumplimiento a lo estipulado en la Ordenanza Municipal Nº 2176/12 de esa área municipal se


realizaron las siguientes observaciones:


Dar por hecho lo manifestado en los estudios ambientales y Addendas presentadas ya que las mismas


se circunscriben a toda la zona de estudio (3 a 4 y 3 a 5 a 4 del Lote 3) – Estudio de Impacto Ambiental


(folio 7) y Addenda Estudio de prefactibilidad para las instalaciones de sistemas alternativos de


efluentes cloacales Lote 3a4 NC 13-20-070-6315 y Lote 3a5 NC 13-20-070-5712 – Mza 183 del Lote 3


a 5 (folio 113). De la presente observación se desprende que no será necesaria la presentación de


nuevos estudios ambientales dado que los mismos abarcan la zona de interés. No obstante cada


emprendimiento deberá denunciar por escrito la modalidad de tratamiento de efluentes en consonancia


con lo estipulado en la Addenda correspondiente.-


En relación al pedido de factibilidades de servicio para toda la urbanización indicamos que las mismas


se encuentran en el (folio 182 – Nota respuesta) y el (folio 184 Nota respuesta EPAS). Por lo tanto


damos por sentado que la documentación y el pedido de factibilidades se corresponde con la zona


afectada al proyecto. Cabe mencionar que en el folio 176 “Boleto compraventa” en su cláusula décima


se indica lo siguiente “Los servicios de agua, luz, cloacas, gas, enripiado y apertura de calle (las calles


que circundan la manzana) estarán a cargo de los compradores”.-


En función a las Reserva Fiscal y Espacio Verde indicamos que según el plano de Mensura Nº 4796-


09996/10 con fecha de registración 22 de junio de 2010 quedan asignados como lote de Espacio Verde


(3a1 con una superficie de 17.209,07 m²) y el Lote 3a2 como Reserva Fiscal con una superficie de


18.844,32 m². Donde este último es considerado como intangible mediante lo expuesto por Resolución


Nº 022/2008 del Concejo Deliberante en el marco de “Recuperación de sitios históricos de nuestra


localidad”. Por lo tanto damos por sentado y en función a la documentación oficial obrante Nota 124


(folio 174) que dichas reservas se encuentran consideradas y bajo el resguardo legal correspondiente.-
















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


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Que, por Nota Nº 481/13 de fecha 12/12/2013 de la Secretaría de Obras y Servicios


Públicos con pase la Viceintendencia Municipal A/C de Intendencia (fs. 216 y 217), se remite


propuesta de división simple Lotes 3a4 y 3a5 del Lote 3 presentada por la Agrimensora Paula


Garay, a los efectos que se proceda a elaborar la resolución de aprobación respectiva por parte del


cuerpo Deliberativo.-


Que, en vista de todo lo expuesto y de acuerdo al Despacho Nº 0216/13 de la Comisión


de Obras y Servicios Públicos, este Concejo Deliberante dispuso en Sesión Ordinaria de fecha


18/12/2013, aprobar el Estudio de Impacto Ambiental y autorizar el visado previo del


fraccionamiento de los Lotes 3a4 y 3a5 del Lote 3, con el dictado de la norma pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: el Estudio de Impacto Ambiental denominado “Loteo y


Fraccionamiento – Lotes 3a4 (Nomenclatura Catastral 13-20-070-6315) y 3a5


(Nomenclatura Catastral 13-20-070-5712) del Lote en la Ciudad de Junín de los Andes, elaborado


por el Ing. en Ecología César Gómez.-




ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la


Secretaría de Obras y Servicios Públicos otorgue el visado previo al Loteo y


Fraccionamiento – Lotes 3a4 (Nomenclatura Catastral 13-20-070-6315) y 3a5 (Nomenclatura


Catastral 13-20-070-5712) del Lote en la Ciudad de Junín de los Andes.-




ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que para la aprobación definitiva del Loteo se deberá firmar


el “CONVENIO OBRAS DE INFRAESTRUCTURA” entre la Municipalidad


de Junín de los Andes y los titulares del citado Loteo, donde constará la Ejecución de las Obras de


Infraestructura por cuenta y costo del propietario sobre la Urbanización mencionada, conforme lo


establecido en los Artículos 14.1.7, 14.1.8 Sstes. y Cctes. de la Ordenanza 237/91 “Código Urbano


y de Edificación”.-



ARTÍCULO 4º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación, y por su


intermedio a todas las áreas municipales que correspondan, y a los titulares del


loteo, a sus efectos.-




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


DIECICOCHO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1709/13.-
















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


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