1814 - 10 bis Homologar Convenio Continuidad Obras del Vía Christi.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1814/10 bis.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1814/2010 bis



VISTO: El Expediente del C.D. Nº 4780/10 de fecha 11/01/2010, iniciado por el Señor


Intendente Municipal Prof. Rubén Enrique Campos, por el cual eleva copia de


Decreto Nº 2212/09 Anexo I – Convenio Continuidad Obras del Vía Christi, celebrado en


fecha 30 de Diciembre de 2009, entre la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de


los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Provincia hará una aporte No Reintegrable de Pesos Doscientos Mil


($ 200.000,00) a la Municipalidad con el fin de atender EXCLUSIVAMENTE las erogaciones


destinadas a dar Continuidad a las Obras del Vía Christi, consistentes en el avance del


Proyecto y construcción de la Estación “Jesús es Bautizado” y la construcción de caminos


peatonales interno.-




Que, del monto total a percibir se destinarán pesos ochenta mil ($ 80.000,00) para la


construcción de 280 m² de caminos peatonales internos, incluyendo las carpetas de hormigón y


las terminaciones superficiales con losetas de granito y hormigón según proyecto y


presupuesto firmado por el Arq. Alejandro Santana.-




Que, la estación “Jesús es Bautizado” tendrá un monto total de pesos ciento veinte


mil ($ 120.000,00) e incluirá la ejecución de una plataforma de 120 m² con teatrino, fuente y


dos esculturas, según el presupuesto y documentación presentada por el Arq. Alejandro


Santana.-




Que, dicho aporte será realzado de la siguiente manera: un Anticipo del 25% del


monto total del aporte dentro de los diez (10) días de la firma del presente convenio y el 75%


restante se efectivizará en función del avance de las obras, previa certificación del área


pertinente d la Subsecretaría de Obras Pública del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas.-




Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 24/02/2010 de acuerdo a


Despacho Nº 001/10 de la Comisión de Economía y lo establecido en la Carta Orgánica


Municipal, en su Artículo 57 Inc., “t”, dispuso por unanimidad, ratificar el citado convenio,


con el dictado de la norma pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1814/10 bis.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio Continuidad Obras del Vía Christi - (Anexo I


Decreto Nº 2212/09) - celebrado en fecha 30 de Diciembre de 2009, entre la


Provincia del Neuquén, representada por el Subsecretario de Gobierno Locales e Interior del


Ministerio de Coordinación de Gabinete, Sr. Alfredo José Rodríguez, y la Municipalidad de


Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Sr. Rubén Enrique Campos


el cual consta de siete (7) Cláusulas y corre agregado a la presente como “Anexo I”.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE


FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1477/10.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA