Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2690./17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2690/2017
VISTO: El Expte. C.D. Nº 8963/17 de fecha 23/03/2017 iniciado por la Asociación de Taxis
de Junín de los Andes, mediante el cual elevan propuesta de actualización de tarifa
de taxi, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Asociación de Taxi fundamenta esta solicitud debido a la alta inflación sufrida
en estos últimos meses del año y el último incremento fue otorgado en el mes de julio de
2016.-
Que, desde la última actualización a la fecha se han producido varios aumentos que
influyen directamente en la prestación del servicio como: combustible, mano de obra
mecánica, repuestos, cubiertas, impuestos y servicios y los costos que ha sufrido la canasta
familiar.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Capítulo II “Servicios Públicos”, Artículo
124, establece: “Son competencia de la Municipalidad de Junín de los Andes todos los servicios de
carácter común y general que se prestan dentro de su ejido, respetando las jurisdicciones reservadas a
los Estados nacional y provincial, ejerciendo las facultades delegadas y/o concurrentes cuando ello
procediere. El Concejo Deliberante estará facultado para establecer tarifas diferenciales para casos
de carencias u otros que considerare”.-
Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
27/04/2017, dispuso por mayoría de cuatro (4) votos a favor (Bloque M.P.N.) y tres (3) en
contra (F.P.V.; N.C.N.-U.C.R.-PRO y U.P.), autorizar un aumento equivalente al 20% del
valor establecido en la Ordenanza Nº 2611/2016 en concepto de la tarifa para la prestación del
servicio de taxis en la Ciudad de Junín de los Andes, con el dictado de la norma legal
pertinente.-
Que, al efecto se debe derogar la 2611/2016 de fecha 06/07/2016, que establece la
tarifa de taxi anterior.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DERÓGASE: la Ordenanza Nº 2611/2016 de fecha 06/07/2016.-
LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2690./17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 2º: FÍJASE: la nueva Tarifa para la prestación del servicio de Taxis, radio
taxis y remises en la Ciudad de Junín de los Andes, se ajustará, a partir de la
promulgación de la presente, a los siguientes valores máximos:
DIURNA:
1) Bajada de Bandera: $ 21,54.-
2) Por cada 80 mts. recorridos: $ 1,50.-
3) Por cada minuto de espera: $ 1,50.-
NOCTURNO:
1) Bajada de Bandera: $ 23,42.-
2) Por cada 80 mts. recorridos: $ 1,68.-
3) Por cada minuto de espera: $ 1,68.-
ARTÍCULO 3º: FÍJASE: que el horario de la Tarifa nocturna será de 23:00 hs a 06:00 hs.-
ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos. Promulgada que fuere remítase copia a la Dirección de Tránsito y
Transporte Municipal y por su intermedio a la Asociación de Taxis de Junin de los Andes y a
todos los propietarios de vehículos habilitados en el rubro transporte público de pasajeros.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1898/17.-
LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES