Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1251/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1251/2005
VISTO: La Nota Nº 238/05 de fecha 12 de Abril del año 2.005, enviada por el Intendente
Municipal, que da origen al Expediente del Departamento Ejecutivo Municipal Nº
1619/05, enviada a tratamiento legislativo por el Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, en dicho expediente se realiza la solicitud de aprobación del Proyecto
denominado Programa “Aportes Económicos para Pequeños Mejoramientos Habitacionales”;
Que, el mencionado Programa está destinado a cubrir parte de la demanda
habitacional, de los integrantes de la comunidad de Junín de los Andes;
Que, es necesario implementar programas destinados a cubrir la demanda
habitacional, según lo especifica la Carta Orgánica Municipal, en su Art. 153, donde dice “La
Municipalidad elaborará y ejecutará su política de vivienda destinada a dar respuesta a las
necesidades de la población; para ello podrá suscribir convenios con los Gobiernos Nacionales
y/o Provinciales...”.-
Que, estos créditos serán monitoreados en su otorgamiento y posterior devolución
por una comisión formada para tal fin;
Que, es necesario contar con una partida presupuestaria para el destino de los fondos
necesarios para la implementación de dicho Plan, como así también de una Cuenta Bancaria
Especial con la denominación del Plan, donde se depositará el cobro de las cuotas abonadas
por cada beneficiario del mismo;
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: AUTORIZASE al Ejecutivo Municipal el Plan denominado “PROGRAMA
DE APORTES ECONÓMICOS PARA PEQUEÑOS
MEJORAMIENTOS HABITACIONALES, como aportes económicos de hasta $ 4.000,00
(pesos cuatro mil con 0/100), según los considerandos expresados precedentemente.-
ARTICULO 2º: HABILITASE una partida presupuestaría para el ejercicio anual 2005 de la
Municipalidad de Junín de los Andes por un monto de $ 160.000,00 (pesos
ciento sesenta mil con 0/100), para la implementación del programa, denominada: “Aportes
Económicos Reintegrables para Pequeños Mejoramientos Habitacionales” bajo la dependencia
de la Secretaría de Gobierno y Enlace.-
ALADINO ALTAMIRANO NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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ARTICULO 3º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a reimputar el crédito
presupuestario pertinente a la partida Mejoramiento Habitacionales del área
de Obras Públicas en una suma de $ 150.000,00 (pesos ciento cincuenta mil con 0/100) y
aplicarlo a la partida en cuestión y autorizar $ 10.000,00 pesos diez mil con 0/100) en el
cálculo de recursos como reintegro de dichos aportes.-
ARTÍCULO 4°: INCORPÓRASE como reglamentación del Programa los Anexos I
(Proyecto), Anexo 2 (Inicio y Seguimiento de solicitudes), y Anexo 3
(Declaración Jurada) obrante en Expediente del D.E.M Nº 1619/05.-
ARTÍCULO 5°: ESTABLÉCESE que serán evaluados como posibles beneficiarios los que
se encuadren en los requerimientos establecidos en el Anexo 3.-
ARTÍCULO 6°: PRIORÍCESE las solicitudes de quienes acrediten propiedad directa o por
sucesión de la vivienda. Cuando habite vivienda cedida por sector, familiar
directo o gratuitamente, deberá acreditar tal situación ante Juez de Paz y asistente social
Municipal y por un tiempo mínimo de cinco años.-
ARTICULO 7°: AUTORIZASE a realizar los descuentos por planilla a aquellos
beneficiarios que pertenezcan a la administración pública o al debito
automático de su cuenta bancaria si así lo autoriza. Los importes se depositarán en la Cuenta
especial habilitada.-
ARTÍCULO 8: DESE por conformada la Comisión Evaluadora, según el Punto 8
Reglamentación Inciso 3 del Programa. El Concejo Deliberante estará
representado por un Concejal por Bloque.-
ARTICULO 9º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, para su
promulgación.-
ARTÍCULO 10º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 11º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal
Aladino Altamirano.-
ARTÍCULO 12º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1217/05.-
ALADINO ALTAMIRANO NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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ANEXO I – ORDENAZA Nº 1251/2005
“PROGRAMA DE APORTES ECONÓMICOS PARA PEQUEÑOS
MEJORAMIENTOS HABITACIONALES”
1. ORGANISMO EJECUTOR:
Secretaría de Economía y Hacienda.-
Secretaría de Gobierno.-
Subsecretaría de Acción Social.-
Unidad, Programación y Registro Único Habitacional.-
2. LOCALIZACIÓN GEOGRAFICA:
Todo el ejido Urbano de la Localidad de Junín de los Andes
3. FUNDAMENTACIÓN DEL PROYECTO:
Este Programa está destinado a todos los habitantes de la comunidad de Junín de los
Andes que su ingreso familiar no supere los pesos un mil ($ 1.000, 00), para que los
mismos accedan a través de un aporte económico reintegrable la herramienta que les
permita dar una solución inmediata a la problemática que plantean.-
La respuesta a la demanda planteada se tratará a través de un aporte económico
mínimo de hasta pesos cuatro mil ($ 4.000, 00), generando que todo aquel que sea
beneficiado de dicho aporte tenga la posibilidad de decidir donde comprar los
materiales necesarios, a quien contratar la mano de obra o realizarla ellos mismos sin
necesidad de contratarla. Sin necesidad y evitando de esta manera toda la burocracia
interna de las distintas Áreas Municipales ya que como es posible apreciar el manejo
de dicha solicitud por parte de las distintas áreas municipales genera imprevistos
sujetos a los trámites internos de la documentación como los son las emisiones por
parte de cada área de Nota de pedido y orden de compra, completar las firmas de cada
trámite, el otorgamiento de los materiales por parte del proveedor, el cual en algunos
casos solo los entrega si el municipio paga por anticipado, casi sin contar con la
posibilidad de obtener un financiamiento sobre los mismo y en los casos en que se
obtiene un financiamiento, los valores finales que el Municipio obtiene son muy
diferentes de los que podría lograr cualquier beneficiario del plan que soliciten a los
distintos corralones de la localidad los materiales.-
Asimismo brindar los aportes económicos a la comunidad, generaremos un
crecimiento del mercado económico interno de la construcción, como corralones de
materiales, monotributistas de la construcción (mano de obra) y de profesionales
especializados para la confección de la documentación técnica de obra.-
ALADINO ALTAMIRANO NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
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A/C DE PRESIDENCIA
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De esta manera y cumpliendo con lo expresado en el Art. 153 de nuestra Carta
Orgánica Municipal donde expresa “La Municipalidad elaborará y ejecutará su política
de vivienda destinada a dar respuesta a las necesidades de la población; para ello podrá
suscribir convenios con los Gobiernos Nacionales y/o Provinciales. Por si en
coordinación con los vecinos o sus Entidades Intermedias, como cooperativas,
mutuales y sindicatos, ejecutará acciones complementarias a las de los organismos
específicos, atendiendo al valor social que la vivienda representa para el desarrollo
integral de las personas y las familias, afianzando el arraigo y favoreciendo un modelo
cultural de cooperación, dando prioridad a los sectores de menores recursos.-
4. ANTECEDENTES:
Desde el inicio del año 2.003, este Municipio ha ejecutado diferentes Programas
destinados a cubrir la demanda habitacional de nuestra localidad, como lo fueron los
programas: 35 Soluciones Habitacionales donde se proveyó a las familias de
conexiones domiciliarias de cloacas y electricidad incluyendo en algunos casos los
artefactos, Programa PROPASA 50 NÚCLEOS HÚMEDOS, donde se construyeron
21 en distintos puntos de nuestra localidad, intentando erradicar el uso de letrinas,
dicho programa no se ha finalizado a la fecha, Programa 25 Mejoramientos
Municipales, durante el mes de abril del año 2.004, se aprobaron trabajos aportando
materiales y mano de obra a 25 familias de distintos barrios de nuestra localidad,
arrojando a la fecha un total de ochenta y un (81) familias como beneficiarios de
mejoras habitacionales en su propiedad.-
Por ello este Programa tomaría como base, todos los registros de demanda existente en
la Subsecretaría de Acción Social y en la Unidad, Programación y Registro Único
Habitacional a la fecha, lo que arrojaría un número aproximado de soluciones a brindar
a través de los Aportes Económicos Reintegrables con un numero que será superior a
los ciento cincuenta (150) beneficiarios.-
5. COSTO MONETARIO DEL PLAN:
Al fijarse un tope en el valor específico a aportar en un monto no mayor a pesos cuatro
mil ($ 4.000, 00), la planificación y el costo total del mismo estarán diagramados de la
siguiente manera:
Se tomará como monto máximo de aportes mensuales la suma de pesos veinte mil ($
20.000, 00), deduciéndose dicho número de la cantidad de beneficiarios, que hayan
cumplimentado con la solicitud.-
Al fijar el monto según la cantidad de aportes que existan en pesos veinte mil por mes,
eso nos permite planificar una inversión para diez meses de trabajo, en un monto total
para el Programa de pesos Doscientos Mil ($ 200.000, 00).-
Este monto queda sujeto a variaciones que pudiese existir si el Municipio, recibiera
aportes económicos, tanto de Nación como de la Provincia, para incrementar lo ya
estipulado para el Programa.-
ALADINO ALTAMIRANO NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
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Las cuotas de devolución del dinero otorgado se comenzarán a abonar a los sesenta
(60) días de haber recibido el primer desembolso, para lo cual aquellos aportes que no
superen la suma de pesos un mil ($ 1.000, 00), el máximo de cuotas será de hasta doce
(12) cuotas y para aquellos montos que superen dicha cifra el máximo de cuotas será
de hasta veinticuatro (24).-
Asimismo se propiciará la designación dentro del Presupuesto Municipal de una
partida presupuestaria especifica y denominada con el nombre del Programa.-
También se solicitará la apertura de una cuenta bancaria (especial), donde se
depositaran el pago de las cuotas de los futuros beneficiarios.-
Generando esto último que el recupero financiero que exista sobre el cobro de las
cuotas de cada beneficiario, sea reinvertido en el Programa.-
6. BENEFICIARIOS:
Serán beneficiarios del Programa todas los habitantes de la ciudad de Junín de los
Andes, que planteen una demanda habitacional y que presentan una situación social y
económica que no les permite acceder a montos superiores como los consignados hasta
$ 4.000, 00), para hacer refacciones mínimas de sus viviendas. Dichas solicitudes serán
evaluadas por una Comisión Técnica de Trabajo, la cual estará integrada por distintas
áreas Municipales (ver Anexo 2).-
Toda solicitud presentada y una vez que se haya comprobado que reúne ingresos
superiores a pesos Un Mil ($ 1.000, 00), no serán considerados por el presente
Programa.
A todos aquellos postulantes en los que su ingreso, supere la suma de pesos un mil
($ 1.000, 00), la Unidad, Programación y Registro Único Habitacional, los asesorará e
informará sobre otras líneas de crédito existentes en el mercado, como lo es
actualmente la Agencia A. D. U. S.-
7. OBJETIVO ESPECIFICO:
Brindar una solución directa a todas las familias que demanden mejoras habitacionales,
mano de obra, o ambas y conexiones domiciliarias, a través de un aporte económico el
cual estará monitoreado y sujeto a las evoluciones realizadas por la comisión
evaluadora (ver anexo 1) y por el profesional designado para realizar el asesoramiento,
control y certificado de los avances de obra correspondiente. Al presente
procedimiento estarán sujetos todos los beneficiarios del Programa y en especial
aquellos en la que el monto solicitado deba ser entregado en dos veces, necesitando de
la aprobación a través del certificado de avance real de obra para que se le acredite el
segundo desembolso, con el que finalizaría la obra.-
8. REGLAMENTACIÓN:
El circuito desarrollado para que todas aquellas personas que deseen ser beneficiarias
del este Programa, es el siguiente:
ALADINO ALTAMIRANO NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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1. Iniciar a través de solicitud escrita al Intendente Municipal, un expediente para
donde se formalizará la demanda. Para aquella persona que lo haya realizado
anteriormente, se buscará dicho pedido en los registros municipales y una vez
ubicado deberá ser actualizado por el titular en valorizar el monto de la
demanda planteada.-
2. El área designada para la recepción de todos los pedidos será la Subsecretaría
de Acción Social, la cual y a través de un formulario de DECLARACIÓN
JURADA, tomara y registrará todos los datos del futuro beneficiario
(Anexo 3), como así también podrá convenir la autorización para que el
descuento de la cuota se realice por planilla o través de debito bancario.-
3. Todos los pedidos serán evaluados en forma semanal por la Comisión
Evaluadora, formada para analizar cada pedido, para su aprobación, la cual
estará integrada un miembro de las siguientes áreas Municipales y Concejo
Deliberante:
Intendente Municipal y/o Viceintendente
Secretaría de Gobierno (Un Miembro).
Subsecretaría de Acción Social (Un Miembro).
Secretaría de Economía y Hacienda (Un Miembro).
Secretaría de Obras y Servicios Públicos (Un Miembro).
Unidad, Programación y Registro Único Habitacional (Un
Miembro).
Concejo Deliberante (Un Concejal por Bloque).-
4. Decididos los beneficiarios se les hará entrega de un cheque en el caso de los
pedidos que no superen la suma de pesos Un Mil ($ 1.000, 00), se hará en
forma directa, y para aquellos que lo superen se entregará el 50% inicial,
quedando sujeto el segundo desembolso, a la certificación de avance real
confeccionada por el técnico designado para el Programa, según el valor del
primer desembolso.- Asimismo aquellas personas que ya hayan sido
beneficiarias del Plan podrán acceder a un nuevo Aporte Económico
Reintegrable una vez que hayan cancelado en su totalidad el monto del aporte
ya otorgado.
5. Una vez recibido el dinero, la obra será monitoreada por el Profesional que se
designe para el control de las mismas, el beneficiario comenzará la devolución
de las cuotas pactadas a los sesenta (60) días de la fecha en la que se le hizo
entrega el primer desembolso, firmando con anterioridad a la entrega del
mismo, un convenio de devolución del aporte concedido. Asimismo y para
aquellos beneficiarios a los cuales no se les pueda realizar el descuento de la
cuota a través de sus haberes o por debito automático, se hará entrega de una
chequera de pago compuesta por tres cuerpos, el primero estará destinado como
comprobante de pago para el Titular (beneficiario), el segundo para el Dpto. de
Recaudaciones y el tercero para la Unidad, Programación y Registro Único
Habitacional, este último será el responsable del archivo y entrega de los
pagares firmados por la totalidad de las cuotas pactadas; los cuales se
ALADINO ALTAMIRANO NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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entregarán contra presentación del comprobante de pago sellado por el Dpto. de
Recaudaciones Municipal.-
El seguimiento y control de la devolución de las cuotas pactadas con cada
beneficiario, será coordinado entre la Secretaría de Economía y Hacienda y la
Unidad, Programación y Registro Único Habitacional.-
6. EL MUNICIPIO:
Acompañará en todo el procedimiento Administrativo y Profesional que necesite como
asesoramiento el beneficiario.
Brindará un Listado de Monotributistas de la Construcción para ser considerados por el
beneficiario en la contratación directa de sus servicios (Albañilería – Carpintería –
Plomería, etc.).
Acompañando a los mismos con asesoramiento que permita lograr con éxito el
objetivo que busca concretar el presente Programa, que es el acompañamiento
económico para Mejoramientos Mínimos Habitacionales.
ALADINO ALTAMIRANO NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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ANEXO 2
INICIO Y SEGUIMIENTO DE SOLICITUDES DE APORTES ECONÓMICOS
PARA MEJORAMIENTOS HABITACIONALES
CIRCUITO:
RECEPCIÓN DE EXP.
SUBSEC. ACCIÓN SOCIAL
UNID. PROG. Y REG. UNICO HABIT.
COMISIÓN EVALUADORA
DECIDE LOS BENEFICIARIOS
INTEGRANTES:
INTENDENTE MUNICIPAL Y/O VICEINTENDENTE
SECRETARIA DE GOBIERNO
SECRETARIA DE ECONOMÍA
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE ACCIÓN SOCIAL
UNIDAD, PROGR. Y REGISTRO UNICO HABITACIONAL
CONCEJO DELIBERANTE : UN CONCEJAL POR BLOQUE
SECRETARÍA
DE ECONIMIA Y HACIENDA
EMITE LOS CHEQUES PARA LOS
APORTES DESIGNADOS
SECRETARÍA DE ECONIMÍA Y HACIENDA
UNIDAD. PROGR. Y REGISTRO ÚNICO HABITACIONAL
SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS CRÉDITOS OTORGADOS
ALADINO ALTAMIRANO NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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