Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2302/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2302/2013
VISTO: La Nota Ext. Nº 412/13 de fecha 07/10/13 de la Intendencia Municipal, mediante la cual
eleva adjunto copia de Convenio celebrado entre el Ministerio de Gobierno, Educación y
Justicia, y la Municipalidad de Junín de los Andes, en el marco del Plan Provincial de
Actividad Física y Deporte, y el Programa "JUEGOS INTEGRADOS NEUQUINOS 2013",
registrada bajo Expte. C.D. Nº 6821/13, y;
CONSIDERANDO
Que, la Cláusula primera del citado Convenio, establece que "El Ministerio" le
otorga la Suma de Pesos Diecinueve Mil Ciento Treinta y Seis ($ 19.136) a "La
Municipalidad", la que será destinada a financiar el desarrollo de la Etapa Final de los “Juegos
Integrados Neuquinos 2013”.-
Que, la Cláusula Segunda, establece que "La Municipalidad" destinará el importe
indicado en la Cláusula Primera, para financiar los gastos de la Etapa Final en. Transporte,
alojamiento, alimentación, insumos, mejoramiento de infraestructura deportiva, recurso
humano, seguridad y premiación de los “Juegos Integrados Neuquinos 2013”.-
Que, la Cláusula Tercera, establece que es responsabilidad de "La Municipalidad", la
correcta aplicación de los fondos transferidos y su correspondiente rendición al Tribunal de
Cuentas de la Provincia del Neuquén, como así también “La Municipalidad” será absoluta y
totalmente responsable del cumplimiento de las obligaciones legales y tributarias de las
contrataciones que deba realizar en el marco del presente Convenio.-
Que, la Cláusula Cuarta establece que "El Ministerio" a través de la Sub-Secretaría
de Cultura, Juventud y Deporte queda facultada para realizar la supervisión de la totalidad de
las actividades desarrolladas en los “Juegos Integrados Neuquinos 2013”, en el momento que
lo estime conveniente.-
Que, la Cláusula Quinta, establece que "El Ministerio" se reserva la potestad de
publicar, en todo o en parte, las actividades que se desarrollen en el marco del presente
Convenio en el momento que lo crea conveniente.-
Que, la Cláusula Sexta, establece que se deja expresa constancia que cualquier
circunstancia que imposibilite la realización y/o continuidad de los "Juegos Integrados
Neuquinos 2013", no dará derecho a reclamo alguno, por parte de "La Municipalidad".-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2302/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, el Artículo 155 de la Carta Orgánica Municipal establece que “La Municipalidad
de Junín de los Andes posibilitará el acceso de toda la comunidad a las actividades físicas y
recreativas en sus múltiples formas. Elaborará y ejecutará la política municipal del deporte
comunitario apoyando al deporte escolar y federado en aquellas actividades que contaren con
deportistas locales destacados”.-.
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso
sobre tablas y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 09/10/2013, ratificar dicho
Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado entre el Ministerio de Gobierno,
Educación y Justicia, representado por la Ministra, Sra. Zulma Reina, y la
Municipalidad de Junín de los Andes, representada por su Intendente Municipal, Sr. Juan
Domingo Linares; en el marco del Plan Provincial de Actividad Física y Deporte, y el
Programa "JUEGOS INTEGRADOS NEUQUINOS 2013" – ETAPA FINAL, el cual integra
la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al
Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia, de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.696/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA