1901 - 10 Designar al Sr. Doble Ausencia en el Ejecutivo Municipal.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 1901/2010



VISTO:
El Artículo 34º de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 1856/2010 de


fecha 30 de Junio de 2010, y el Expte. C.D. Nº 5271/10 de fecha 19/10/2010, y;




CONSIDERANDO:




Que, el Artículo 34 de la Carta Orgánica Municipal, establece que: “En caso de
ausencia, el cargo de intendente será ejercido automáticamente por el Viceintendente quien no podrá


ausentarse durante el lapso en que el intendente lo hiciere. En caso excepcional de fuerza mayor,


hasta el retorno de algunos de los dos, el Concejo Deliberante por Ordenanza determinara el


funcionario político municipal o el Concejal del mismo partido político del Intendente que ejercerá la


intendencia”.-




Que, mediante Resolución Nº 099/2009, se acepta, a partir del día 17 de Octubre de


2009, la renuncia al Sr. Viceintendente Municipal y Presidente del Concejo Deliberante,


M.M.O. Marcovesky, Diego Alexis.-




Que, mediante la Ordenanza Nº 1856/2010 se designa “al Funcionario político
municipal Señor Juan Carlos Escobar, Secretario de Gobierno y Desarrollo Social, a ocupar el


cargo de Intendente Municipal en todos los casos de ausencia del Sr. Intendente Municipal, Prof.


Rubén E. Campos, y que surjan a partir del 01 de julio de 2010 hasta el 15 de diciembre de 2010”.-




Que, en el Artículo 2º de la citada ordenanza se establece que “en caso de ausencia
simultánea del Sr. Intendente Municipal y del Sr. Juan Carlos Escobar, en este último caso por


razones de fuerza mayor, se convocará a una Sesión Extraordinaria a fin de determinar quien ejercerá


dicho cargo ante la doble ausencia, conforme a lo establecido en el Art. 34 de la Carta Orgánica


Municipal”.-




Que, mediante Expte. C.D. Nº 5271/10 que contiene Nota Nº 522/2010 de fecha


19/10/2010 firmada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén e. Campos, informa que


tanto él como el secretario de Gobierno y Desarrollo Social, Don Juan Carlos Escobar, se


ausentarán de la localidad durante el periodo del 19 hasta el 22 de octubre de 2010


aproximadamente, en virtud de realizar gestiones ante el Ministerio de Desarrollo social en la


ciudad de Neuquén.-




Que, por ello y según lo establecido en el Art. 34º y en forma excepcional, solicita a


este Cuerpo Deliberativo que determine al funcionario político o concejal para que ejerza la


intendencia por los días 20/10/2010 y 21/10/2010.-




Que, el nombrado por razones de celeridad y eficacia propone que el cargo sea


ejercido por el Secretario de Producción y Turismo, Don Pablo Román Lardit.-






























ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante










Que, por lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria de fecha 20


de Octubre de 2010, ante la moción presentada por el Bloque del M.P.N., dispuso sobre tablas


y por unanimidad designar al Sr. Secretario de Producción y Turismo, Don Pablo Román


Lardit, a ocupar el cargo de Intendente Municipal durante la ausencia simultánea del Sr.


Intendente Municipal, Prof. Rubén Campos y el Intendente A/C Sr. Juan Carlos Escobar.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1°: DESÍGNASE
al Señor Secretario de Producción y Turismo, Don Pablo


Román Lardit, a ocupar en forma excepcional el cargo de Intendente


Municipal a partir del día 20 de octubre de 2010, conforme el Art. 34º de la Carta Orgánica


Municipal, y hasta el regreso del Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Campos y/o del


Intendente A/C Sr. Juan Carlos Escobar.-




ARTÍCULO 2º: MANTÉNGASE la plena vigencia de la Ordenanza Nº 1856/2010.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL


DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.522/10.-
















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA