Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2160/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2160/2012
VISTO: El Expte. C.D. Nº 6312/12 de fecha 25/09/2012 que contiene Nota Nº 319/12 de
fecha 24/09/2012 del Departamento Ejecutivo Municipal, donde remite Acta
Acuerdo de fecha 03/09/2012 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Secretaria de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría ha aprobado el Proyecto N° 21-870-6 a favor del Municipio en el
marco del Programa Casas de la Historia y la Cultura del Bicentenario, cuya primera cuota de
aporte por parte de la Secretaría de $ 133.000 (Pesos Ciento Treinta y Tres Mil) se depositó en
la cuenta del Municipio el día 13 de Enero de 2011. La obra tenia previsto un plazo de
ejecución de 6 (seis) meses.-
Que, en la visita de supervisión realizada por la Secretaría el 22 de julio de 2012 se
observó un avance en el cronograma de obra del 85% (Ochenta y Cinco por Ciento). El
Municipio manifiesta no haber cumplido con el cronograma en función de diversos
inconvenientes organizativos y climáticos. La obra se encuentra en actividad parcial por
restricciones de la veda climática que afecta a la zona, observándose presencia de materiales
en el momento de la visita.-
Que, con el objetivo de garantizar una adecuada ejecución y finalización del
proyecto, y a fin de que el Municipio pueda acceder al pago de la segunda cuota del proyecto,
la Secretaría ratifica los términos establecidos en la Carta de Adhesión suscripta
oportunamente por el Municipio y establece las siguientes indicaciones que el Municipio se
compromete a cumplir:
PRIMERA: Completar al 20 de diciembre de 2012 el 100% de la obra, de acuerdo al cronograma
propuesto por el Municipio, cuya copia se adjunta a la presente acta.-
SEGUNDA: El Municipio se compromete a asignar la cantidad de trabajadores y realizar el aporte
de materiales correspondiente para finalizar la obra en la fecha establecida en la Cláusula
PRIMERA.-
TERCERA: El Municipio, enviara a la Gerencia de Neuquén, entre el día 1 y 5 de cada mes, una
declaración jurada de avance de obra y fotografías que permitan verificar dicha declaración.
CUARTA: De no realizarse en tiempo y forma lo comprometido en las cláusulas precedentes, la
Secretaría dispondrá de manera inmediata la anulación del pago de 1a segunda cuota y el pedido
de reintegro de los fondos transferidos además de las sanciones que pudieran corresponder de
acuerdo a la normativa de supervisión y seguimiento de proyectos de la Secretaría. Asimismo
comunicará a los demás organismos nacionales participantes del Programa — Secretaria General
de la Presidencia, Secretaria de Cultura de la Nación, Instituto Nacional de Cine y Artes
Audiovisuales e Instituto Nacional del Teatro- la situación del incumpliento del Municipio a fin de
que se suspendan los respectivos aportes comprometidos par tales organismos para el proyecto.
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2160/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso en
tratamiento sobre tablas y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 03/10/2012,
homologar el Acta Acuerdo, con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Acta Acuerdo de fecha 03 de septiembre de 2012 entre el
Municipio de Junín de los Andes, representado por el Sr. Intendente
Municipal, Don Juan Domingo LINARES, la Gerencia de Empleo de Neuquén, representado
por el Sr. Alfredo MAISONNAVE y la Coordinadora del Programa CASAS DE LA
HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO Sra. Gloria MORALES, ambos en
representación de la Secretaria de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social, el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la
Secretaria de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a
sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TRES DÍAS DEL MES OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.637/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES