Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 846/2.000
VISTO: Los Exptes. C.D. Nº 1.544/00 del 18/04/00 y Nº 1793/00 del 10/10/00 iniciado
por el Departamento Tránsito y Transporte del Municipio, que contiene nota
firmada por los titulares de Taxis, Remisses y Radio Taxis sobre solicitud de prórroga de
180 días al otorgamiento de Licencias comerciales en el rubro transporte de pasajeros, y la
Nota Nº 223/00 del Departamento de Tránsito y Transporte de fecha 21/11/00 sobre
Proyecto de Ordenanza que regulará el servicio de transporte de Taxis, Remisses, Radio
Taxis y Taxi Flet, y;
CONSIDERANDO:
Que, debe contemplarse la necesidad de actualizar las ordenanzas existentes que
regulan el transporte de pasajeros en lo referido a Taxis, Remisses y Taxi Flet.-
Que, en este sentido existen anteproyectos presentados por el Bloque de
Concejales del M.P.N. y el Departamento Ejecutivo Municipal, los cuales se encuentran en
estudio y análisis del Concejo Deliberante.-
Que, deben preverse los cambios que en el corto plazo serán necesarios para
lograr un mejor servicio de transporte, adecuado a las necesidades de la demanda actual y
los niveles de calidad que indefectiblemente se deben ofrecer a los pasajeros.-
Que, la presente norma deberá regir a partir de la fecha de sanción dejando para su
resolución los exptes. en trámite y los que oportunamente se presentaren para cubrir los
cupos disponibles de la Empresa de Radio Taxis “el Cóndor”, según Ordenanza Nº 422/94.-
Que, se cree conveniente, de acuerdo a lo expuesto, proceder a la suspensión
mediante el dictado de la norma respectiva la concesión de nuevas licencias comerciales en
los rubros Taxis, Remisses, Radio Taxis y Taxi Flet por el término de 180 días.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INC. a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,
REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: SUSPÉNDASE por el término de CIENTO OCHENTA (180) DÍAS,
a partir de la sanción de la presente, el otorgamiento de Licencias
Comerciales para desarrollar la actividad de transporte público de pasajeros, en los
siguientes rubros: Taxis, Remisses, Radio Taxis y Taxi Flet, en un todo acuerdo a las
consideraciones expresadas en la presente.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ORDENANZA Nº 846/2000.-
ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE que deberá darse continuidad al tratamiento de los
expedientes ingresados con anterioridad, como así también a los que
pudieran iniciarse para cubrir los cupos disponibles de la Estación Central de la Empresa de
Radio Taxis “El Cóndor”, según lo especificado en la Ordenanza Nº 422/94; previo informe
del Departamento de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉZCASE que dentro de ese periodo de suspensión se deberán
adecuar y modernizar las normativas vigentes referente al rubro transporte
público de pasajeros, tarea que se realizará en forma conjunta y consensuada con el
Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación
y cumplimentación.-
ARTÍCULO 5º: PROMULGADA remítase copia a las Estaciones Centrales de Radio
Taxis, y a los propietarios de Taxis, Remisses y Taxi Flet, para su
conocimiento.-
ARTÍCULO 6º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la
Carta Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº
66 de la misma.-
ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl
Ande.-
ARTÍCULO 8º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1002/00.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES