2947 - 19 bis Homologación Adenda Convenio Dirección Provincial de Vialidad Riego Rutas Provinciales 60, 61 y 62.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2947 bis/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2947 bis /2019



VISTO: El Expte. C.D. Nº 10324/19 de fecha 31/07/2019 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante remite copia de Resolución Nº 0533/19 de la Dirección Provincial de


Vialidad, por la cual se aprueba la Adenda suscripta entre la Dirección Provincial de Vialidad y la


Municipalidad de Junín de los Andes, suscripta en fecha 29/03/2019, mediante la cual se


“Rectifican las Cláusulas Primera y Segunda del Convenio Nº 0155/18” que tiene como objeto


las “Tareas de Mantenimiento Estival, Temporada 2018-2019, en Rutas Provinciales Nº 60, 61 y


62”.-


Que, las Cláusulas antes mencionadas quedan redactadas de la siguiente manera:


Primera: “El Ente” proveerá a “La Dirección”, 03 (tres) camiones regadores de agua de 10.000


litros de capacidad con bomba de carga y descarga, por el término de 180 horas (60 hs/cada


uno) para realizar tareas de mantenimiento estival de la Ruta Provincial Nº 60 (Paso Mamuil


Malal) y Ruta Provincial Nº 61 (San Cabao y Arroyo Blanco), las cuales serán supervisadas por


el Distrito IV – y cuyo monto asciende a Pesos: Ciento Ochenta Mil ($ 180.000,00), abonando


$ 1.000,00 la hora.


A tal efecto “La Dirección” certificará los trabajos y confeccionará el Acta de Recepción


correspondiente, la que será suscrita de común acuerdo entre las partes.-


Segunda: Ampliar el plazo de ejecución de los trabajos en un (01) mes, a partir del día 02 de


Abril de 2019.-


Que, asimismo en la Adenda citada, se establece que quedan vigentes las Cláusulas del


Convenio Nº 0155/18, que no fueron modificadas.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07/08/2019, mediante


Despacho Nº 063/19 de Comisión de Labor Legislativa, dispuso por unanimidad, aprobar la


Adenda de referencia, como así también la incorporación de la partida presupuestaria pertinente,


con el dictado de la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:






















CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO


CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL


PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2947 bis/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1°: HOMOLÓGASE:
en todos sus términos la ADENDA suscripta en fecha 29 de


marzo de 2019, entre la Dirección Provincial de Vialidad y la Municipalidad de


Junín de los Andes, registrado bajo el Nº 086/19, aprobada por Resolución Nº 0533/19 de fecha


20 de mayo de 2019 de la citada Dirección, mediante la cual se “Rectifican las Cláusulas Primera


y Segunda del Convenio N° 0155/18, que tiene como objeto las “Tareas de Mantenimiento


Estival, Temporada 2018-2019, en Rutas Provinciales Nº 60, 61 y 62”.-




ARTÍCULO 2º: INCORPÓRASE: como Anexo I de la presente la Adenda mencionada en


el Artículo 1º, la cual consta de dos (2) Cláusulas.-




ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incrementar en el


Presupuesto Prorrogado General de la Administración Municipal Ejercicio año


2018 – Ordenanza Nº 2760/2017, prorrogado por Decreto Nº 002/2019, y oportunamente en el


Presupuesto Ejercicio 2019, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos, incorporadas


mediante Ordenanza N° 2886/2019, correspondiente a los fondos provenientes de la norma


homologada en el Artículo primero de la presente.-




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la


Dirección Provincial de Validad del Neuquén, a sus efectos.




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 2022/19.-
















CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO


CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL


PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES