1349 - Modificación Artículo 6º Ord 1131-03 Sesiones Descentralizadas.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1349/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1349/2006



VISTO: El Despacho Nº 028/06 de la Comisión de Gobierno y Enlace de este Concejo


Deliberante, sobre modificación del Artículo 6º de la Ordenanza Nº 1131/2003 que


instrumenta la realización de las Sesiones Públicas Descentralizadas según lo establecido en el


Artículo 63º de la Carta Orgánica Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, por Despacho Nº 028/06 se propone que el temario a tratar por los vecinos deberá


ser presentado por escrito hasta 6 (seis) días hábiles anteriores a la Sesión.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 05/04/2006, dispuso por


unanimidad aprobar la modificación del Artículo 6º de la Ordenanza Nº 1131/2003, conforme


Despacho Nº 028/06 de la Comisión de Gobierno y Enlace, con el dictado de la norma


respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: MODIFICASE la Ordenanza Nº 1131/2003, en su Artículo 6º, el cual


quedará redactado de la siguiente manera: “ESTIPÚLESE que el temario a


tratar por los vecinos deberá ser presentado por escrito hasta 6 (seis) días hábiles anteriores a la


Sesión. Podrán participar las comisiones barriales, las Instituciones reconocidas y todo vecino


que acredite ser elector Municipal y habitante del Barrio en que se desarrolla la Sesión.- La


presentación del temario deberá aclarar: nombre de la Comisión Barrial y/o Institución


solicitante o nombre, apellido y número de documento del vecino”.-


ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE e n el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SEIS,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1271/06.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES