Ordenanza N° 947 Concurso de sello de origen y calidad para los productos artesanales elaborados en el ejido..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1






O R D E N A N Z A Nº 947/2001



VISTO:
La Ordenanza Nº 923/01 mediante la cual se aprueban las Bases para la


implementación del Concurso para la confección del sello de origen y calidad de


los productos elaborados en el ejido, con el objeto de seleccionar el logotipo que mejor


sintetice los aspectos destacados de nuestra región como centro de Producción artesanal en sus


diversas formas, conforme Artículos 186 y 187, Inc. a) y de nuestra Carta Orgánica, y;




CONSIDERANDO:




Que, para su participación se convocó a diversas organizaciones de la localidad,


establecimientos educativos, y comunidad en general mediante notas específicas y publicidad


en diversos medios de difusión local.-


Que, se presentaron un total de 24 concursantes, cuyos trabajos se caracterizaron por


la calidad y creatividad con la que fueron diseñados.-


Que los mismos fueron presentados bajo los siguientes seudónimos; PETIS, HAP,
RAMITA, A Y B, MAGLA, PUELCHE FIGUEROA, FU, TUCKY, ANTU, EL ALCALDE,


SEPTIEMBRE, SEPTIEMBRE BIS, ESTRELLA AZUL, CHISPITA DE SOL, EL


PATAGÓNICO, MUTISIA, TRANSCOP, ALELI, SIGLO XXI, KIN, WANDA, PETA, FACU y


PACHU.-


Que, para la selección del trabajo ganador, previa preselección de aquellos más


destacados, se conformo un jurado integrado por representantes de cada bloque político del


Concejo Deliberante, de la Feria Franca Municipal, de la Asociación de Artesanos de Junín de


los Andes, de la Coordinadora de Asuntos Vecinales, de la Dirección de Promoción Social


Municipal, de la Dirección Municipal de Turismo, de la Dirección Municipal de Medio


Ambiente y de la Delegación Regional Zona Sur de Producción de Junín de los Andes.-


Que, este tipo de acciones tienden a integrar a la comunidad toda en las diversas


actividades que se desarrollan desde distintos sectores.-


Que, asimismo la implementación de un sello de estas características destaca a la


comunidad por la multiplicidad de productos de manufactura artesanal que se realizan.-


Que, un sello de origen y calidad tiende a conjugar en sí mismo las características


geográficas, naturales y culturales de la región, que le otorgan al producto determinadas


particularidades.-


Que, la producción local debe competir con productos elaborados en importantes


centros urbanos y por lo tanto deben ser presentados al mercado con características netamente


diferenciadoras, otorgándole a los productos un valor agregado destinado al segmento de


consumidores que buscan un producto regional de calidad certificada.-















OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES













Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2






Que, el sello de origen y calidad deberá ser certificado por un Organismo competente


que le otorgara a los productos una calidad verificable que los distinguirá del resto tendiendo


de este modo a incrementar la comercialización de los mismos a través de la presencia y


permanencia en el mercado con una calidad sostenida.-




Que, de este modo se favorecerá e intensificará el desarrollo de los pequeños y


medianos emprendimientos privados de Junín de los Andes.-



POR ELLO Y EN EL USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES REUNIDO EN SESION


ORDINARIA DE PRÓRROGA SANCIONA CON FUERZA DE:



O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º:
DETERMÍNASE que el ganador del Concurso del sello de origen y


calidad para los productos artesanales elaborados en el ejido es el Sr.


Alejandro Bossini, por la presentación del siguiente diseño y su correspondiente


fundamentación, que se adjunta como ANEXO I de la presente.-




ARTÍCULO 2º: ESTIPÚLASE que para la selección del trabajo ganador se conformo un


jurado integrado por representantes de cada Bloque político del Concejo


Deliberante, de la Feria Franca Municipal, de la Asociación de Artesanos de Junín de los


Andes, de la Coordinadora de Asuntos Vecinales, de la Dirección de Promoción Social


Municipal, de la Dirección Municipal de Turismo, de la Dirección Municipal de Medio


Ambiente y de la Delegación Regional Zona Sur de Producción de Junín de los Andes.-




ARTÍCULO 3º: ESTABLEZCASE que el trabajo elegido como Sello de Origen y Calidad


debe ser cedido por su autor para uso y manejo exclusivo de la


Municipalidad de Junín de los Andes, siendo a partir de este momento propiedad intelectual de


la misma, debiéndose registrar ante las autoridades competentes, gestión que se llevará


adelante desde el Departamento Ejecutivo Municipal.




ARTÍCULO 4º: Promulgada que fuere DESE amplia difusión por los medios orales y


escritos de la localidad y envíese copia de la presente a las Escuelas


primarias y secundarias, como así también a las distintas organizaciones afines con el tema:


Asociaciones, artesanales, comerciales, de producción, etc.-




ARTICULO 5º: DESE a publicidad por los medios locales orales y escritos, locales y


regionales de la Provincia del Neuquén.-















OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES















Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


3






ARTÍCULO 6º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén, conforme


las Cláusulas Complementarias y Transitorias Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl


Ande.-




ARTÍCULO 8º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A LOS


DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1057/01.-















OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES