Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1462/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1462/2007
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 1738 “A” de fecha 10/05/2006 iniciado por el Sra.
Wilda Aurora Barriga Pacheco, titular del D.N.I. Nº 92.684.915, con domicilio legal
en Don Bosco y Ginés Ponte, de esta localidad, referente a solicitud de predio en el Parque
Industrial de Junín de los Andes, destinado a “Albergue Turístico y Servicio de Grúas”; el
Expte. Nº 293 del D.E.M. de fecha 21/02/2007 que contiene presentación de Planos del
proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial a celebrado en fecha 16/04/2007
entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la nombrada Sra. Wilda Barriga Pacheco, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como parte del Lote 4b, de la
Manzana 87, Nomenclatura Catastral 13-20-056-1584, indivisa, que figura anexo como
croquis adjuntos del Expte. 293 de fecha 21/02/07 (Folio 25) de la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, con una superficie de DOS MIL SETENTA METROS CUADRADOS
(2.070,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por
el “Adquirente” en un plazo que no superará los sesenta (60) días de la firma del presente
Instrumento legal.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Cuarenta ($ 40,00) por
metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Ochenta y Dos Mil Ochocientos
($ 82.800,00) que serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda
del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. 293), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del
convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del
Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 23/05/2007, conforme lo
establecido en Despacho Nº 013/2007 de fecha 22/05/2007, emitido por la Comisión de Labor
Legislativa, resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
ADRIANA DEL CARMEN MASSACCESI NÉSTOR JUAN MONDINO
A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1462/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha
16/04/2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por
el Señor Intendente Municipal, Dn ÁNGEL CLEMENTE HERRERA, y el Señor Secretario
de Planificación, Producción y Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN MENDEZ, con
domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante
denominados la “MUNICIPALIDAD”, y la Señora BARRIGA PACHECO WILDA
AURORA, TITULAR DEL D.N.I. Nº 92.684.915, con domicilio legal en Juan Manuel de Rosa
Nº 206 de Junín de los Andes, en adelante denominada la “ADQUIRENTE”, por la venta de
una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada
como parte del Lote 4b, de la Manzana 87, Nomenclatura Catastral 13-20-056-1584, indivisa,
que figura anexo como croquis adjuntos del Expte. 293 de fecha 21/02/07 (Folio 25) de la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos, con una superficie de DOS MIL SETENTA
METROS CUADRADOS (2.070,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura
definitiva a practicarse por la “ADQUIRENTE”.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente a la interesada, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa A/C, Concejal
Adriana del Carmen Massaccesi.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1327/07.-
ADRIANA DEL CARMEN MASSACCESI NÉSTOR JUAN MONDINO
A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA