2918 - 19 Creación Órgano de Control y Seguimiento del Servicio de Agua Potable y Saneamiento EPAS - Municipio.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2918/19.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 2918/2019



VISTO: El Contrato de Concesión por Prestación del Servicio de Agua Potable y


Saneamiento, celebrado entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Ente


Provincial de Agua Saneamiento (EPAS) y aprobado por Ordenanza Nº 2860/2018 de fecha


14 de noviembre del 2018 y promulgada mediante Decreto Nº 456/2018 de fecha 23 de


noviembre de 2018, y;




CONSIDERANDO:




Que, en el Capítulo 1 – Punto 1.2 del citado Contrato de Concesión se indica que se


creará un Órgano de Control y Seguimiento como ente regulador de los servicios a


concesionar.-




Que, el servicio y todo otro aspecto derivado de la ejecución del contrato, Marco


Regulatorio y su modificaciones, estarán bajo el control y regulación de este Órgano.-




Que, según lo establecido en el punto 10.3 las funciones a cargo del órgano, son los


enumerados entre sus Artículos 10.3 al 10.3.21 inclusive, y en carácter taxativo.-




Que, es imperiosa la necesidad de crear este organismo de control para de esta


manera trabajar en la reglamentación del mismo, para ponerla en práctica en la brevedad


posible.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: la creación del Órgano de Control y Seguimiento, según rige


en el Capítulo 1 – Punto 1.2 del Contrato de Concesión del Servicio de


Agua Potable y Saneamiento, ratificado mediante Ordenanza Nº 2860/2018 por lo expresado


precedentemente.-




ARTÍCULO 2º: CONFÓRMASE: el Órgano de Control y Seguimiento, el cual quedará


conformado de la siguiente manera:




























CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2918/19.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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 Un (1) concejal de cada bloque político que componen el Cuerpo Legislativo.-


 Un (1) integrante en representación de la Secretaría de Gobierno.


 Un (1) integrante en representación de la Secretaría de Economía.


 Un (1) integrante en representación de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y
Planeamiento Urbano.-


 Un (1) integrante en representación de la Unidad Ejecutora de Planificación y
Desarrollo.


 Dos (2) integrantes en representación del Ente Provincial de Agua Saneamiento que
oportunamente serán designados mediante las normales legales regentes en el Ente


(EPAS).-


 Cada uno de los integrantes antes mencionados tendrán un suplente para ser
representados encaso de ausencias.-


 Todos los integrantes del Órgano de Control y Seguimiento serán nombrados por
Resoluciones/o normas legales correspondientes.-




ARTÍCULO 3º: FACÚLTASE: al Órgano de Control y Seguimiento a elaborar su


Reglamento Interno según consigna el punto 10.3.1 del contrato de


concesión.-




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.-




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS


VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2012/19.-


















CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA