Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2864/18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2864/2018
VISTO: El Expte. C.D. Nº 9944/18 de fecha 12/11/2018 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el mismo remite de Convenio de Financiamiento, celebrado entre el
Ministerio de Turismo de la Nación (el “Ministerio”), el Ministerio de Producción y Turismo
de la Provincia del Neuquén (la “Provincia”), y Municipalidad de Junín de los Andes (el
“Municipio”), en el marco del Plan Nacional de Infraestructura Turística.-
Que, el “Ministerio”, se compromete a efectuar un aporte de Pesos Un Millón Ciento
Treinta y Dos Mil Quinientos Dieciséis ($ 1.132.516), destinados a financiar el proyecto
“Sendero a Jesús Luz Segunda Etapa - Parque Vía Christi”, ubicado en la localidad de Junín
de los Andes, Provincia del Neuquén, en adelante el “Proyecto”, correspondiente al setenta por
ciento (70%) de su valor, la “Provincia se compromete a efectuar un aporte de Pesos
Trescientos Veintitrés Mil Quinientos Setenta y Seis ($ 323.576), correspondiente al veinte
(20%) y la Municipalidad se compromete a efectuar un aporte de Pesos Ciento Sesenta y Un
Mil Setecientos Ochenta y Ocho ($ 161.788) correspondiente al diez por ciento (10%) con el
mismo fin.-
Que, la “Provincia”, se compromete a llevar adelante la ejecución del Proyecto por
Administración, de conformidad con la documentación legal y técnica presentada ante el
“Ministerio”. El Proyecto tiene por objetivo desarrollar el Parque Vía Christi, ampliando la
oferta de turismo cultural a nivel provincial y nacional y apuntando al fortalecimiento y
adecuada promoción de la oferta religiosa tradicional de Junín de los Andes y del Corredor de
los Lagos. Se realzarán trabajos sobre el sendero, construcción de contrapisos de hormigón y
escaleras, colocación de barandas, armado de guardas y quitamiento (asientos de descanso).-
Que, la Provincia se compromete a llevar adelante la ejecución del proyecto en el
plazo de Dieciocho (18) Meses. El plazo se contará a partir del día siguiente a la efectiva
transferencia del monto del aporte comprometido por el “Ministerio” y comprenderá todos los
trámites administrativos y ejecución de obra.-
Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 172 expresa que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de las principales
fuentes de crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las
actividades turísticas sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores
estéticos, recreativos, socio-culturales y educacionales de sus ambientes y recursos,
garantizando su protección, restauración, mantenimiento y perpetuación”.-
RUTH ELIZABETH SIVORI LAURA ESTER RIFFO
A/C DE DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2864/18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su
Artículo Nº 57, Inc., “t”, y conforme el Despacho Nº 102/18 de la Comisión Interna de
Economía, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 21/11/2018 homologar dicho
Convenio, con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio de Financiamiento, celebrado entre el
Ministerio de Turismo de la Nación, representado por el Ministro de
Turismo de la Nación, Lic. José Gustavo Santos, en adelante el “Ministerio”, el Ministerio de
Turismo de la Provincia del Neuquén, representado por su Ministro de Turismo, Lic. Marisa
Focarazzo, en adelante la “Provincia”, y Municipalidad de Junín de los Andes, representada
por su Intendente, Sr, Carlos A. Corazini, en adelante el “Municipio”, para el Proyecto
“Sendero a Jesús Luz Segunda Etapa - Parque Vía Christi”, en el marco del Plan Nacional
de Infraestructura Turística, el cual consta de diecinueve (19) Cláusulas e integra la presente
como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el
Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2018 –
Ordenanza Nº 2760/2017 -, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondientes a
los fondos provenientes de la norma mencionada en el Artículo anterior de la presente.-
ARTÍCULO 3º: Elévese la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1988/18.-
RUTH ELIZABETH SIVORI LAURA ESTER RIFFO
A/C DE DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA