Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2145/12.-
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Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2145/2012
VISTO: El Expte. C.D. Nº 6241/12 de fecha 21/08/2012 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal mediante Nota Nº 342/12 de fecha 15/08/2012, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el se remiten los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y
Particulares – Modalidad de Contratación - Licitación Privada Nº 001/12, para “EJECUTAR
RED DE DISTRIBUCION DE GAS EN PARQUE INDUSTRIAL JUNIN DE LOS
ANDES”, elaborados pro la Secretaría de Promoción del empleo y Desarrollo Territorial y
visados por la Secretaría de Economía.-
Que, el Artículo 25º de las Condiciones Generales, establece que las propuestas
serán abiertas en la Municipalidad de Junín de los Andes, en día y hora establecidos, en
presencia de representantes de la Comisión de Preadjudicación la que podrá estar integrada
por tres o más funcionarios y/o agentes (3) municipales designados por el Ejecutivo
Municipal y contará con la invitación a presenciar el Acto de Apertura, un Concejal de cada
Bloque del Concejo Deliberante y de los interesados que concurran labrándose el acta
respectiva.
Que, habiendo analizados los pliegos mencionado en Comisión de Economía, este
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 29/08/2012, dispuso sobre tablas y por
unanimidad aprobar los mismos, con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBANSE: los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y
Particulares de la Licitación Privada Nº 001/12, para “EJECUTAR RED
DE DISTRIBUCION DE GAS EN PARQUE INDUSTRIAL JUNIN DE LOS ANDES”,
los cuales corren agregados a la presente como Anexos I y II, respectivamente.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer fecha y
hora tope para la presentación de sobres y fecha y hora para la apertura de
sobres de la Licitación mencionada en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, y
por su intermedio elévese copia de la presente a las Secretarias Municipales
que corresponda.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN”, DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A LOS
VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE, SEGÚN
CONSTA EN EL ACTA Nº 1631/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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A N E X O I
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CLAUSULAS GENERALES
MODALIDAD DE CONTRATACION:
“LICITACION PRIVADA Nº 001/2012”
Artículo 1: La Municipalidad de Junín de los Andes invita a las firmas interesadas a
presentar ofertas para “EJECUTAR RED DE DISTRIBUCION DE GAS EN PARQUE
INDUSTRIAL JUNIN DE LOS ANDES”, según Especificaciones Técnicas detalladas en
las Cláusulas Particulares que forman parte de la Presente Licitación.
Artículo 2: Regirán para la presente contratación lo dispuesto por Ley de Administración
Financiera y Control de la Provincia del Neuquén 2141- Reglamento de Contrataciones-
Anexo II- Decreto Nº 2758- Pliego de Bases y Condiciones y Ordenanza Tarifaria Municipal
Nº 1943/2011 y su modificatoria Nº 2128/2012.-
Artículo 3: La presentación de las ofertas implica el conocimiento, aceptación y
sometimiento a toda la normativa mencionada en el Artículo Nº 2° y las disposiciones en
ellas contenidas. La documentación citada estará a disposición de los proveedores interesados
en la Secretaria de Economía y/o la Secretaria de Promoción del Empleo y Desarrollo
Territorial dependientes del gobierno Municipal de la Ciudad de Junín de los Andes sito en
Calle Gines Ponte 504 de la Ciudad de Junín de los Andes.-
Artículo 4: El pliego de Bases y Condiciones se encuentra regido por: Cláusulas Generales y
Cláusulas Particulares.
Artículo 5: Se establece que la venta de los Pliegos de Bases y Condiciones con sus
Cláusulas Generales y Particulares, se efectuara a través de la Dirección General de Ingresos
Públicos, dependiente de la Secretaria de Economía ubicado en el Palacio Municipal, sito en
la Calle Gines 504, en horario de 08:30 a 13:00hs. de lunes a viernes, y su costo será de
Pesos DOS MIL ($2.000,00).-
Artículo 6: REQUISITOS Y FORMA DE LA PRESENTACION: Las propuestas serán
presentadas por duplicado en sobre cerrado hasta el día y horas indicados en el presente
pliego, en el que se consignará exclusivamente, en sobre sin otra identificación que la
señalada a continuación:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes
Ginés Ponte 504
8371 – Junín de los Andes
Licitación Privada Nº 001/2012 EJECUTAR RED DE DISTRIBUCION DE GAS
EN PARQUE INDUSTRIAL JUNIN DE LOS ANDES”
Fecha tope presentación de sobres:
Oficinas de Secretaria Promoción Empleo y Desarrollo Territorial – .…/09/2012 -
Hora: 13.00hs.
Fecha de apertura de sobres:
Instalaciones del palacio municipal.
El día……………. …… de SEPTIEMBRE de 2012 Hora: 09:00hs
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Artículo 7: Las propuestas deberán ser preferentemente escritas en computadora y deberán
ser rubricadas en todas sus fojas por el proponente. Podrán ser presentadas en formularios del
licitante, en cuyo caso se deberán guardar las formalidades especificadas para el formulario
oficial cruzando con la leyenda “SE COTIZA EN HOJA SEPARADA” y rubricada al pie
en cada una de sus hojas.
Artículo 8: La Municipalidad de Junín de los Andes, tendrá la facultad de prorrogar el plazo
para la presentación de las ofertas, a fin de dar a los posibles oferentes tiempo razonable para
la preparación de las mismas, en caso de realizarse enmiendas al pliego, que impliquen
modificaciones sustanciales.
Artículo 9: Todos los posibles oferentes serán notificados por escrito o mediante fax, etc. de
las enmiendas que realice la Municipalidad de Junín de los Andes, las que serán de
cumplimiento obligatorio para los oferentes.
Artículo 10: DEL CONTENIDO DE LA OFERTA: Las ofertas deben ajustarse a los
Pliegos, requisito sin el cual no podrán ser aceptadas.
Artículo 11: El oferente deberá formular propuestas por ÍTEM, siendo obligatorio formular
propuestas por todos los ítems.
Artículo 12: No se aceptarán ofertas “Alternativas o Suplementarias” en aquellos casos en
que no se cotice la oferta “Básica o principal” ajustada a la base.
Artículo 13: DEL PRECIO: Los precios establecidos en las propuestas deberán ser
preferentemente invariables y en pesos argentinos.
Artículo 14: DE LA GARANTIA PRECONTRACTUAL: Toda oferta deberá ser
“garantizada” con un depósito bancario en la cuenta BPN de la Cuenta Parque Industrial -
Municipalidad de Junín de los Andes equivalente al 20% del total de la oferta. De presentarse
“ofertas alternativas”, se deberá afianzar la oferta mayor. A todas aquellas personas físicas o
jurídicas que no hubieren sido adjudicados con el presente llamado a Licitación se les
devolverá el depósito presentado.-
Artículo 15: La garantía de la oferta se efectuará en pesos argentinos.
Artículo 16: DE LA GARANTIA DEL CONTRATO: Previo a la adjudicación de una
propuesta, el licitante deberá garantizar el cumplimiento del Contrato conforme lo
determinado por el Art. 25º -Decreto 2758/95- Reglamento de Contrataciones anexo II de la
Ley de Administración Financiera y Control de la Provincia.
Artículo 17: DE LOS PLAZOS: Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de
oferta, ésta caducará previéndose una prórroga automática en favor de la Municipalidad de
Junín de los Andes, cuando “en la tramitación respectiva se formulara algún tipo de
impugnación o imputación”, en cuyo caso el plazo de mantenimiento de las propuestas se
considerará automáticamente ampliado en cinco (05) días corridos.
Artículo 18: IMPUESTO DE SELLOS: Se deberá cumplimentar ante la Dirección
Provincial de Rentas el sellado de ley del Pliego en cada una de las fojas.
Artículo 19: DE LA DOCUMENTACION ANEXA A LA PROPUESTA:
a) En el caso de Sociedades: copia certificada, ante Escribano Público del acta de
disposición como participación de la sociedad en la Licitación, y el contrato o Estatuto
social.
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
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b) Pliego de Bases y Condiciones de la presente operación con el correspondiente sellado
de Ley; firma en todas sus fojas por quien tenga poder para hacerlo, con aclaración de
firma y número de documento. (En prueba de conocimiento y aceptación de todas sus
cláusulas, artículos e incisos).
c) Garantía de la oferta con un depósito bancario por el importe del 10% del monto de la
oferta mayor.
d) En caso de ser una sociedad Fotocopia de Poder – General o Especial para suscribir
documentos- otorgado por ante Escribano Público.
e) Documentación exigida por las cláusulas particulares.
f) Constancia de Inscripción como Proveedor Municipal de Junín de los Andes.
Artículo 20: DE LA FORMA DE HACER EFECTIVO EL PAGO: La Municipalidad de
Junín de los Andes efectuará el cobro de los bienes enajenados dentro de los 5 días hábiles
posteriores a la notificación de la adjudicación, en las oficinas de Recaudaciones cito en la
calle Gines Ponte 504.
Artículo 21: CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS EN EL ACTO DE
APERTURA: Las causales de rechazo de las ofertas en el acto de apertura son las siguientes:
22.1) Falta de garantía en los términos del Art. 23º del Reglamento de Contrataciones.
(Depósito bancario).
22.2) Falta de firma del proponente en la documentación (al pié de todas las hojas que
conforman el presente Pliego de Bases y Condiciones de Cláusulas Generales y de las
Cláusulas Particulares, en prueba fehaciente de conocimiento y aceptación de las mismas).
Artículo 22: SANCIONES: Será de aplicación lo dispuesto en el Art. 71º y concordantes del
Reglamento de Contrataciones- Anexo II Decreto Nº 2758/95 de la Ley de Administración
Financiera y Control 2141 de la Provincia del Neuquén, cuando así correspondiera.
Artículo 23: DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: El contrato se considerará
cumplido una vez abonado en su totalidad.
Artículo 24: INHABILITADOS PARA OFERTAR: No podrán concurrir a la presente
Licitación:
Los deudores morosos y evasores impositivos o del régimen de seguridad social,
declarados por autoridad competente.
Los que se encuentren inhabilitados para participar en concursos de precios y
licitaciones como consecuencias de sanción recaída con motivo de anteriores
concursos de precios y licitaciones o adjudicaciones, sin que medie rehabilitación.
Los agentes de los servicios del Estado Nacional, Provincial o Municipal o los que
hayan sido separados de su cargo por exoneración;
Los que se hallen en estado de convocatoria de acreedores, quiebras o liquidación sin
quiebra y/o concurso civil;
Los interdictos judicialmente o que sufran inhibición general de bienes;
Los incapaces para contratar según lo dispuesto por la legislación común.
Los que por disposición legal expresa, estuvieren inhabilitados para ofertar.
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
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Artículo 25: APERTURA DE LAS OFERTAS: Las propuestas serán abiertas en la
Municipalidad de Junín de los Andes, en día y hora establecidos, en presencia de
representantes de la Comisión de Preadjudicación la que podrá estar integrada por tres o más
funcionarios y/o agentes (3) municipales designados por el Ejecutivo Municipal y contará con
la invitación a presenciar el Acto de Apertura, un Concejal de cada Bloque del Concejo
Deliberante y de los interesados que concurran labrándose el acta respectiva.
Artículo 26: Si la Municipalidad de Junín de los Andes considerara de interés alguna de las
ofertas con elementos o condiciones omitidas, deberá intimar al oferente para su
cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles en caso de incumplimiento se los tendrá por
desistido.
Artículo 27: La Municipalidad de Junín de los Andes se reserva el derecho de rechazar las
ofertas, antes de notificar la adjudicación, sin expresión de causa, y sin que los oferentes
tengan derecho a reclamo de ningún tipo, inclusive por daños y perjuicios.
También podrá rechazar de inmediato a su sola discreción sin derecho de reclamo alguno de
los oferentes, las ofertas que incurran en las siguientes faltas:
27.1 Contengan enmiendas, tachaduras o correcciones en partes del texto y no se
hayan salvado.
27.2 Haya sido suscripta por personas apremiadas como deudores morosos del Fisco
Nacional, Provincial o Municipal.
27.3 Se encuentran condicionadas o se aparten de las bases de contratación del
presente pliego y sus anexos,
27.4 Que no estén firmadas junto con el pliego en todas sus fojas,
27.5 Cuando no vengan acompañadas de la garantía respectiva;
27.6 Las que presentadas por personas jurídicas y no acompañen el contrato o los
estatutos respectivos.
Artículo 28: La Municipalidad emitirá fundamentos por escritos de la decisión en cuanto a la
adjudicación y se reserva el derecho de aceptar la oferta más conveniente.
Artículo 29: ANULACIÓN DE LA LICITACIÓN: la Municipalidad de Junín de los Andes
se reserva el derecho de dejar sin efecto el presente llamado a licitación sin expresión de
causa, en cualquier momento anterior a la notificación de la adjudicación, sin que ello de
lugar a indemnización alguna a los oferentes.
Artículo 30: LA COMISIÓN DE PREADJUDICACIÓN: Podrá conformarse por
funcionarios y/o agentes designados por el Ejecutivo Municipal, miembros del Concejo
Deliberante y toda otra persona que considere necesaria a los efectos de brindar la certeza y
transparencia al proceso licitatorio.
30.1 Cuya designación, invitación y participación se regulara emitiendo la pertinente Norma
Legal (Resolución) del Departamento Ejecutivo.
30.2 Cumpliendo y haciendo cumplir lo establecido en el Art. 39º del Reglamento de
Contrataciones de la Ley de Administración Financiera y Control 2141.
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
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30.3 Evaluará el contenido de la oferta y determinará su admisibilidad si correspondiere.
30.4 a) Las propuestas declaradas admisibles se preadjudicarán en función de:
a1) Antecedentes del oferente, generales y en la actividad.
30.5 La preadjudicación realizada por la Comisión será aprobada por Resolución del
Departamento Ejecutivo.
30.6 Todos los oferentes están obligados a suministrar la información adicional que se
considere pertinente, a solicitud de la comisión de preadjudicación pero de ningún modo las
propuestas y sus presentaciones podrán ser modificadas. Se establece que la presentación
incompleta, o fuera de los plazos otorgados, conforme a exigencias expresadas en cada caso,
tendrán como consecuencia la desestimación del oferente, con pérdida de la garantía.
Artículo 31: La Comisión Preadjudicación, deberá reunirse dentro de los tres (3) días hábiles
posteriores al acto licitatorio y establecer los oferentes seleccionados.
Artículo 32: La selección se realizará en aquellas ofertas que superen el nivel mínimo de
exigencias del pliego.
Artículo 33: Dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores de efectuada la selección, se
efectuará la preadjudicación, ésta se instrumentará mediante dictamen o resolución fundada
de la Comisión.
Artículo 34: La Comisión en su función de Preadjudicación y a los efectos de determinar la
oferta más conveniente considerará conjuntamente con los antecedentes analizados, toda la
información complementaria que considere de interés estando obligados a suministrarla en
caso de que se le requiera.
34.1 La Comisión elevará su resolución sugiriendo preadjudicar la Licitación al Departamento
Ejecutivo, siendo la Resolución que éste adopte, definitiva e irrevocable.
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
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A N E X O II
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
CLAUSULAS PARTICULARES - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS
MODALIDAD DE CONTRATACION: “LICITACIÓN PRIVADA Nº 001/2012”
Artículo.1º: La presente Licitación Privada Nº 001/2012 EJECUTAR RED DE
DISTRIBUCION DE GAS EN PARQUE INDUSTRIAL JUNIN DE LOS ANDES”, y
que corresponde a Licitación Privada Nº 001/2012 – Fecha tope de presentación de sobres:
…./…../2012 – Hora 13.00 hs. en Oficinas de la Secretaria de Promoción del Empleo y
Desarrollo Territorial.
Fecha de apertura de sobres: El día …………. ……. de SEPTIEMBRE de 2012 Hora: 09:00
hs.-
Instalaciones del palacio municipal.
El día…………… …….. de SEPTIEMBRE de 2012 Hora: 09:00hs
Presupuesto Oficial con el siguiente detalle:
750 MTS. APROXIMADOS DE CAÑERÍA DE Ø 90 mm PE SDR 11
Instalación de 02 servicios domiciliarios a instalar
Empalme directo s/gas con servicio alto volumen electrofusión Ø 63 x 63 mm y
Cupla Red Electrofusión Ø 63 x 90 mm.
Artículo 2: MEMORIA DESCRIPTIVA:
La obra a contratar es la construcción con provisión de mano de obra, materiales,
accesorios y equipos, para la ejecución de la ampliación del a red de gas en el Parque
Industrial de Junín de los Andes, según Anteproyecto N° 11-006922-00-12 elaborado por
Camuzzi Gas del Sur.
Así mismo la obra incluye la reparación de calles y/o tuberías afectadas por los
trabajos hasta que la zona se encuentre en idénticas condiciones que su estado inicial, de
acuerdo a la inspección que realizará la Municipalidad de Junín de los Andes.
Artículo 3: TRABAJOS A REALIZAR:
La Municipalidad encomienda y el Contratista acepta ejecutar la totalidad de los
trabajos que a continuación se detallan con destino a la obra de referencia del presente pliego:
a) Señalización de la Obra, (Colocación de carteles, vallas, balizas etc.)
b) Ejecución de zanjas, perforaciones y/o túneles.
c) Encajonamiento y/o retiro de la tierra removidos en los lugares indicados por la
Inspección de Obra.
d) Provisión de soldaduras de las cañerías.
e) Pruebas de fugas y hermeticidad.
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
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f) Provisión de la totalidad de las piezas necesarias para la conexión a la red
existente, como así todos los materiales necesarios para que las obras sean
aprobadas y listas para su funcionamiento.
g) Tapado de cañerías y pozos ejecutados.
h) Limpieza final de obra y restitución a su condición original, a entera
satisfacción de esta Municipalidad, de todos los elementos o cosas que
hubiesen sido afectadas por motivo de la obra.
Artículo 4: PLAZO DE EJECUCIÓN
La totalidad de los trabajos indicados en el presente Pliego deberán ejecutarse en un
plazo de 20 (veinte) días corridos contados a partir de la fecha de firma del Contrato de
Locación de Obra.
El Contratista no podrá iniciar ningún trabajo en obra sin tener la autorización de
inicio de obra emitida por La Distribuidora “Camuzzi Gas del Sur”.
Artículo 5: PRESIONES
La presión de diseño de la red de distribución es de 4 kg/cm
2
y la presión de prueba
será de 6 kg/cm
2
.
Artículo 6: Libre circulación
La totalidad de los trabajos deberán ser realizados, asegurando la libre circulación de
vehículos y peatones en garajes y bocacalles.
Artículo 7: Tuberías de polietileno
Las cañerías fabricadas en polietileno deberán ser aptas para trabajar enterradas,
construidas con materiales que correspondan en un todo de acuerdo con lo especificado por la
Norma GE-N1-129 y toda otra norma o especificación técnica vigente. La relación diámetro -
espesor (SDR) será 11
Se admitirán las siguientes marcas: ALDYL, ITALVINIL, MONOFORT, FERVA o
GENERAL PLASTICS y podrán ser suministradas indistintamente en bobinas o en tiras.
Todas las cañerías de polietileno a instalar en la obra serán de una misma marca. El
transporte, manipulación y almacenamiento de las tuberías y accesorios de polietileno se
realizará en un todo de acuerdo con lo indicado en el punto 6 de la Norma GE-N1-136.
Todas las cañerías de polietileno a instalar en la obra serán de una misma marca.
Artículo 8: Accesorios
Cumplimentarán los requerimientos de la Norma GE-N1-131.
Se aceptará cualquier marca de accesorios de electrofusión que cumplan los requisitos
de fusionabilidad (Apartado 6.6.3. de la Norma GE-N1-131) con la resina correspondiente a
la cañería de polietileno a utilizar y estén aprobados por entidades autorizadas por el Enargas.
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
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Artículo 9: MOVIMIENTO Y ALMACENAMIENTO DE MATERIALES
El transporte, manipulación y almacenamiento de las tuberías y accesorios de
polietileno se realizará en un todo de acuerdo con lo indicado en el punto 6 de la Norma GE-
N1-136.
El transporte y estiba de las cañerías se realizará en un todo de acuerdo con lo indicado
en la Norma GE-N1-109, Revisión 1 del año 1986 (DI GE N° 2432).
Durante el manipuleo de cañería de acero se deberá tener especial cuidado de no
golpearla, evitando abolladuras o daños en el bisel y en su protección aislante.
La cañería estibada a la intemperie, deberá cubrirse con mantos de polietileno negro.
Esta protección deberá ser permanente y de la suficiente solidez para soportar condiciones de
viento y lluvia.
Artículo 10: Permisos
Se deberán obtener de la autoridad competente los permisos para la apertura de vereda,
calles y cierres de tránsito, cumplimentar los requisitos técnicos y administrativos requeridos
y abonar los aranceles correspondientes.
Antes del inicio de los trabajos mencionados, se deberá notificar a la autoridad
competente la fecha de comienzo, forma de ejecución y terminación de los mismos.
Artículo 11: Vallados y balizamiento
Con anticipación al inicio de los trabajos de zanjeo, se deberá señalizar y vallar la zona
afectada, en un todo de acuerdo con lo que fijen las disposiciones de las autoridades
competentes, las presentes especificaciones y las Normas GE-N1-136 y GE-R2-105.
Independientemente de la exigencia del Municipio correspondiente, en todos los casos
se requerirá el encajonado o embolsado de tierra.
Se instalarán rejillas de seguridad y barandas en todo lugar necesario, en particular en
accesos peatonales, y de ingreso de vehículos.
El balizamiento a efectuar será del tipo eléctrico en 24 Volt, que permita una rápida
identificación del peligro a distancia prudencial, extensivo a horarios diurnos cuando fuere
necesario de acuerdo con las condiciones climáticas. No se admitirán balizas de fuego abierto.
Artículo 12: Zanjeo
Deberá darse cumplimiento a lo indicado en el Punto 11 y en la Tabla N° 10 de la
Norma GE-N1-136 y a lo expuesto a continuación.
Previo al inicio de las tareas de zanjeo, se deberá:
a) Ubicar cajones o bolsas apropiadas para contener totalmente el material extraído.
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b) Tomar las medidas necesarias para evitar roturas o deterioro en raíces de árboles,
líneas telefónicas y eléctricas, cañerías de agua, gas, cloacas, desagües y otras.
c) Tomar las previsiones necesarias a fin de que la tierra extraída, no obstruya el
escurrimiento de los desagües pluviales y se respeten las distancias mínimas entre
talud y borde de zanja, de acuerdo con lo estipulado en la Norma GER2-105.
La cañería deberá conservar una distancia mayor de 0.30 metros a cualquier obstáculo
permanente que se encuentre (poste, columna, base de hormigón, tubería de gas, cloacas, línea
telefónica y líneas eléctricas hasta 1 kV). Si la tensión de la línea eléctrica fuera superior, se
deberá instalar una pantalla protectora o tomar un retiro mínimo de 0.50 metros.
En los lugares en que deban efectuarse uniones de cañerías en zanja o fusionado de
accesorios, empalmes, etc., se construirán pozos de las dimensiones necesarias que permitan
el libre y correcto accionar del personal, máquinas y herramientas a utilizar.
Si en algún punto o sector fuera necesario superar la profundidad normal, se deberá
considerar el tipo de terreno y efectuar cortes laterales de acuerdo con su talud o en su defecto
efectuar apuntalamientos o tablestacados. Además de lo indicado se tendrá en cuenta las
recomendaciones de la Norma GE-R2-105 y también de la Norma GE-N1-136 para cañerías
de polietileno.
No deberán mezclarse los materiales extraídos en el zanjeo.
Previo a la instalación de la cañería, se deberá nivelar el piso de zanja en los lugares
donde se considere necesario a fin de proporcionar un asentamiento uniforme a la
misma.
Artículo 13: Tapada
Para cañerías y servicios de polietileno, la tapada mínima será la indicada en la Tabla
Nº 10 del Apartado 12 de la Norma GE-N1-136, debiéndose dar cumplimiento a las demás
consideraciones vertidas en dicho Apartado.
Para veredas y calzadas de tierra, el Contratista tramitará y obtendrá de la autoridad
competente el estudio de niveles que exista para la zona de trabajo, constituyéndose éste en un
condicionamiento adicional a los efectos de la determinación de la tapada mínima.
Si por razones de fuerza mayor, fuera necesario instalar tramos de cañerías con
tapadas menores a las indicadas se aplicará protección mecánica adicional.
Debe preverse la instalación de cañerías y servicios asociados en forma conjunta
evitando que queden pozos y zonas sin reparar para conexiones futuras, para lo que se
establecerá previamente una metodología en la memoria descriptiva del proyecto
constructivo.
Artículo 14: Transporte y desfile
Para el transporte y desfile de la tubería de polietileno desde el obrador hasta la línea,
se deberá respetar lo establecido en los puntos 6 y 13 de la Norma GE-N1-136.
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Artículo 15: Instalación de la cañería
El borde de la zanja (0.20 metros de ambos lados) estará libre de tierra u otros objetos
al momento de bajar la cañería.
Artículo 16: Tubería de polietileno
Deberá cumplimentarse lo indicado en el Apartado 21 de la Norma GE-N1-136 para la
instalación de cañería de polietileno, así como los lineamientos que a continuación se
exponen.
Si el fondo de la zanja presentara objetos que pudieran dañar la cañería y fueran de
difícil remoción (tosca, piedra, etc.) se deberá colocar un manto de tierra fina o tamizada libre
de desperdicios de 0.15 a 0.20 m de espesor, que será debidamente compactado, sobre el que
se colocará la cañería, cubriendo a continuación la misma con otro manto de tierra fina.
Si las condiciones del fondo, las paredes y el costado de la zanja no son las requeridas
(suelo rocoso, relleno, etc.) y no obstante haber colocado el manto de tierra seleccionado, se
deberán utilizar almohadillas y rodillos para la instalación de la tubería por arrastre.
La cañería deberá instalarse zigzagueando en el plano horizontal, a fin de permitir la
variación de longitud por cambio de temperatura, sin transmitir esfuerzos en los puntos fijos.
En todos los casos, la cañería a instalar será SDR 11 y las uniones entre tramos de
cañerías y con accesorios se ejecutarán por el método de electrofusión.
La cañería será instalada a una distancia de 1.50 metros de la línea municipal, salvo
que de los sondeos que se realicen y de los pedidos de interferencia de servicios públicos surja
la necesidad de ubicarla a otra distancia para evitar contactos o excesiva proximidad a otros
servicios u obstáculos. Se priorizará el mantener una línea continua sin quiebres que dificulten
su posterior mantenimiento y ubicación.
Artículo 17: Protección mecánica
En las entradas de vehículos pesados o cuando la cañería deba ser instalada con una
tapada menor a la mínima establecida en la Tabla N° 10 de la Norma GE-N1-136, deberá
construirse una losa de protección de hormigón armado, cuya memoria de cálculo deberá ser
sometida a la aprobación de la Distribuidora.
Artículo 18: Tapado de cañería de polietileno
Se dará cumplimiento a lo expresado en el Apartado 23 de la Norma GE-N1-136 y a
las consideraciones vertidas a continuación.
Instalada la cañería de polietileno, se realizará la tapada con tierra seleccionada hasta
0.20 m por sobre la misma, compactándose en forma manual cuidadosamente.
Alcanzado el nivel de 0.20 m respecto del nivel actual o futuro de la vereda, se deberá
advertir la presencia de la tubería enterrada mediante la colocación del correspondiente
elemento de advertencia, dando cumplimiento a lo expresado en el Apartado 24 de la Norma
GE-N1-136. Cuando se crucen calles de tierra, el elemento de advertencia se instalará a una
profundidad de 0.30 m respecto del nivel actual o futuro de la calle.
En el caso de existir tapadas superiores a los 0.90 m, la compactación a partir de los
0.30 m de tapada inicial, se ejecutará en capas sucesivas de 0.30 m. El tapado de la zanja se
hará dejando al final un sobrenivel de tierra de 0.10 m que deberá ser también apisonado.
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Se tendrá cuidado que la compactación se efectúe de manera tal de evitar introducir
tensiones externas, que se produzcan, ya sea por causa del mismo terreno o por mal
asentamiento de la cañería.
La tierra sobrante del tapado de zanja deberá ser retirada de inmediato, tan pronto
como haya sido repuesto el contrapiso de la vereda o la base del pavimento.
Artículo 19: Elemento de advertencia
El elemento de advertencia consistirá en una banda lisa, perforada, tejida o mallada
fabricada a partir de polietileno, polipropileno o cualquier otro material insensible a las
condiciones del suelo, de color amarillo según IRAM DEF:D 1054, códigos 05.1.010,
05.1.020, 05.1.030 o 05.3.020.
Su ancho será y de 300 mm. En su centro llevarán la leyenda "GAS" en letras de color
rojo con una altura mínima de 50 mm y repetida a intervalos regulares de 100 mm, que
estarán impresos en material de la banda o en una cinta de P.E. amarillo de 75 mm de ancho,
la cual estará firmemente adherida a la banda.
Tanto el elemento de advertencia como la banda, deberán estar aprobadas por la
Distribuidora y las entidades autorizadas por el Enargas.
Artículo 20: Conexionado a cañerías existentes
Como paso previo a la realización de cualquier tipo de conexionado a cañerías
existentes, se deberá elaborar un croquis en el que se indiquen la totalidad de los materiales
requeridos para la efectivización de la conexión y que será sometido a la aprobación de la
Distribuidora.
Artículo 21: Unión de cañerías de polietileno por fusión
Los equipos a utilizar estarán diseñados para realizar uniones satisfactorias entre tubos
y accesorios con tolerancias extremas, según la Norma GE-N1-129, GE-N1-131, con
temperaturas ambientales entre -5 ºC y 40 ºC, y resistir un uso normal en obra sin afectar su
rendimiento.
Previo a la utilización de máquinas de electrofusión, el Contratista deberá presentar
una certificación de calibración de las mismas, la cual será sometida a consideración de la
Distribuidora.
Los componentes que operan con energía eléctrica deberán ser apropiados para su
alimentación con una fuente de 220 V (CA) con protección contra sobretensiones y
sobrecargas. Los equipos deberán ser conservados en perfecto estado y condiciones de
operación.
Las uniones por fusión entre caños y accesorios, o entre tramos de caños, se efectuarán
por el método de electrofusión, mediante herramientas y accesorios adecuados para todos los
diámetros.
Deberán respetarse estrictamente los procedimientos detallados por escrito, por el
proveedor de cada sistema.
Los elementos a unir por electrofusión deberán seguir los lineamientos de la Norma
GE-N1-131. Se respetará para la realización de la fusión lo establecido en la Norma GE-N1-
136 en sus apartados 14.2, 16.3, 17.2 y 18, en cuanto a consideraciones, procedimientos y
criterios.
Cuando la fusión realizada sea desechada y deba realizarse nuevamente, deberán
tenerse en cuenta las siguientes reglas fundamentales:
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a) Si se desecha una unión por electrofusión, la nueva ubicación no podrá realizarse
en una distancia inferior a los 250 mm de la anterior.
b) La distancia mínima permitida entre dos uniones por electrofusión, será de 4
(cuatro) veces el diámetro nominal de la tubería, como mínimo. Excepcionalmente podrán
realizarse fusiones a distancias menores, manteniendo en cualquier caso un mínimo de una
vez el diámetro de la tubería.
c) En todo accesorio utilizado y desechado se efectuará una entalladura de profundidad
no inferior al 50% del espesor de las paredes a efectos de imposibilitar su reutilización.
d) La Inspección de las fusiones se regirá por los lineamientos de la Norma GEN1-
136 o por las recomendaciones del proveedor cuando éstas fueran más rigurosas.
Los lineamientos para realizar los ensayos no destructivos y los destructivos de
desprendimiento por fallas de adherencia, serán los especificados en la Norma GEN1-136.
Al final de cada jornada o cuando se suspendan los trabajos deberán cerrarse completamente
los extremos abiertos de la línea con tapas herméticas y no deberán abrirse hasta recomenzar
los trabajos y en presencia de un Inspector.
En caso de que no se cumpliera con esta cláusula el Contratista deberá demostrar
fehacientemente que la cañería no posee elementos extraños en toda su longitud, en caso
contrario, todo el tramo de cañería que hubiera quedado destapado será rechazado sin más
trámite.
Artículo 22: Servicios
Los servicios serán prearmados y probados con aire y agua jabonosa en el obrador, a
fin de detectar y reparar eventuales pérdidas en las válvulas de corte en nicho y en el gripper.
También se deberá probar la electrofusión a montura de la te de derivación según lo
indicado en la Norma GE-N1-136.
Los servicios instalados serán individualizados en los planos conforme a obra
correspondientes.
Artículo 22: Perforación del servicio
Luego de perforar el servicio se debe tener especial atención en el ajuste manual de la tapa
roscada, ya que es usual que queden mal selladas por hacer tope con el sacabocados, lo que
generaría pérdidas de difícil localización.
Artículo 23: Prueba de hermeticidad final
A los efectos de detectar cualquier falla del material instalado o uniones realizadas, se
deberá efectuar una prueba de hermeticidad, siguiendo los lineamientos previstos en el
Apartado 27 de la Norma GE-N1-136, para todo tipo de cañerías. Las pruebas de
hermeticidad deberán realizarse con los servicios perforados hasta la válvula esférica. Las
cañerías correspondientes a los traslados de medidores que se realicen, deben probarse como
cualquier parte de la instalación.
La tubería podrá ser presurizada con gas inerte o aire a una presión manométrica de 6
bar, dejando transcurrir un lapso de 2 (dos) horas, como mínimo, para estabilizar la presión y
la temperatura.
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La duración de las prueba, es función de la longitud de la tubería a probar y será de
24 horas
La presión inicial y final serán medidas mediante manómetros de características
EP/RG 65-030 de 200 mm de diámetro mínimo de cuadrante.
Aprobada la prueba el Contratista dejará cada zona presurizada a la presión de
operación, tomando los recaudos para mantenerla en esas condiciones hasta su habilitación
definitiva, a fin de que cualquier deterioro que sufriere en ese período, sea fácilmente
detectable.
Artículo 24: Lugar de Presentación de la Propuesta: las ofertas deberán ser presentadas en
las oficinas de la Secretaria Promoción Empleo y Desarrollo Territorial de la , Municipalidad
de Junín de los Andes, sita en la calle Ginés Ponte 504 de Junín de los Andes, en dos
originales.
2.1 Las ofertas serán recepcionadas hasta el día ……. de Septiembre de 2012, a la hora
13:00.
2.2 En el caso de que la oferta sea elaborada por computadora deberán responder a un original
y una copia, hasta el día y hora indicados en el presente pliego, en sobres cerrados en cual se
deberá consignar claramente los datos de la presente Licitación.
2.3 La apertura de los sobres se realizará el día …. de septiembre de 2012, a la hora 09:00 hs.
En la Secretaría de Promoción Empleo y Desarrollo Territorial, cito en calle Ruta Nacional
234.
Artículo 25: Forma de Cotización: Deberá cotizar en moneda de curso legal (PESOS
ARGENTINOS).
Artículo 26: Mantenimiento de Oferta: El plazo de mantenimiento de oferta será de 15 días
corridos a partir de la fecha de apertura de sobres.
Artículo 27: Plazo de Cumplimiento del Contrato: veinte (20) días desde la fecha de
notificación.
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Formulario Oferta Licitación Privada Nº 001/2012
Nombre y Apellido del Oferente: _______________________________________________
Total de la Oferta: __$_________________________
Monto de la garantía: _$_________________________
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