2045 - 11 Ratificar Acta Acuerdo Parque Nacional Lanín - Municipio unificar información turística de Junín y la zona.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2045/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2045/2011



VISTO: El Expte. C.D. Nº 5801/11 de fecha 24/11/2011 originado por Nota Nº 571/11 de la


Intendencia Municipal, mediante el cual remite “Acta Acuerdo” celebrada en fecha


04 de Noviembre de 2011, en la Municipalidad de Junín de los Andes y la Intendencia del


Parque Nacional Lanín, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Cláusula Primera, establece que la presente tiene por objeto unificar


interinstitucionalmente la información turística de Junín de los Andes y zona de influencia,


entre “El Municipio” y “El Parque”.-




Que, la Cláusula Segunda, establece que la información turística unificada será


suministrada pro cada institución, considerando las normativas vigentes para cada organismo.-




Que, la Cláusula Tercera, estipula que el espacio de uso compartido para brindar el


servicio de información turística, serán las instalaciones de la actual Subsecretaría de Turismo


de “El Municipio” de la Ciudad de Junín de los Andes, sito en calle Padre Milanesio y Coronel


Suárez.-




Que, la Cláusula Cuarta, expresa que el equipo de trabajo se conformará por


informantes turísticos de “El Municipio” y “El Parque”.-




Que, la Cláusula Quinta, establece que cada institución se responsabilizará de su


personal con respecto a su contratación, horarios, seguros de vida y de accidentes laborales,


respondiendo al régimen disciplinario atiente a cada una de las instituciones.-




Que, la Cláusula Sexta, dice que “El Municipio” y “El Parque” proveerán los


elementos necesarios para garantizar el cumplimiento de esta Acta Acuerdo, efectuando un


inventario de lo aportado por cada uno de los acordantes en forma separada, suscripto por


ambas partes.-




Que, la Cláusula Séptima, expresa que “El Municipio” se hará cargo de los gastos de


funcionamiento (luz, gas y teléfono) de las oficinas estipuladas en el presente acuerdo, y en


consideración que “El Parque” continuará con su oficina administrativa en calle Padre


Milanesio 570, para el uso del teléfono y radio comunicación VHF.-




Que, la Cláusula Octava, establece que se conformará una comisión coordinadora


para la gestión de la oficina unificada que estará integrada por representante de la


Subsecretaría de Turismo y de la Unidad de Gestión Descentralizada Centro, del Parque


Nacional Lanín.- Dicha comisión tendrá la función de controlar, supervisar y decidir sobre


todas las actividades que se desarrollan para el buen funcionamiento de la oficina unificada.-















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2045/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, el Artículo 172, establece: “La Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que


el turismo es una de principales fuentes de crecimiento y desarrollo de la comunidad.


Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas sostenibles en el tiempo y no


degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-culturales y educacionales de


sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración, mantenimiento y


perpetuación”.-




Que, por lo expuesto, conforme Despacho Nº 0126/11 de la Comisión Interna de


Gobierno, y según lo establece el Artículo 57, Inc., “t” de la Carta Orgánica Municipal, se


debe dictar norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56 y ARTÍCULO 57º inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el “Acta Acuerdo” celebrada en fecha 04 de Noviembre de


2011, en la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr.


Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, y la Intendencia del Parque Nacional


Lanín, representada por el Señor Intendente, Téc. Univ., Salvador Vellido, cual consta de diez


(10 Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL


AÑO DOS MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1591/2011.-















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA