Ordenanza N° 968 Apruebase Excepción al C.U.E. a la Iglesia Evangélica Unión Pentecostal.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
968/02


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 968/2002




VISTO: El Expte. C.D. Nº 2249/02 de fecha 20/02/2001 iniciado por el Sr. Rodolfo


Martínez, L.E. Nº 6.964.635, quien en su carácter de Pastor de la Iglesia Evangélica


Unión Pentecostal de Junín de los Andes, Fichero de Culto Nº 68 – Personería Jurídica Nº


111-138-76, solicita una excepción al Código Urbano y de Edificación para la ocupación de


Retiro de Frente para la construcción de un nuevo templo, ubicado en la calle Patagonia 165,


Barrio El Progreso, propiedad identificada como Lote Nº 1 de la Manzana 13, Nomenclatura


Catastral 13-20-052-6072, y;




CONSIDERANDO:




Que, a fs. 01 del Expte. referenciado se enumeran los puntos que fundamentan dicha


solicitud.-


Que, a fs. 06 y 07 consta el informe Técnico elaborado por el Sr. Walter O. Ferreyra


del Departamento Técnico dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del


Municipio, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, donde se detallan los parámetros


estipulados en el Código Urbano y de Edificación para el Área Residencial de Densidad Media


Baja (AR-1), zona en la cual se encuentra situado dicho inmueble.-


Que, dicho Departamento Técnico, expresa que queda imposibilitada la ampliación


de la vivienda al infringir en el Código Urbano en Retiro de Frente; informando que según


proyecto presentado en fecha 31/05/00, Expte Nº 822/00, ya invade el retiro solicitado con una


superficie semiabierta (alero), la cual no está permitida.-


Que, asimismo deja constancia que ya se registra antecedente de una construcción


que invade el retiro de frente, propiedad del Sr. Carlos Medeot; frente a la propiedad de la


iglesia.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 20/03/2002 atento al


informe técnico de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio


Ambiente – Departamento Técnico, y conforme lo resuelto por Despacho Nº 035/02 de fecha


19/03/2002, emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y


Medio Ambiente, dispone por unanimidad otorgar la excepción solicitada teniendo en cuenta


que en esa zona existen construcciones sobre la Línea Municipal y en el marco de tratamiento


igualitario que supone la equidad en normativas de los temas; además de haberse autorizado


el visado previo de los planos.-


Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-















OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
968/02


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A




ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Señor MARTÍNEZ, Rodolfo, L.E. Nº 6.964.635, Pastor de


la Iglesia Evangélica Unión Pentecostal de Junín de los Andes, Fichero de


Culto Nº 68 – Personería Jurídica Nº 111-138-76, una excepción al Código Urbano y de


Edificación, Sección II, Capítulo 13, Inciso 13.13.3 Ítem “Alturas y Retiros”, para la


construcción de un Templo, ubicado en la calle Patagonia 165, Barrio El Progreso, propiedad


identificada como Lote Nº 1 de la Manzana 13, Nomenclatura Catastral 13-20-052-6072,


AUTORIZÁNDOSE la ocupación del Retiro de Frente.-


ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


ARTÍCULO 3º: Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la


presente al interesado para su conocimiento y a la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, para que tome los recaudos


correspondientes, para la presentación de los planos en tiempo y forma, de acuerdo a lo


normado en el Artículo 1º de la presente.-


ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl


Ande.-


ARTÍCULO 6º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL


AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1067/02.-















OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA