Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2944/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2944/2019
VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 10322/19
fecha 30/07/2019 que contiene documentación referente a solicitud de cambio de
titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote Nº 8, de la Manzana 140, ubicado
en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre del Sr. Fuentes, Pedro Luis, D.N.I. Nº 26.931.062,
a favor de la Sra. Cañicul, Graciela Aurelia, D.N.I. Nº 34.661.570, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la
adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la
fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado
a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-
Que, en dicho Anexo figura el Fuentes, Pedro Luis, D.N.I. Nº 26.931.062, en el
Orden Nº 02.-
Que, a fs. 08 y 09 del Expte. mencionado consta Certificado de Pre-Adjudicación de
fecha 04/06/2011 del Lote N° 8 de la Manzana 140, Matrícula Catastral Nº 13-20-040-5144,
con una superficie de cuatrocientos cincuenta y cuatro con noventa y ocho metros cuadrados
(454,98 m²), ubicado en el Loteo Social “Nehuen Che”, al Sr. Fuentes, Pedro Luis.-
Que, a fs. 11 se adjunta dictamen de fecha 02/10/2019 de Asesoría Legal Municipal.-
Que, a fs. 12 consta copia de Certificación de Cesión de Tenencia Precaria de fecha
26/07/2019 del Juzgado de Paz de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, mediante la
cual el Sr. Fuentes, Pedro Luis, renuncia a todos lo derechos obtenidos bajo la tenencia
precaria cedida por Ordenanza Nº 1873/10 al Lote 8 de la Manzana 140 del Loteo Social
Nehuen Che bajo Certificado de Pre-adjudicación; y cede todos los beneficios y/o derechos
obtenidos bajo la misma a la Sra. Cañicul, Graciela Aurelia, D.N.I. Nº 34.661.570.-
Que, a fs. 14 obra dictamen de fecha 05/08/2019 de Asesoría Legal del Concejo
Deliberante, por el cual manifiesta: “… atento que la cesión se efectuaría a favor de quien
fuera concubina del beneficiario – Sr Pedro Luis Fuentes- y que por ende son también
beneficiarios indirectos los hijos en común que ambos tuvieron mientras duró el vínculo entre
ellos, … y teniendo en cuenta el interés superior del niño que siempre debe primar,… entiendo
que no hay objeciones que formular a la autorización que se peticiona para ceder a favor de
la Sra. Cañicul, Graciela Aurelia el lote identificado a fs. 08”.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2944/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, en vista de toda la documentación obrante, conforme Despacho Nº 060/19 de la
Comisión Interna de Labor Legislativa, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
07/08/2019, aprobar el presente proyecto de ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados
para la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y
familiar, al Sr. Fuentes, Pedro Luis, D.N.I. Nº 26.931.062, aprobado mediante Ordenanza
1846/2010.-
ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: como calificada a la Sra. Cañicul, Graciela Aurelia, D.N.I.
Nº 34.661.570, y ceder los derechos de pre-adjudicación del Lote N° 8 de la
Manzana 140, Matrícula Catastral Nº 13-20-040-5144, con una superficie de trescientos
setenta metros cuadrados (370,00 m²), ubicado en el Loteo Social, ante los antecedentes
obrantes en Expediente C.D. N° 10322/19, el que diera origen a la presente norma.
ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2022/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES