1778 - 09 Ratificar Convenio Cooperación Junta Evaluadora San Martín de los Andes.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1778/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1778/2009




VISTO: El Expediente del C.D. Nº 4604/09 de fecha 08/10/2009, iniciado por el Señor


Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, por el cual remite para


conocimiento y homologación del Cuerpo Deliberativo Convenio de Cooperación para el


funcionamiento de la Junta Evaluadora de San Martín de los Andes celebrado entre el


Ministerio de Desarrollo Social y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, el citado Convenio se establece que las partes signatarias suscriben el mismo en


el marco establecido en la Ley Provincial Nº 1634 y Decreto Provincial Nº 650/2001, con el


objeto de promover la mutua cooperación interinstitucional, desarrollando acciones que


permitan el funcionamiento de la Junta Evaluadora de Personas, ejerciendo una cobertura


integral a fin que el interesado pueda acceder al certificado de manera ágil y próxima a su


lugar de residencia, utilizando los recursos humanos locales idóneos para dar respuesta de


manera eficiente y eficaz a las necesidades de la comunidad.-




Que, a fin de cumplir con el objeto establecido anteriormente, la Municipalidad, se


compromete a recepcionar los protocolos de la población perteneciente a su localidad y los


enviará a “La Junta Evaluadora de Personas de San Martín de los Andes” para su


correspondiente análisis. La persona encargada de recibir la documentación con destino a la


misma, recepcionará los protocolos previamente confeccionados por los profesionales


tratantes (declaración jurada – aspecto social – aspecto médico), detallando cantidad de fojas y


toda documentación adjunta que integre el protocolo. En los casos que el solicitante de la


evaluación pertenezca a la zona rural, el aspecto social que requiere el protocolo, será


confeccionado por los profesionales del trabajo social pertenecientes a las Unidades de


Gestión del Ministerio de Desarrollo Social correspondientes al lugar de residencia del


interesado.-




Que, la Municipalidad será la encargada del seguimiento y notificación del resultado


del trámite los interesados de su localidad.-




Que, las partes se comprometen a llevar a cabo todas las acciones derivadas del


presente convenio, por lo que podrán todo su empeño para el debido cumplimiento del


mismo.-















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1778/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso


por sobre tablas y por unanimidad, homologar el citado Convenio de Cooperación, con el


dictado de la norma legal respectiva.-



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio de Cooperación para el funcionamiento de la


Junta Evaluadora de San Martín de los Andes celebrado en el mes de


Octubre de 2009 entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por su titular Dr. César


Omar Pérez, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Intendente


Municipal, Prof. Rubén E. Campos, el cual corre agregado a la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y


sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Achívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1463/09.-















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA