Ordenanza N° 983 Reserva de Inmuebles contruccion 19 Viviendas.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 983/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 983/2002



VISTO:
El Expediente N° 2367-01902/01 del IPVUN, iniciado por el Ejecutivo Municipal


ante dicho organismo Provincial, referido a solicitud de ejecución de 19 viviendas, la


Nota N° 093/02 del Departamento Ejecutivo Municipal, que diera origen al Expediente N°


2322 Folio 186 del 08/05/02 C.D.J.A, y;




CONSIDERANDO:




Que por nota del Departamento Ejecutivo Municipal registrada bajo el N° 098/01, el


Señor Viceintendente Municipal, solicita la construcción de 19 viviendas en dos parcelas,


pertenecientes al Municipio.-


Que la Nota de referencia dio origen al Expediente N° 2367-01902/01, del Instituto


Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia del Neuquén.-


Que a posterior y con la finalidad de reservar las superficies de tierras para la


construcción de las viviendas en cuestión, el Señor Viceintendente Municipal a cargo de la


Intendencia, remite Nota N° 093/02 de fecha 08 de mayo de 2002, dando origen al Expediente


N° 2322 Folio 186 Concejo Deliberante Junín de los Andes.-


Que, los lotes afectados por el Ejecutivo Municipal para la realización de las


diecinueve viviendas, son los siguientes Lote 1A de la Manzana K Nomenclatura Catastral 13-


20-054-5358, de una superficie de 7605,14 Mts², Lote 1B de la Manzana K Nomenclatura


Catastral 13-20-054-5855, de una superficie de 623,56 Mts².-


Que, los Lotes enunciados se encuentran afectados al Patrimonio Municipal según


consta en Ordenanza N° 945/01 Resolución 017/02, siendo origen de los mismo la Subdivisión


del Lote 1 de la Manzana K, Expediente de Mensura Aprobado y registrado por la Dirección


del Catastro Provincial bajo el N° 2756-4620/00, Matricula de Inscripción en el Registro de la


Propiedad Inmueble N° 5351 Huiliches.-


Que, con la finalidad de regularizar, en forma definitiva, la situación de los


inmuebles a ceder, deberá efectuarse el Plano de Unificación y redistribución parcelaria de los


lotes enunciados, con la finalidad de dar origen a las 19 parcelas resultantes y a afectar al


proyecto de construcción de las 19 viviendas, cuya copia se adjunta.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTICULOS 56 y 57 INCISO “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA


SANCIONA CON FUERZA DE:















SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL


A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 983/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RESERVESE, del patrimonio municipal conforme Ordenanza N° 945/01 y


Resolución N° 017/02 los siguiente inmuebles: Lote 1A de la Manzana K


Nomenclatura Catastral 13-20-054-5358, de una superficie de 7605,14 Mts², Lote 1B de la


Manzana K Nomenclatura Catastral 13-20-054-5855, de una superficie de 623,56 Mts².,


Expediente de Mensura Aprobado y registrado por la Dirección del Catastro Provincial bajo el


N° 2756-4620/00, Matricula de Inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble N° 5351


Huiliches, para la construcción de las 19 Viviendas solicitadas por el Ejecutivo Municipal al


Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia del Neuquén, Expediente N°


2367-01902/01.-


ARTÍCULO 2º: APRUÉBASE, el proyecto de unificación y redistribución parcelaria de los


Lotes 1A y 1B, de la Manzana K, realizado por el Departamento Técnico


Municipal; cuya copia es parte de la presente.-


ARTÍCULO 3º: POR NORMA COMPLEMENTARIA y una vez de aprobada la Ejecución


de las 19 Viviendas por el Estado Provincial; bajo la modalidad de obra


delegada a la Municipalidad de Junín de los Andes, y CÉDASE por escritura pública al


Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia del Neuquén, DESAFÉCTESE


del patrimonio municipal los lotes enunciados, facultándose al Ejecutivo a realizar la Firma


del Plano de Mensura definitivo y la Escritura Traslativa de Dominio a favor del Instituto


Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia del Neuquén.-


ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su


promulgación y por su intermedios a las Secretaría y Direcciones


Municipales intervinientes y al Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia


del Neuquén.-


ARTÍCULO 5º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


conforme cláusula complementaria y Transitoria N° 2, Inc. c) de la Carta


Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa a Cargo, Concejal


Shuyay A. J. del Río.-


ARTÍCULO 7º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DIEZ (10) DIAS DEL MES DE JULIO DEL


AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 1083/02.-















SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL


A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA