Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1236/05
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1236/2005
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3182/05 originado por Nota Nº 0103/05 de fecha 14/02/2005 del
Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual remite Convenio celebrado en fecha
04/02/2005 entre la Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén, representado por el
Sr. Subsecretario, Don Rodolfo Luís Domina, y la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Señor Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Subsecretaría se compromete a realizar un aporte económico por la suma
total de $ 9.600,00 a el Municipio, distribuida de la siguiente manera: La suma de $ 4.800,00
para la contratación de 2 (dos) Informantes Turísticos, Nivel II por el término de tres meses y
la suma de $ 4.800,00 correspondientes a la temporada alta, para la contratación de 2 (dos)
Informantes, Nivel II, lapso I, que deberán realizar tareas de atención al turista en las Oficinas
y Puntos de Información Turística de el Municipio, bajo la supervisión de la Subsecretaría.-
Que, el Artículo 172, establece: “La Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que
el turismo es una de principales fuentes de crecimiento y desarrollo de la comunidad.
Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas sostenibles en el tiempo y no
degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-culturales y educacionales de
sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración, mantenimiento y
perpetuación”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 01/03/2005, dispuso por
unanimidad ratificar el convenio en cuestión.-
POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio celebrado en fecha 04/02/2005 entre la
Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén, representado por el
Sr. Subsecretario, Don Rodolfo Luís Domina, y la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Señor Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera; el cual integra la
presente como “Anexo I”.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1236/05
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada envíese copia de la presente a la Subsecretaría de Turismo
de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén, conforme
las Cláusulas Complementarias y Transitorias Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, AL PRIMER DÍA DEL MES DE MARZO AÑO DOS MIL CINCO,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1210/05.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES