Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2885/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2885/2019
VISTO: El Expte C.D. Nº 10028/19 el mismo contiene Convenio Marco de Cooperación
entre el Ministerio de Deporte, Cultura, Juventud y Gobierno de la Provincia de
Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes para llevar a cabo el programa Territorial
de Capacitación al Electorado, previsto en el artículo 177º de la Ley 3053, y;
CONSIDERANDO:
Que, el presente Convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones de
cooperación y las responsabilidades del Gobierno Nacional y el Gobierno Municipal en la
ejecución electoral a desarrollarse en la Provincia de Neuquén, con el objeto de instruir a la
ciudadanía en el nuevo sistema de votación.
Que, enmarcado en dicho Convenio, en la Cláusula primera del mismo, EL
GOBIERNO PROVINCIAL, asume las responsabilidades de proveer los dispositivos de
votación y el material de capacitación necesario (software de capacitación, boletas de voto
original selladas con la inscripción “boleta de prueba no válida para votar”, Kits de votación
asistida, credenciales). Material de difusión y apoyo con información acerca del sistema y del
procedimiento de votación. Brindar capacitación a los capacitadores de electores, asistencia
técnica y acompañamiento al equipo local. Sistematizar la información obtenida en el
desarrollo de las capacitaciones y crear un registro de datos con el fin de mejorar la
implementación del nuevo instrumento de votación.
Que, en la Cláusula segunda EL GOBIERNO MUNICIPAL, ASUME LAS
RESPONSABILIDADES de designar a un responsable local de las acciones a desarrollarse en
el marco del Programa de Capacitación Territorial, como así también a los capacitadores que
tendrán a su cargo la capacitación a electores. Proveer de un espacio físico accesible, para el
desarrollo de un área de consulta y asesoramiento al elector. Llevar un registro sobre las
capacitaciones brindadas y observaciones plasmadas por electores, referidas al instrumento de
votación.
Que, dicho Convenio, en la Cláusula Tercera del mismo, LA PROVINCIA y el
MUNICIPIO, se comprometen a desarrollar las acciones de capacitación en un marco de
neutralidad ideológica y partidarias. Realizar un diagnóstico y desarrollar estrategias a fin de
mejorar y ampliar el programa de capacitación.
Que, sometido a tratamiento, fue aprobado por unanimidad, de acuerdo a lo
expresado en Despacho de Comisión de labor Legislativa Nº 008/2019, por este Cuerpo
Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 20/02/2019.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
FRESIA ANGELINE GUAYQUIMIL CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
PRESIDENTE A/C
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2885/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: El Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de
Deporte, Cultura, Juventud y Gobierno de la Provincia de Neuquén y la
Municipalidad de Junín de los Andes para llevar a cabo el programa Territorial de
Capacitación al Electorado, previsto en el artículo 177º de la Ley 3053, el cual integra la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: REMITASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Gobierno de
la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1998 /19 –
FRESIA ANGELINE GUAYQUIMIL CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
PRESIDENTE A/C