2885 - 19 Homologar Convenio , Deporte de la Provincia del Neuquén y el Municipio.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2885/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2885/2019



VISTO: El Expte C.D. Nº 10028/19 el mismo contiene Convenio Marco de Cooperación


entre el Ministerio de Deporte, Cultura, Juventud y Gobierno de la Provincia de


Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes para llevar a cabo el programa Territorial


de Capacitación al Electorado, previsto en el artículo 177º de la Ley 3053, y;




CONSIDERANDO:




Que, el presente Convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones de


cooperación y las responsabilidades del Gobierno Nacional y el Gobierno Municipal en la


ejecución electoral a desarrollarse en la Provincia de Neuquén, con el objeto de instruir a la


ciudadanía en el nuevo sistema de votación.




Que, enmarcado en dicho Convenio, en la Cláusula primera del mismo, EL


GOBIERNO PROVINCIAL, asume las responsabilidades de proveer los dispositivos de


votación y el material de capacitación necesario (software de capacitación, boletas de voto


original selladas con la inscripción “boleta de prueba no válida para votar”, Kits de votación


asistida, credenciales). Material de difusión y apoyo con información acerca del sistema y del


procedimiento de votación. Brindar capacitación a los capacitadores de electores, asistencia


técnica y acompañamiento al equipo local. Sistematizar la información obtenida en el


desarrollo de las capacitaciones y crear un registro de datos con el fin de mejorar la


implementación del nuevo instrumento de votación.




Que, en la Cláusula segunda EL GOBIERNO MUNICIPAL, ASUME LAS


RESPONSABILIDADES de designar a un responsable local de las acciones a desarrollarse en


el marco del Programa de Capacitación Territorial, como así también a los capacitadores que


tendrán a su cargo la capacitación a electores. Proveer de un espacio físico accesible, para el


desarrollo de un área de consulta y asesoramiento al elector. Llevar un registro sobre las


capacitaciones brindadas y observaciones plasmadas por electores, referidas al instrumento de


votación.




Que, dicho Convenio, en la Cláusula Tercera del mismo, LA PROVINCIA y el


MUNICIPIO, se comprometen a desarrollar las acciones de capacitación en un marco de


neutralidad ideológica y partidarias. Realizar un diagnóstico y desarrollar estrategias a fin de


mejorar y ampliar el programa de capacitación.




Que, sometido a tratamiento, fue aprobado por unanimidad, de acuerdo a lo


expresado en Despacho de Comisión de labor Legislativa Nº 008/2019, por este Cuerpo


Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 20/02/2019.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













FRESIA ANGELINE GUAYQUIMIL CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
PRESIDENTE A/C










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2885/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: El Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de


Deporte, Cultura, Juventud y Gobierno de la Provincia de Neuquén y la


Municipalidad de Junín de los Andes para llevar a cabo el programa Territorial de


Capacitación al Electorado, previsto en el artículo 177º de la Ley 3053, el cual integra la


presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: REMITASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Gobierno de


la Provincia del Neuquén.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL


DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1998 /19 –













FRESIA ANGELINE GUAYQUIMIL CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
PRESIDENTE A/C