Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1075/03.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1075/2003
VISTO: Expte. C.D. Nº 2639/03 de fecha 07/05/2003 que contiene Nota Nº 327/03 de fecha
07/05/2003 del Departamento Ejecutivo Municipal, donde remite Convenio firmado
entre la Secretaría de Estado de Coordinación y Producción del Ministerio Jefatura de
Gabinete y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO.:
Que, mediante el mismo la subsecretaría y la Municipalidad acuerdan implementar el
“PLAN DE CONSERVACIÓN, APROVECHAMIENTO Y CONTROL DE LA FAUNA
SILVESTRE, TERRESTRE Y ACUÁTICA DE LA PROVINCA – 2003”, cuyos
Objetivos y funciones se indican en el Anexo II del Decreto aprobatorio del presente
Convenio.-
Que, a los fines de lo citado precedentemente: “LA MUNICIPALIDAD” asegurará
mediante la incorporación de 20 personas, el cumplimento de los objetivos propuestos en el
presente convenio, quedando afectadas al Plan, para que se desempeñen como Guardafaunas y
cumplan con las tareas específicas, exclusivamente en la zona de influencia de “LA
MUNICIPALIDAD” El pago del servicio, previa certificación del Director General Regional
de “LA SECRETARÍA” será cancelado por “LA MUNICIPALIDAD”, con los fondos que
la subsecretaría abonará a “LA MUNICIPALIDAD”, contra recibo de la entidad receptora.-
Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, expresa: “Serán atribuciones y
deberes del Concejo Deliberante: t) Ratificar o rechazar los convenios con la Nación,
provincias, municipios, entes públicos o privados nacionales e internacionales”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 21/05/2003, dispuso por
unanimidad ratificar dicho Convenio.-
Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56 Y ARTÍCULO 57, Inc. a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1075/03.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Convenio suscripto en fecha 16/04/2003 entre la
Secretaría de Estado de Coordinación y Producción del Ministerio Jefatura
de Gabinete, representada por el Ing. Marcelo Fernández Dotzel y la Municipalidad de Junín
de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campo, el
cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y
por su intermedio envíese copia de la presente, a la Secretaría de Estado de
Coordinación y Producción del Ministerio Jefatura de Gabinete, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay
A. J. del Río.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL
AÑO DOS MIL TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1123/03.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA