Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1227/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1227/2005
VISTO: El Expte Nº 078/05 del Departamento Ejecutivo Municipal que contiene Resolución
Nº 002/2005 de fecha 05/01/2005 de la Secretaría de Planificación y Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la citada Resolución se procede a dar de baja a partir del día
05/01/2005 a los siguientes permisionarios de Licencias de taxis y sus respectivas Licencias
comerciales, conforme lo normado por Ordenanza Nº 1220/2004, en su Artículo 49º; a saber:
a) Zambrano, Sandra, D.N.I. Nº 24.156.097, habilitada por Ordenanza Nº 783/2000.-
b) Cofre, Abel, D.N.I. Nº 4.622.310, habilitado por Ordenanza Nº 905/2001.-
c) Gómez, Rodolfo, D.N.I. Nº 13.934.308, habilitado por Ordenanza Nº 915/2001.-
d) Figueroa, Rodolfo, D.N.I. Nº 10.840.580, habilitado por Ordenanza Nº 927/2001.-
e) Sr. Olivero, Domingo Celestino, L.E. Nº 8.031.089, habilitado por Ordenanza Nº
814/2000.-
f) Sr. Villanueva, Julio Alberto, D.N.I. Nº 17.760.809, habilitado por Ordenanzas Nº
849/2000.-
g) Sr. Guajardo, Gustavo Daniel, D.N.I. Nº 25.173.279, habilitado Ordenanza Nº
918/2001.-
h) Sra. Raquel del Carmen Echegoyen, habilitada por Resolución del D.E.M. Nº
029/98.-
Que, la misma se emite dado que se ha cumplido el plazo de sesenta (60) días
estipulados por la Ordenanza Nº 1207/2004, que en su Artículo 3º dice: “Otorgase un plazo de
hasta Sesenta (60) días para regularizar la documentación que corresponde a lo normado en la
Ordenanza N° 1015/02”.-
Que, en Nota Nº 010/05 del Departamento de Transporte Municipal en fecha
05/01/2005 se pone de manifiesto que sólo dos (2) permisionarios han solucionado los
inconvenientes que mantenían, teniendo a la fechas sus unidades en funcionamiento y con toda
la documentación correspondiente, y un total restante de 8 (ocho) permisionarios, a la fecha
05/01/2005, no han regularizado su situación.-
Que, en fecha 17/12/2004 el Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza Nº
1220/2004, promulgada por Resolución Nº 2557/04, se estableció un nuevo ordenamiento para
el servicio de Taxi y Remisses de la localidad.-
Que, la citada Ordenanza faculta en su Artículo 49º al “Departamento Ejecutivo
Municipal, que durante el periodo de receso del Concejo Deliberante, y AD Referéndum de la
Primera Sesión Ordinaria, a habilitar para funcionamiento de nuevos permisionarios y/o
cambios de unidad, a quienes cumplimenten con todos los requisitos exigidos, sin ningún tipo
de excepción, y a dar de baja a los que así lo ameriten”.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1227/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, por lo expuesto, y conforme Despacho Nº 008/005 de la Comisión de Gobierno y
Enlace, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 15/10/2004 por unanimidad
resuelve derogar las Ordenanzas mencionadas en la Resolución Nº 002/2005 de fecha
05/01/2005 de la Secretaría de Planificación y Producción del Departamento Ejecutivo
Municipal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DERÓGASE las Ordenanzas Nº 783/2000, Nº 814/2000, Nº 849/2000, Nº
905/2001, Nº 915/2001, 918/2001, 927/2001; y SOLÍCITASE al
Departamento Ejecutivo Municipal deje sin efecto la Resolución Nº 029/98 de fecha 11/02/98,
conforme los términos de los considerandos de la presente.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y
efectos.- Cumplido envíese copia de la Resolución de promulgación para
conocimiento de este Cuerpo Deliberativo y mediante las formas de estilo, a través del
Departamento de Transporte Municipal, notifíquese a los interesados.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Humberto Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1209/05.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES