1079 - 2003 Autorización Compra directa de materiales de construcción .pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1079/03


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1








O R D E N A N Z A Nº 1079/2003




VISTO: El Expte. C.D. N° 2642/03 que contiene Nota Nº 155/03 del 08/05/2003 de la


Secretará de Economía y Hacienda, referido a solicitud de autorización para la


extensión del monto para la compra directa de materiales de construcción, y;




CONSIDERANDO:




Que, dicha solicitud se realiza en virtud de poder concretar compras que superen los


$ 4.000,00 (Pesos cuatro mil) en MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN hasta el mes de


Julio de 2003, tiempo en que comienza el receso en la construcción a raíz de las inclemencias


climáticas.-




Que, las compras se realizarían a grandes mayoristas y de esta modo se abastecerían


a las obras previstas por el Ejecutivo Municipal y las Obras Delegadas por el Estado


Provincial como son las 19 Viviendas, 35 Soluciones Habitacionales, y otras obras, y de esta


manera se daría continuidad al trabajo de cada una de ellas.-


Que, de acuerdo a lo expresado en Despacho Nº 019/2002 de la Comisión de


Economía y Hacienda, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 04/06/2003,


resolvió por unanimidad:


1) Autorizar al Ejecutivo Municipal a la compra de cemento exclusivamente hasta un
monto de $ 4.600 con traslado de vehículos municipales, dentro del marco del


Convenio Nº 759/02 celebrado en fecha 17 de Octubre de 2002, entre la Dirección


Provincial de Vialidad de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los


Andes, por un total de 30.600 bolsas de cemento.-


2) Autorizar al Ejecutivo Municipal a emitir tres órdenes de compras para adquirir
materiales de construcción varios, exceptuando la compra de cemento, por un monto


de hasta $ 8.500 cada una hasta el día 30 de Julio 2003.-


Que, en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado de la presente Ordenanza.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:



O R D E N A N Z A:















SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1079/03


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2









ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir tres Órdenes


de Compra Directa de materiales de construcción varios, exceptuando la


compra de cemento, por un monto de Pesos Ocho Mil Quinientos ($ 8.500,00) cada una hasta


el día 30 de Julio 2003.-




ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la compra


directa de cemento exclusivamente hasta un monto de Pesos Cuatro Mil


Seiscientos ($ 4.600,00) con traslado de vehículos municipales, dentro del marco del


Convenio Nº 759/02 celebrado en fecha 17/10/2002, entre la Dirección Provincial de Vialidad


de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, por un total de 30.600


bolsas de cemento.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Promulgada remítase copia a la Secretaría de Economía y Hacienda, y la


Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.-



ARTÍCULO 4º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén (Conforme


Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta Orgánica


Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la misma.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay


A. J. del Río.-



ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUEN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL


TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1125/03.-















SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA