2036 - 11 Ratificar Convenio elaboración Estudio Impacto Ambiental Loteo Social Nehuen Che.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2036/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2036/2011



VISTO: El Expte. C.D. Nº 5781/11 de fecha 09/11/2011 originado por Nota Nº 548/11 de la


Intendencia Municipal, mediante el cual remite copia del Decreto Nº 1931/11 de


fecha 01/11/11, firmado por el Sr. Gobernado de la Provincia del Neuquén, Dr. Jorge Sapag, y


Convenio Marco celebrado en fecha noviembre de 2011, entre la Subsecretaría de Medio


Ambiente y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante el Decreto Nº 1931/11, se aprueba el tenor del convenio a suscribir


entre la Secretaría de Estado de Recursos Naturales y Servicios Públicos y la Municipalidad de


Junín de los Andes, destinado a la elaboración del Estudio del Impacto Ambiental del loteo


Nehuen Che y se faculta al Sr. Subsecretaria de Medio Ambiente para la suscripción del


mismo en representación del Estado Provincial.-


Que, en la Cláusula Primera del citado Convenio, la Provincia, a través de la


Secretaría de Estado de Recursos Naturales y Servicios Públicos y la Tesorería General de la


Provincia, otorga al Municipio de Junín de los Andes la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil


($ 150.000,00), para ser destinada a llevar adelante la elaboración del “Estudio de Impacto


Ambiental del Loteo Nehuen Che”, obrante en el Expediente Nº 4805-006262.-


Que, en la Cláusula Segunda, se otorga un anticipo de treinta por ciento (30%) para


dar inicio a los trabajos detallados en el Artículo 1º el que será transferido por la Tesorería


General de la Provincia, dentro de lo treinta (30) días de suscripto el Convenio; el resto será


cancelado una vez que estén terminados los trabajos lo que deberá ser certificado por el


personal destinado al efecto por l Subsecretaría de Medio Ambiente conjuntamente con la


personal del Municipio.-


Que, en la Cláusula Tercera, la Municipalidad se compromete a destinar de dichas


sumas exclusivamente a la elaboración del estado del Impacto Ambiental del Loteo Nehuen


Che (900 Lotes). Asimismo y para el caso de que por cualquier circunstancia dicho Municipio


se viera imposibilitado de llevar adelante la ejecución de las obras mencionadas, se


compromete a reintegrar al Estado Provincial las sumas otorgadas mediante el presente, salvo


nuevo acuerdo entre las partes, previa autorización del Poder Ejecutivo Provincial.-


Que, la Comisión Interna de Gobierno en su Despacho Nº 0190/2011, dictamina


aprobar el citado Convenio como asi también derogar la Ordenanza Nº 1791/2009 de fecha


09/12/2009, mediante la cual se aprueban los Pliego de Bases y Condiciones Generales y


Particulares de la Licitación Privada Nº 002/09, que tiene por objeto la adquisición “Estudio


de Impacto Ambiental destinado a la Urbanización de Tierras (900 Lotes) S/Ordenanza N°


1761/09”.- Despacho éste que fue ratificado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha


16/11/2011.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2036/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, por lo expuesto y según lo establece el Artículo 57, Inc., “t” de la Carta


Orgánica Municipal, se debe dictar norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56 y ARTÍCULO 57º inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: en todos sus términos el Convenio Marco celebrado en


fecha noviembre de 2011, entre la Subsecretaría de Medio Ambiente


dependiente de la Secretaría de Estado de Recursos Naturales y Servicios Públicos,


representada por el Sr. Subsecretario de Medio Ambiente., Técnico Ricardo Esquivel, y la


Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Prof.


Rubén E. Campos, el cual consta de seis (6) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: DERÓGASE: la Ordenanza Nº 1791/2009 de fecha 09/12/2009.-




ARTÍCULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE


DEL AÑO DOS MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1586/2011.-















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA