Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2036/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2036/2011
VISTO: El Expte. C.D. Nº 5781/11 de fecha 09/11/2011 originado por Nota Nº 548/11 de la
Intendencia Municipal, mediante el cual remite copia del Decreto Nº 1931/11 de
fecha 01/11/11, firmado por el Sr. Gobernado de la Provincia del Neuquén, Dr. Jorge Sapag, y
Convenio Marco celebrado en fecha noviembre de 2011, entre la Subsecretaría de Medio
Ambiente y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Nº 1931/11, se aprueba el tenor del convenio a suscribir
entre la Secretaría de Estado de Recursos Naturales y Servicios Públicos y la Municipalidad de
Junín de los Andes, destinado a la elaboración del Estudio del Impacto Ambiental del loteo
Nehuen Che y se faculta al Sr. Subsecretaria de Medio Ambiente para la suscripción del
mismo en representación del Estado Provincial.-
Que, en la Cláusula Primera del citado Convenio, la Provincia, a través de la
Secretaría de Estado de Recursos Naturales y Servicios Públicos y la Tesorería General de la
Provincia, otorga al Municipio de Junín de los Andes la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil
($ 150.000,00), para ser destinada a llevar adelante la elaboración del “Estudio de Impacto
Ambiental del Loteo Nehuen Che”, obrante en el Expediente Nº 4805-006262.-
Que, en la Cláusula Segunda, se otorga un anticipo de treinta por ciento (30%) para
dar inicio a los trabajos detallados en el Artículo 1º el que será transferido por la Tesorería
General de la Provincia, dentro de lo treinta (30) días de suscripto el Convenio; el resto será
cancelado una vez que estén terminados los trabajos lo que deberá ser certificado por el
personal destinado al efecto por l Subsecretaría de Medio Ambiente conjuntamente con la
personal del Municipio.-
Que, en la Cláusula Tercera, la Municipalidad se compromete a destinar de dichas
sumas exclusivamente a la elaboración del estado del Impacto Ambiental del Loteo Nehuen
Che (900 Lotes). Asimismo y para el caso de que por cualquier circunstancia dicho Municipio
se viera imposibilitado de llevar adelante la ejecución de las obras mencionadas, se
compromete a reintegrar al Estado Provincial las sumas otorgadas mediante el presente, salvo
nuevo acuerdo entre las partes, previa autorización del Poder Ejecutivo Provincial.-
Que, la Comisión Interna de Gobierno en su Despacho Nº 0190/2011, dictamina
aprobar el citado Convenio como asi también derogar la Ordenanza Nº 1791/2009 de fecha
09/12/2009, mediante la cual se aprueban los Pliego de Bases y Condiciones Generales y
Particulares de la Licitación Privada Nº 002/09, que tiene por objeto la adquisición “Estudio
de Impacto Ambiental destinado a la Urbanización de Tierras (900 Lotes) S/Ordenanza N°
1761/09”.- Despacho éste que fue ratificado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha
16/11/2011.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2036/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, por lo expuesto y según lo establece el Artículo 57, Inc., “t” de la Carta
Orgánica Municipal, se debe dictar norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56 y ARTÍCULO 57º inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: en todos sus términos el Convenio Marco celebrado en
fecha noviembre de 2011, entre la Subsecretaría de Medio Ambiente
dependiente de la Secretaría de Estado de Recursos Naturales y Servicios Públicos,
representada por el Sr. Subsecretario de Medio Ambiente., Técnico Ricardo Esquivel, y la
Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Prof.
Rubén E. Campos, el cual consta de seis (6) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: DERÓGASE: la Ordenanza Nº 1791/2009 de fecha 09/12/2009.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1586/2011.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA