3193 - 21 Autorizar el pago del cannon a la Sra Alfaro Nora Expte C.D. Nº 11048-21.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3193/21
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3193/2021


VISTO:, la Ordenanza N° 2789 y sus modificatorias 2805/18 y 2907/19, hoy en plena


vigencia, que reglamenta el Servicio de Transporte de Pasajeros o cosas, en las


modalidades de Taxis, Radio Taxis, Remisses y Taxiflet, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Sra. Alfaro Nora postula para ocupar una licencia vacante, por lo que y


conforme lo establece la mencionada ordenanza, fue evaluada por la Comisión de Transporte


de acuerdo a la puntuación otorgada y según lo establecido en el Anexo IV (Evaluación de


Puntaje);


Que, la misma normativa establece que “El costo de otorgamiento de la nueva


Licencia será el canon equivalente a un mil (1.000) litros de nafta súper de la empresa de


bandera YPF y no podrá ser transferida o cedida hasta la primera renovación de la misma.”


Que, a raíz de ello, es que solicita de manera excepcional, facilidades del pago del


canon correspondiente.-


Que, los fundamentos se deben a su situación económica, por lo que presenta y


adjunta documentación que la respalda.-


Que, no existiendo objeción alguna, este Concejo Deliberante en Sesión ordinaria de


fecha 27 de Octubre de 2021, dispuso por unanimidad aprobar la autorización solicitada, con


el dictado de la norma pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA


CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”,


EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE: de forma excepcional, el pago del canon equivalente a UN


MIL (1.000) litros de nafta súper de la empresa de bandera YPF, establecida


en la Ordenanza N° 2789 y modificatorias 2805/18, y 2907/19, en DOS CUOTAS (2)


CONSECUTIVAS a favor de la Sra. ALFARO NORA, DNI N° 14.742.512, en concepto de


costo de otorgamiento de nueva licencia.


ARTÍCULO 2º: ESTABLEZCASE que el monto de las cuotas será equivalente al precio


del combustible al momento de hacer efectivo el pago ante la Secretaria de


Economía.-


ARTÍCULO 3º REMITASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS


MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2132/21.-







LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES