Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2749/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2749/2017
VISTO: Lo dispuesto en Decreto del Gobierno Provincial N° 1595/17, de fecha 29/09/17 y
Convenio Marco firmado entre el Ejecutivo Municipal y el Gobierno Provincial en
fecha 02/10/2017 y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto del Gobierno Provincial N° 1595/17 fue elaborado para otorgar a la
Municipalidad de Junín de los Andes, un aporte no reintegrable por la suma de pesos seis
millones ($ 6.000.000,00).-
Que el Convenio Marco de fecha 02/10/2017, otorga un aporte no reintegrable de
hasta pesos seis millones ($ 6.000.000,00), para que sean destinados a la compra de una
máquina motoniveladora.-
Que el tiempo que demandaría el orden procesal administrativo, se contrapone a la
necesidad inmediata que posee este Municipio en contar con maquinaria de estas
características, debiendo en consecuencia buscar las excepcionalidades que el presente caso
amerita.-
Que en conocimiento de lo normado en el Artículo 1º del Anexo II – Decreto Nº
2758/95 – Reglamento de Contrataciones, y su modificatorio 1062/16, se fijan los montos
máximos de contratación directa.-
Que el proceso inflacionario, que sufre nuestro país y los aumentos notorios que
sufren las maquinarias, por ser importadas y cotizadas en dólares estadounidense, obligan a
tomar decisiones inmediatas, ya que con el correr de los días se pierde poder adquisitivo.-
Que a sabiendas, de lo enunciado, se cree oportuno y conveniente formalizar a través
de una norma específica, la autorización al Departamento Ejecutivo Municipal de la compra
directa de la máquina en cuestión.-
Que es necesario dar respuesta inmediata a los reclamos efectuados por los señores
vecinos de Villa Quilquihue, quienes padecen en temporada invernal, la intransitabilidad en
los distintos accesos al mismo, hecho este que quedó en evidencia por solicitada efectuada por
los señores vecinos a través de los medios gráficos zonales (Diario Rio Negro 29/07/17).-
Que es de público conocimiento, las presentaciones judiciales realizadas por los
vecinos de Villa Lago Huechulafquen por la falta de mantenimiento de los caminos de acceso
hacia los distintos inmuebles, llegando una de las causas al Superior Tribunal de Justicia.-
LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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Concejo Deliberante
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Que ya se ha acordado con Vialidad Provincial, la provisión de materiales, para el
enripiado y mejoramiento de arterias de los loteos enunciados.-
Que al solo efecto de tener en cuenta, que nuestro casco urbano histórico, cuenta con
más de un 80 por ciento de las calles de ripio, hecho este que acarrea serios problemas a la
población cuando se producen precipitaciones de lluvia o nieve como las que tuvimos que
afrontar en este último invierno.
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a” “o” y “q” EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar la compra
en forma directa de una Máquina Motoniveladora, por la suma de pesos de
hasta seis millones de pesos ($ 6.000.000,00), todo ello en conformidad al Decreto del
Gobierno Provincial N° 1595/17, de fecha 29/09/17 y Convenio Marco firmado entre el
Ejecutivo Municipal y el Gobierno Provincial en fecha 02/10/2017.-
ARTÍCULO 2: CONFORMESE: al efecto de la autorización, expresa emanada en el
Artículo 1°, una Comisión de Control la que estará conformada por el Señor
Intendente Municipal, un concejal por cada Bloque representado en el Concejo Deliberante, el
Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Secretario de Obras Públicas, con el
único propósito de otorgar transparencia a la presente excepcionalidad.-
ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS
TRECE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1924/17- EXPTE. C.D. Nº 9302/17.-
LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA