2376 - 14 Adhesión Ley Provincial 2773 - Año nuevo Mapuche.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2376/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2376/2014



VISTO: El Expte. C.D. Nº 6746/13 de fecha 18/06/2014 iniciado por el Sr. Sergio Alejandro


Cañicul Kimeltual Mapuche Zungun, mediante el cual informa que el 24/06/2013 se


renovarán energías, conciencia y responsabilidad del Pueblo Mapuche, conmemorando


“Wiñoy Chripantu” (Nuevo Año) y solicita tratamiento y aprobación de día de año nuevo


mapuche, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través de la Ley Provincial Nº 2773, sancionada por la Honorable Legislatura


de la Provincia del Neuquén el 28/09/2011 y promulgada por el Poder Ejecutivo Provincial, se


declara el día 24 de Junio como día no laborable para el Pueblo Mapuche de la Provincia del


Neuquén, en conmemoración de su nuevo año.-




Que, el Artículo 2º de la Ley Provincial establece que todos/as los/as habitantes de la


Provincia que pertenezcan al Pueblo Mapuche, gozarán de (02) dos días corridos no laborables


a partir del día 23 de Junio de 2014 para permitir la participación en las ceremonias


correspondientes.-




Que, el Artículo 3º expresa que los/las trabajadores que pertenecen al Pueblo


Mapuche y no prestaren servicios en los días asignados por la presente Ley devengaran


remuneración y los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren


prestado servicio.-




Que, en el Artículo 162 de la Carta Orgánica Municipal, en su parte Diversidad


Cultural, expresa: “La Municipalidad de Junín de los Andes reconoce la diversidad cultural


que conforma su entramado social, basada en generaciones autóctonas y migrantes que


aportan a la identidad colectiva. Desde esta perspectiva:




a) Fomentará el conocimiento y valoración de las particularidades de los distintos
grupos étnicos y el respeto por sus usos y costumbres;


b) Estimulará y apoyará las manifestaciones culturales de cada colectividad como
aporte a nuestra identidad; y


c) Promoverá el desarrollo de actitudes de flexibilidad, tolerancia y respeto por lo
diferente, como forma de relación social.-




Que, a través del Despacho Nº 043/14 de la Comisión de Labor Legislativa,


aprobado en forma unánime en Sesión Ordinaria de fecha 16-06-14, este Concejo Deliberante


dictamina adherir en todos sus términos a la Ley Provincial Nº 2773.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2376/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTICULO 1º:
ADHIÉRASE: a la Ley Provincial Nº 2773, sancionada por la Honorable


Legislatura de la Provincia del Neuquén a los 28/09/2011, promulgada por el


Poder Ejecutivo Provincial.-




ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia a los organismos


provinciales y municipales que correspondan.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECISEÍS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL


CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.734/14.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA